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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 19 de marzo de 2010 415832 Nombre del paisaje Distrito Datum PSAD56 Zona 18 Datum WGS84 Zona 18 cultural arqueológico UTM Este UTM Norte UTM Este UTM Norte Andenes Agrícolas de Chillín Huayacundo Arma 465908 8503282 465684 8502916 Laguna de Pito Qocha Quito-Arma 462536 8504934 462312 8504568 Pintura Rupestre de Huachaq Quito-Arma 461671 8507392 461447 8507026 Artículo 2º.- Encargar a la Dirección Regional de Cultura de Huancavelica la elaboración de los expedientes técnicos de los monumentos arqueológicos prehispánicos mencionados en el artículo 1º de la presente resolución. Artículo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los monumentos arqueológicos prehispánicos declarados patrimonio cultural de la Nación, deberá contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 4º.- Remítase copia fedateada de la presente resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 469559-1 Otorgan a diversas personas naturales la distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura Peruana RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 450/INC Lima, 5 de marzo de 2010 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un organismo público descentralizado del sector educación, con personería jurídica de derecho público interno; con autonomía técnica, administrativa, económica y fi nanciera, y es el ente rector responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del patrimonio cultural de la Nación, de conformidad con el artículo 2º de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2003-ED; Que, es objetivo de esta Institución promover y difundir la creación activa de la cultura de nuestro tiempo, sin discriminar su procedencia o credo, alentando el reconocimiento público del esfuerzo privado o colectivo que se desarrolló en los diversos campos de la actividad cultural, de conformidad con el inciso f) del artículo 5º del precitado reglamento; Que, el inciso h) del artículo 6º del texto normativo aludido dispone que es función del Instituto Nacional de Cultura promover, mediante diversos medios, el reconocimiento de los esfuerzos que realicen, colectiva o individualmente, los cultores de los quehaceres que conduzcan al desarrollo cultural del país; Que, mediante Resolución Directoral Nacional Nº 1207/INC del 10 de noviembre de 2004, se aprueba la Directiva Nº 002-2004-INC sobre Reconocimiento y Declaratorias de las Manifestaciones Culturales Vigentes como Patrimonio Cultural, que señala en su artículo 12º que “el INC reconoce a personas naturales o jurídicas que hayan contribuido y contribuyan a la creación, conservación, transmisión y salvaguarda del patrimonio cultural vigente (…)”, destacándolas, entre otras, con la distinción “Personalidad Meritoria de la Cultura Peruana”; Que, mediante Informe Nº 022-2010-DRECPC/INC del 04 de marzo de 2010, la Dirección de Registro y Estudio de la Cultura en el Perú Contemporáneo, con motivo del Día del Artesano que se celebra el 19 de marzo de cada año, propone otorgar la distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura Peruana a cinco destacados artesanos y promotores del patrimonio inmaterial; Que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 20º de la antes citada Directiva Nº 002-2004-INC, corresponde a la Dirección Nacional emitir la Resolución Directoral que resuelve el procedimiento; Estando a lo visado por el Director de Gestión, la Directora de Registro y Estudio de la Cultura en el Perú Contemporáneo y el Director de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura y la Resolución Directoral Nacional Nº 1207/INC del 10 de noviembre de 2004; SE RESUELVE: Artículo Primero.- OTORGAR la distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura Peruana a las siguientes personas: - Germán Béjar Navarro, en mérito a su calidad artística como maestro en el arte de la imaginería, así como por su permanente labor de salvaguardia, promoción y difusión de la plástica cusqueña. - Teodomiro Camiña Galindo, en mérito a su calidad artística como maestro adornista, así como por su destacada labor de promoción y difusión del arte tradicional de la cerería. - Jesús Gutarra Carhuamaca, en mérito a su destacada trayectoria como gastrónomo especializado en Pachamanca, así como por su permanente labor de investigación, promoción y difusión de este milenario sistema peruano de cocción de alimentos. - Honorato Oncebay Coras, en mérito a su calidad artística como maestro en el arte del tejido a telar, así como por su permanente labor de investigación, promoción y difusión del teñido de fi bras con tintes naturales. - Juan Ramos Cárcamo, en mérito a su calidad artística en el arte del burilado de mates, así como por su destacada labor para la continuidad, puesta en valor y difusión del singular estilo de burilar de Catacaos. Artículo Segundo.- La ceremonia de reconocimiento se realizará el día 19 de marzo de 2010 en las instalaciones del Museo de la Nación. Los gastos que se generen por la estadía y traslado de las personas antes mencionadas, serán asumidos por el Instituto Nacional de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 469559-2 Declaran bien inmueble integrante del patrimonio cultural de la Nación a conjunto religioso ubicado en la comunidad de Kuchuwasi, departamento de Cusco RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 482/INC Lima, 9 de marzo de 2010 Visto: el Expediente Nº 004735/2010; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 21º de la Constitución Política del Perú señala que es función del Estado la protección del patrimonio cultural de la Nación; Que, de conformidad al artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296, “Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación”, el Instituto Nacional de Cultura viene realizando una permanente identifi cación y registro de inmuebles, espacios, testimonio y áreas urbanas que por su valor histórico deben ser declarados integrantes del patrimonio cultural de la Nación; Que, vistos el Memorando Nº 130-2010-DRC-C/INC de fecha 04 de febrero de 2010 y el expediente técnico de la Referencia, la Sub Dirección de Registro de la Dirección de Patrimonio Histórico Colonial y Republicano