Norma Legal Oficial del día 23 de marzo del año 2010 (23/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

415990
BELICE 1. MAYOR BOLIVIA 1. MORDAZA BRASIL 1. MORDAZA

NORMAS LEGALES
CHARLTON ROCHEZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE PESSOA

El Peruano MORDAZA, martes 23 de marzo de 2010

MORDAZA 1. CAPITAN DE FRAGATA MORDAZA ZANETTI 2. MORDAZA MORDAZA MORDAZA COLOMBIA 1. MAYOR ECUADOR 1. MAYOR EL MORDAZA 1. MORDAZA GUATEMALA 1. MORDAZA NICARAGUA 1. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1. MORDAZA MORDAZA MONSALE DUARTE MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA LORRANCAGOMAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

REPUBLICA DOMINICANA 1. MORDAZA MORDAZA MORDAZA AVALO-NUNEZ URUGUAY 1. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de Colombia, sin MORDAZA de guerra; Que, el Ministro de Defensa de Colombia y su delegacion sostendran reuniones de trabajo con representantes del Ministerio de Defensa y de las Fuerzas Armadas del Peru; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y Con la opinion favorable del Viceministerio de Politicas para la Defensa y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, a los siguientes oficiales de las Fuerzas Armadas de Colombia, que participaran en una reunion de trabajo con representantes del Ministerio de Defensa y de las Fuerzas Armadas del Peru, del 23 al 24 de marzo de 2010: 1. 2. 3. 4. 5. 6. MORDAZA Mayor General Brigadier General (IM) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA GARZON MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA QUINCHE MORDAZA MORDAZA MORDAZA BUITRAGO MORDAZA MORDAZA ESPINEL LUENGAS

ESTADOS UNIDOS 1. MORDAZA MORDAZA USA ARMY MORDAZA MORDAZA 2. MORDAZA DE PRIMERA CLASE MORDAZA ATTERBERRY 3. MORDAZA MORDAZA LONEY Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 472010-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 227-2010/DE/SG MORDAZA, 22 de marzo de 2010 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DGS) Nº 299 de fecha 22 de marzo de 2010, el Director General para Asuntos de Seguridad

7. MORDAZA 8. MORDAZA MORDAZA

Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 472010-2

DIARIO OFICIAL

REQUISITO PARA PUBLICACILN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberan ademas remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electronico. normaslegales@editoraperu.com.pe

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