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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MARZO DEL AÑO 2010 (19/03/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 42

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 19 de marzo de 2010 415840 de la Corte Arbitral del Centro de Arbitraje del OSIPTEL: - Director, señor Ignacio Basombrio Zender. - Vocal, señora Viveca Amorós Kohn. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUILLERMO THORNBERRY VILLARÁN Presidente del Consejo Directivo 469834-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Aprueban Manual de Procesos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 18-2010-SERVIR/PE Lima, 17 de marzo de 2010 Visto; los Informes Nºs. 011 y 024-2010-SERVIR/GG- OPP de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto y el Memorándum Nº 027-2010-SERVIR/GG-OAJ; CONSIDERANDO: Que, el Manual de Procesos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, es el instrumento que comprende la descripción del conjunto de operaciones descritas en forma clara, sistemática, ordenada y secuencial, así como el diagrama de fl ujo de las actividades en las que participan cada una de las unidades orgánicas de SERVIR; Que, dicha información redundará en mejorar de manera continua y permanente la calidad de los servicios a disposición de la ciudadanía; Que, en ese sentido, es necesario aprobar el Manual de Procesos cuyo texto ha sido propuesto por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto mediante Informes Nºs. 011 y 024-2010-SERVIR/GG-OPP; Con las visaciones del Gerente General, del Jefe de la Ofi cina General de Administración y Finanzas y de los Jefes de las Ofi cinas de Planeamiento y Presupuesto y Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, Reglamento de la Ley Nº 29091, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM y el Decreto Supremo Nº 062-2008- PCM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de SERVIR. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el “Manual de Procesos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil”, que en texto forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, y la de su anexo en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional de SERVIR (www.servir.gob. pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. NURIA ESPARCH FERNÁNDEZ Presidenta Ejecutiva 470667-1 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Disponen el funcionamiento de la Oficina Desconcentrada de Lima Norte a la que se podrá denominar INDECOPI sede Lima Norte RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 028-2010-INDECOPI/COD Lima, 15 de marzo de 2010 CONSIDERANDO: Que en el marco de la desconcentración de competencias a que se refi ere el literal g) del artículo 5º de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1033 y en uso de la atribución de crear e instalar Ofi cinas y otras sedes a nivel nacional que le confi eren los literales h) y j) de tal disposición, el Consejo Directivo de la Institución ha aprobado la creación de la Ofi cina Desconcentrada de Lima Norte del INDECOPI, con el fi n de brindar una mayor y más cercana prestación de los servicios institucionales a los consumidores y las empresas de la zona norte de la ciudad y del departamento de Lima, así como de la Provincia Constitucional del Callao; Que, asimismo, es objetivo de la creación e instalación de esta Ofi cina Desconcentrada de Lima Norte del INDECOPI la conformación progresiva de Comisiones adscritas a dicha Ofi cina, a fi n de que puedan tramitar, conocer y resolver materias relativas a protección al consumidor, fi scalización de la competencia desleal, eliminación de barreras burocráticas y procedimientos concursales; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de la Institución; y, De conformidad con el artículo 5º y el inciso h) del numeral 7.3 del artículo 7º de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer el funcionamiento de la Ofi cina Desconcentrada de Lima Norte, a la que se podrá denominar INDECOPI sede Lima Norte, así como la conformación progresiva de Comisiones adscritas a dicha Ofi cina, con el fi n de que puedan tramitar, conocer y resolver materias relativas a protección al consumidor, fi scalización de la competencia desleal, eliminación de barreras burocráticas y procedimientos concursales. Artículo 2º.- Establecer la delimitación de competencia territorial del INDECOPI sede Lima Norte y de la sede central de la Institución, a la que se podrá denominar INDECOPI sede Lima Sur; con arreglo a la distribución geográfi ca contenida en el Anexo I de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME THORNE LEÓN Presidente del Consejo Directivo ANEXO I DELIMITACIÓN DE COMPETENCIA TERRITORIAL DEL INDECOPI SEDE LIMA NORTE Y SEDE LIMA SUR POR DISTRITOS INDECOPI Lima Norte INDECOPI Lima Sur Ancón Ate Bellavista Barranco Callao Breña