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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MARZO DEL AÑO 2010 (04/03/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 62

TEXTO PAGINA: 24

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 4 de marzo de 2010 414996 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Autorizan viaje de representante del Gobierno Peruano ante el Comité de Libertad Sindical de la OIT a Suiza, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 001-2010-TR Lima, 3 de marzo de 2010 VISTOS: El documento GB.307-100(A), procedente de la Ofi cina Internacional del Trabajo - OIT; y, CONSIDERANDO: Que, el Comité de Libertad Sindical es parte del Consejo de Administración de la Organización Internacional del Trabajo, y está compuesto por un presidente Independiente y por tres representantes de los gobiernos, tres de los empleadores y tres de los trabajadores; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 342-2008- TR se designó al señor abogado Mario Martín Pasco Cosmópolis como representante del Gobierno Peruano ante el Comité de Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo - OIT, y se dispuso que, en ejercicio de dicha representación, informe periódicamente sobre las actividades realizadas en el Comité de Libertad Sindical; Que, a través de documento GB.307-100(A), procedente de la Ofi cina Internacional del Trabajo - OIT, se informa que la reunión del Comité de Libertad Sindical, en la 307º Reunión del Consejo de Administración, tendrá lugar los días 11 y 12 de marzo de 2010; por lo que, se requiere contar con la presencia del representante del Gobierno Peruano en dichas reuniones; Con la visación de la Directora General (e) de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo, modifi cada por la Ley Nº 28807; y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje en misión ofi cial al señor abogado MARIO MARTÍN PASCO COSMÓPOLIS, a la ciudad de Ginebra - Suiza, del 9 al 14 de marzo de 2010, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos con recursos del Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en la Fuente Recursos Directamente Recaudados, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 2528,14 Viáticos : US$ 1040,00 Tarifa Corpac (TUUA) : US$ 31,00 Artículo 3º.- La persona a que se refi ere el artículo 1º de la presente resolución, deberá informar al Despacho Ministerial, con posterioridad al viaje que se autoriza, respecto de las actividades y funciones desempeñadas durante su participación en el desarrollo del Comité de Libertad Sindical, conforme a lo dispuesto por el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 342-2009-TR. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación y será refrendada por la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo y el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros MANUELA GARCÍA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 464168-11 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante ofi cio dirigido al Director del Diario Ofi cial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse selladas y rubricadas en original por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio que hubiere en las diversas secciones del diario. 3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (diskette o cd) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel. Si se hubiere utilizado el formato de la Sección Segunda aprobada por Decreto Supremo Nº 080-2001-PCM, se presentará en dos columnas, una línea por celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL