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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MARZO DEL AÑO 2010 (19/03/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 27

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 19 de marzo de 2010 415825 Ejecutiva Nº 176, publicada en la edición del 16 de marzo de 2010. En el último párrafo de la parte considerativa.- DICE: “En uso de las facultades previstas por el Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES y sus normas modifi catorias, el Manual de Organización y Funciones del MIMDES, aprobado por Resolución Ministerial Nº 452-2005-MIMDES y en la Resolución Ministerial Nº 527- 2008-MIMDES;” DEBE DECIR: “En uso de las facultades previstas por el Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES y sus normas modifi catorias, el Manual de Organización y Funciones del MIMDES, aprobado por Resolución Ministerial Nº 452-2005-MIMDES y en la Resolución Ministerial Nº 268- 2009-MIMDES;” 470664-1 SALUD Autorizan viaje de funcionaria a EE.UU. para participar en reunión de trabajo y audiencias públicas en el marco del 138º Período de Sesiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 005-2010-SA Lima, 18 de marzo del 2010 CONSIDERANDO: Que en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, se llevará a cabo una (01) Reunión de Trabajo y cuatro (4) Audiencias Públicas, dentro del marco de la realización del 138º Período de Sesiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, durante el período del 16 al 26 de marzo de 2010; Que con Ofi cio Nº 100-2010-JUS/CDJE/ST del 25 de febrero de 2010, el señor Ministro de Justicia informa al señor Ministro de Salud sobre la convocatoria al Estado Peruano de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos al 138º período de sesiones y la designación del representante del sector Salud para la mencionada Reunión de Trabajo y Audiencias Públicas, a desarrollarse durante el período del 19 al 23 de marzo de 2010; Que se ha considerado conveniente designar a la abogada Dalia Miroslava Suárez Salazar, Asesora II, Nivel F-5, del Despacho Viceministerial del Ministerio de Salud, para que participe en representación del Estado Peruano en las mencionadas actividades, teniendo en cuenta los tiempos de desplazamientos; y, asimismo, que los gastos de pasajes aéreos, viáticos y el impuesto de salida al exterior serán asumidos con cargo al presupuesto del Ministerio de Salud; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2010, la Ley Nº 27619, que regula los viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, modifi cada por la Ley Nº 28807 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la abogada Dalia Miroslava Suárez Salazar, Asesora II, Nivel F-5 del Despacho Viceministerial del Ministerio de Salud, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, para que participe en una (01) Reunión de Trabajo y dos (2) Audiencias Públicas, dentro del marco de la realización del 138º Período de Sesiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, durante el período del 19 al 24 de marzo de 2010. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán cubiertos por la Unidad Ejecutora 001 Administración Central del Pliego 011 – Ministerio de Salud, conforme al siguiente detalle: - Pasaje Aéreo : US$ 2000.00 - Viáticos : US$ 1320.00 - Tarifa por uso de Aeropuerto : US$ 31.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la referida funcionaria deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o derecho aduanero cualquiera fuera su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros OSCAR UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 470677-4 Autorizan viaje de profesionales de la salud y brigadistas del Ministerio para realizar acciones de asistencia humanitaria en la República de Chile RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 006-2010-SA Lima, 18 de marzo del 2010 CONSIDERANDO: Que, el día 27 de febrero de 2010 se produjo un sismo de intensidad 8.8 grados en la escala de Richter en territorio de la República de Chile, ocasionando numerosas muertes, miles de heridos y damnifi cados, así como la saturación de sus servicios de salud, cuya grave situación hace necesario el apoyo del Estado Peruano, mediante acciones de asistencia humanitaria en el marco de los compromisos asumidos como parte de la Organización de las Naciones Unidas; Que, mediante Resoluciones Supremas Nºs. 002- 2010-SA y 004-2010-SA se autorizó del 2 al 11 y del 11 al 20 de marzo de 2010, respectivamente, el viaje de profesionales de la salud y brigadistas del Ministerio de Salud a la República de Chile para que participen en las acciones de asistencia humanitaria; Que, la grave situación de los acontecimientos, que también afectan a ciudadanos peruanos residentes en la República de Chile, hace necesario se autorice nuevamente el viaje de profesionales de la salud y brigadistas del Ministerio de Salud, conformando la Brigada Médica Peruana, para que continúen realizando las acciones de asistencia humanitaria en la República de Chile, cuyos gastos de pasajes y viáticos serán fi nanciados por el Pliego 011 – Ministerio de Salud; Que, de igual manera, resulta necesario asumir los costos de los servicios aéreos de regreso, de los profesionales de la salud y brigadistas que realizaron acciones de asistencia humanitaria en la República de Chile en el marco de la autorización otorgada por la Resolución Suprema N° 004-2010-SA; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2010, la Ley Nº 27619, que regula los viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, modifi cada por la Ley Nº 28807 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y,