Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2010 (16/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 16 de marzo de 2010

Desarrollo Social, su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004MIMDES, y el Decreto Supremo Nº 012-2009-MIMDES; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los "Criterios Tecnicos para la Calificacion de la Condicion Socioeconomica de los poseedores de predios declarados en condicion de tugurio de propiedad de las Sociedades de Beneficencia Publica", conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 012-2009-MIMDES, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Encargar al Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar ­ INABIF del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES el seguimiento y supervision de lo dispuesto por la presente Resolucion. Articulo 3º.- El Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar ­ INABIF debera informar al Despacho Ministerial sobre las acciones efectuadas a merito del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion. Articulo 4º.- Disponer la publicacion de los "Criterios Tecnicos para la Calificacion de la Condicion Socioeconomica de los poseedores de predios declarados en condicion de tugurio de propiedad de las Sociedades de Beneficencia Publica", aprobados por el articulo 1º de la presente Resolucion en el MORDAZA institucional del MIMDES (www.mimdes.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social

Redistribuyen la poblacion albergada en los Centros de Atencion Residencial de ninos, ninas y adolescentes
RESOLUCION DE LA DIRECCION EJECUTIVA Nº 176
MORDAZA, 15 de marzo de 2010 CONSIDERANDO Que, la Ley Nº 29174, Ley General de Centros de Atencion Residencial de Ninas, Ninos y Adolescentes, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0082009-MIMDES, tienen por objeto regular el funcionamiento de los Centros de Atencion Residencial, donde viven ninas, ninos y adolescentes; en situacion de abandono o riesgo, brindandoseles la proteccion y atencion integral que requieren, de acuerdo a su particular situacion, en un ambiente de buen trato y seguridad; Que, el articulo 1º de la Ley Nº 29174 establece las causales de ingreso a los centros de atencion residencial, como son: i) Carecer de soporte familiar o comunal acompanado de situaciones que afecten su desarrollo integral y limiten el ejercicio de sus derechos, por lo que requieren residir en un espacio fisico diferente al de su familia y al de su comunidad de origen; o ii) Se encuentren en estado de abandono judicialmente declarado, conforme a las causales previstas en el articulo 248º de la Ley Nº 27337, Codigo de los Ninos y Adolescentes; precisando que, en ambos casos, para el ingreso, se requerira que exista resolucion de la autoridad administrativa del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES encargada de la investigacion tutelar; o, resolucion emitida por el organo jurisdiccional competente; Que, el Puericultorio "Augusto MORDAZA Aranibar" cuenta actualmente con capacidad fisica no utilizada que le permite recibir y atender un mayor numero de ninos, ninas y adolescentes bajo su cuidado y proteccion; por lo que resulta necesario realizar las gestiones administrativas, presupuestarias y logisticas que permitan el aprovechamiento de aquellas instalaciones; Que, existiendo la urgente necesidad de acoger a ninos, ninas y adolescentes que requieren de proteccion integral, por encontrarse en situacion de riesgo o presunto estado de abandono, se considera pertinente la redistribucion de la indicada poblacion ubicada en Centros de Atencion Residencial, que han superado su capacidad, demanda adicional que merece ser atendida prioritariamente; En uso de las facultades previstas por el Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES y sus normas modificatorias, el Manual de Organizacion y Funciones del MIMDES, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 452-2005-MIMDES y en la Resolucion Ministerial Nº 527-2008-MIMDES; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Redistribuir la poblacion albergada en los Centros de Atencion Residencial de acuerdo a los perfiles que presenten para ofrecer una mejor atencion que garantice el desarrollo integral de los ninos, ninas y adolescentes residentes. Articulo 2º.- Incorporar, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 1º de la Ley Nº 29174, a los Centros de Atencion Residencial a los ninos, ninas y adolescentes que carecen de soporte familiar o comunal acompanado de situaciones que afecten su desarrollo integral y limiten el ejercicio de sus derechos, por lo que requieren residir en un espacio fisico diferente al de su familia y al de su comunidad de origen. Articulo 3º.- La Sociedad de Beneficencia de MORDAZA Metropolitana dispondra las acciones y/o coordinaciones que resulten pertinentes para procurar el funcionamiento del Puericultorio "Augusto MORDAZA Aranibar" en el total de su capacidad instalada, garantizando la atencion integral de los ninos, ninas y adolescentes a ser acogidos en dicha Institucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Ejecutiva Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar

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Designan Jefe Zonal MORDAZA de la Unidad Gerencial de Articulacion Territorial y Seguridad Alimentaria y Nutricional del PRONAA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 308-2010-MIMDES
MORDAZA, 15 de marzo de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 517-2009MIMDES se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de confianza de Jefe Zonal MORDAZA de la Unidad Gerencial de Articulacion Territorial y Seguridad Alimentaria y Nutricional del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria ­ PRONAA del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES; Que, por convenir al servicio, resulta necesario dar por concluida la designacion a que se contrae el considerando anterior, asi como designar a la persona que se desempenara en el cargo respectivo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594 ­ Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos, la Ley Nº 27793 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES, su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES, y el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluida la designacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de confianza de Jefe Zonal MORDAZA de la Unidad Gerencial de Articulacion Territorial y Seguridad Alimentaria y Nutricional del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria ­ PRONAA del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES. Articulo 2º.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de confianza de Jefe Zonal MORDAZA de la Unidad Gerencial de Articulacion Territorial y Seguridad Alimentaria y Nutricional del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria ­ PRONAA del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social

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