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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MARZO DEL AÑO 2010 (23/03/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 23 de marzo de 2010 415995 funcionaria deberá retornar a su plaza de origen de la que es titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. NIDIA VILCHEZ YUCRA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 472012-1 Designan Directora Ejecutiva del Programa Nacional Wawa Wasi RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 317-2010-MIMDES Lima, 22 de marzo de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 284-2008- MIMDES se designó a la señora AURORA AMPARO MUGURUZA MINAYA en el cargo de Directora Ejecutiva del Programa Nacional Wawa Wasi del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES; Que, la citada funcionaria ha formulado renuncia al cargo para el cual fue designada, por lo que resulta pertinente emitir el acto mediante el que se acepte la misma, así como se designe a la persona que se desempeñará en el cargo respectivo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594 – Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Ley Nº 27793 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES, y el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por la señora AURORA AMPARO MUGURUZA MINAYA al cargo de Directora Ejecutiva del Programa Nacional Wawa Wasi del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar a la Lic. NANCY DEL PILAR GARCÍA CARRILLO en el cargo de confi anza de Directora Ejecutiva del Programa Nacional Wawa Wasi del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES. Regístrese, comuníquese y publíquese. NIDIA VILCHEZ YUCRA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 472013-1 PRODUCE Establecen veda reproductiva del recurso merluza RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 067-2010-PRODUCE Lima, 19 de marzo del 2010 VISTOS: El Ofi cio Nº DE-100-088-2010-PRODUCE/ IMP del 8 de marzo de 2010 del Instituto del Mar del Perú – IMARPE, que remitió el Informe “Avance del Proceso Reproductivo de la Merluza Peruana (Al 5 de marzo 2010)”; el Informe Nº 156-2010-PRODUCE/DGEPP-Dch y la Nota 382-2010-PRODUCE/DGEPP-Dch del 16 de marzo de 2010 de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero; y, el Informe Nº 018-2010- PRODUCE/OGAJ-cfva del 17 de marzo de 2010 de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 2º de la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977, establece que los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú son patrimonio de la Nación, correspondiendo al Estado regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interés nacional; Que, el artículo 9º de la citada Ley, establece que el Ministerio de la Producción, sobre la base de evidencias científi cas disponibles y de factores socioeconómicos, determinará, según el tipo de pesquerías, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, las temporadas y zonas de pesca, la regulación del esfuerzo pesquero, los métodos de pesca, las tallas mínimas de captura y demás normas que requieran la preservación y explotación racional de los recursos hidrobiológicos; además, que los derechos administrativos otorgados se sujetan a las medidas de ordenamiento que mediante dispositivo legal de carácter general dicta el Ministerio; Que, mediante Decreto Supremo Nº 016-2003- PRODUCE se aprobó el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Merluza, con el propósito de lograr su recuperación en el mediano plazo, para el aprovechamiento sostenido de dicho recurso y de su fauna acompañante, teniendo en cuenta sus características biológicas y poblacionales, considerando los principios de pesca responsable, la conservación del medio ambiente y la biodiversidad; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 536- 2009-PRODUCE publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 23 de diciembre de 2009, se autorizó la actividad extractiva del recurso merluza en la zona comprendida entre el extremo norte del dominio marítimo del Perú y los 06º 00’ S, desde las 00:00 horas del día 01 de enero hasta el 31 de diciembre de 2010, estableciéndose la cuota total permisible de pesca en 40 mil toneladas métricas; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 047- 2010-PRODUCE publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 2 de marzo de 2010, se estableció el Régimen Provisional de Pesca del Recurso Merluza (Merluccius gayi peruanus) correspondiente al año 2010, en el marco del cual se desarrollará la actividad extractiva con la cuota total permisible de 40 mil toneladas métricas, dispuesta en el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 536-2009- PRODUCE; Que, en el artículo 15º de la Resolución Ministerial citada en el considerando anterior, se establece que el Instituto del Mar del Perú deberá informar al Ministerio de la Producción los resultados de las evaluaciones y seguimiento de la pesquería de merluza, recomendando de ser el caso, las medidas de ordenamiento pesquero; Que, por Resolución Ministerial Nº 057-2010- PRODUCE publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 10 de marzo de 2010, se suspendió las actividades extractivas del recurso merluza (Merluccius gayi peruanus) a partir de las 00:00 horas del 15 de marzo del presente año, en el área marítima comprendida entre los 04º 30’ S y 06º 00’ S, considerando lo señalado por el Instituto del Mar del Perú – IMARPE, en el “Informe de la Evolución del Estado Reproductivo de la Merluza Peruana, Febrero 2010”; Que, el Instituto del Mar del Perú – IMARPE mediante el Ofi cio de Vistos, remitió el informe “Avance del Proceso Reproductivo de la Merluza Peruana (Al 5 de marzo 2010)” en el que presenta la variación del estado de madurez de hembras adultas de merluza en el área comprendida desde el extremo norte del dominio marítimo y los 06º00’S; Que, el Informe antes citado indica que durante la segunda quincena de febrero y los primeros días de marzo, se ha registrado un notable incremento de la proporción de hembras maduras y desovantes en la población de merluza, principalmente al norte de los 04º00’S (zona donde se desarrolla la mayor actividad pesquera de la fl ota arrastrera) y en el grupo de tallas más abundante (25 a 30 cm), mientras que las merluzas adultas al sur de la mencionada latitud, mantienen los niveles de madurez gonadal, y por consiguiente los valores de los indicadores reproductivos reportados en el “Informe de la Evolución del Estado Reproductivo de la Merluza Peruana, Febrero 2010”; por lo que en vista de los recientes resultados y