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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MARZO DEL AÑO 2010 (04/03/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 62

TEXTO PAGINA: 11

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 4 de marzo de 2010 414983 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de las señoras Martha Elisabeth Quezada Bamberger de Hakim y Claudia Mariola Zakrzewski Fernández, a las ciudades de Edimburgo, Manchester y Londres, Reinio Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 16 al 24 de abril de 2010, para que en representación de PROMPERÚ lleven a cabo diversas acciones de promoción del turismo receptivo, durante el evento “Roadshow Reino Unido”, a realizarse en dichas ciudades. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: Martha Elisabeth Quezada Bamberger de Hakim: - Viáticos (US$ 260,00 x 7 días) : US$ 1 820,00 - Pasajes Aéreos : US$ 1 965,00 - Tarifa Corpac : US$ 31,00 Claudia Mariola Zakrzewski Fernández: - Viáticos (US$ 260,00 x 7 días) : US$ 1 820,00 - Pasajes Aéreos : US$ 1 965,00 - Tarifa Corpac : US$ 31,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, las personas cuyo viaje se autoriza en el artículo 1º de la presente Resolución, presentarán a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento en el que participarán; asimismo, deberán presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros MARTIN PÉREZ MONTEVERDE Ministro de Comercio Exterior y Turismo 464167-7 DEFENSA Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de Belice, Chile, República Dominicana, El Salvador, Suriname, Barbados y Ecuador RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 181-2010-DE/SG Lima, 2 de marzo de 2010 CONSIDERANDO: Que, con Facsímiles (DGS) Nº 204 y 209 de fechas 23 y 24 de febrero de 2010 respectivamente, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de Belice, de la República de Chile, de la República Dominicana, de El Salvador, Suriname y Barbados, sin armas de guerra; Que, la Ofi cina de Desarme de las Naciones Unidas, a través del Centro Regional para la Paz, el Desarme y el Desarrollo en América Latina y el Caribe — UNLIREC ha organizado una Reunión Regional sobre la Implementación del Programa de Acción de las Naciones Unidas sobre Armas Pequeñas y Ligeras y el Taller Regional sobre transparencia en Materia de Armamentos; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y, Con la opinión favorable del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República a los siguientes Ofi ciales de las Fuerzas Armadas de Belice, de la República de Chile, de la República Dominicana, de El Salvador, Suriname y Barbados, sin armas de guerra, para participar en Reunión Regional sobre la Implementación del Programa de Acción de las Naciones Unidas sobre Armas Pequeñas y Ligeras y en el Taller Regional sobre transparencia en Materia de Armamentos organizado por la Ofi cina de Desarme de las Naciones Unidas, a través del Centro Regional para la Paz, el Desarme y el Desarrollo en América Latina y el Caribe - UNLIREC, del 02 al 04 de marzo de 2010: BARBADOS 1.- TENIENTE CORONEL CLYDE W. PARRIS BELIZE 1.- TENIENTE VICTOR BRICENO CHILE 1.- CORONEL RICARDO BURLE EL SALVADOR 1.- CORONEL SALVADOR GONZALEZ REPUBLICA DOMINICANA 1.- CORONEL ANA MATOS SURINAME 1.- TENIENTE MITCHELL LABADIE Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 463986-1