Norma Legal Oficial del día 23 de marzo del año 2010 (23/03/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 12

415998

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 23 de marzo de 2010

Exteriores; y el Memorandum de la Direccion de Finanzas Nº FIN0124/2010, de 08 de marzo de 2010, que certifica la disponibilidad presupuestal del presente viaje; De conformidad con la Cuarta Disposicion Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica; los articulos 185º y 190º de su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; en concordancia con el articulo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; la Ley Nº 29357; la Ley Nº 27619, su modificatoria la Ley Nº 28807, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; su modificatoria el Decreto Supremo N° 005-2006-PCM; el numeral 10.1 del articulo 10º de la Ley Nº 29465, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010; y el Decreto de Urgencia Nº 001-2010, que precisa el rango normativo de las autorizaciones de viaje; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el viaje, en comision de servicios, de los siguientes funcionarios diplomaticos, a la MORDAZA de El Cairo, Republica Arabe de Egipto, del 06 al 08 de MORDAZA de 2010, a fin de sostener coordinaciones con los organizadores y con las delegaciones de los paises indicados, vinculados a las negociaciones sobre los convenios bilaterales sobre patrimonio cultural, el 06 de MORDAZA de 2010, y para que participen en la "Conferencia sobre la Cooperacion Internacional para la Proteccion y Repatriacion del Patrimonio Cultural" del 07 al 08 de MORDAZA de 2010: · Embajadora en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA Cino de MORDAZA, Subsecretaria de Politica Cultural Exterior; y · Consejero en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, funcionario de la Subsecretaria de Politica Cultural Exterior, responsable del tema de proteccion del patrimonio cultural Articulo 2°.- Los gastos que irroguen el cumplimiento de la presente Resolucion, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 41428 ­ Proteccion en el Exterior del Patrimonio Cultural, debiendose rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias al termino de la referida comision de servicios, de acuerdo con el siguiente detalle:
Pasaje Aereo Viaticos Nº Clase por dia de Economica US$ dias US$ 2,550.00 2,550.00 200.00 200.00 3+2 3+2 Total Tarifa viaticos aeropuerto US$ US$ 1,000.00 1,000.00 31.00 31.00

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Otorgan autorizaciones a empresas y a persona natural para prestar servicio de radiodifusion sonora comercial y educativa en localidades de los departamentos de Tumbes, MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 207-2010-MTC/03 MORDAZA, 8 de marzo de 2010 CONSIDERANDO: Que, Resolucion Ministerial N° 361-97-MTC/15.19 del 23 de MORDAZA de 1997, publicada en el diario oficial "El Peruano" el 28 de MORDAZA de 1997, se otorgo a la empresa RADIO HIT S.A., autorizacion y permiso de instalacion y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para operar una estacion retransmisora del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito, provincia y departamento de Tumbes; Que, de acuerdo a la Partida Nº 11621924 de la Oficina Registral de MORDAZA, MORDAZA Registral Nº IX, Sede MORDAZA, la empresa RADIO HIT S.A. ha cambiado su forma societaria por la de una sociedad anonima cerrada siendo su denominacion RADIO HIT S.A.C.; Que, el articulo 21º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052005-MTC, establece que las autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion se conceden por el plazo MORDAZA de diez (10) anos, iniciandose con un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses improrrogables; Que, los articulos 184º y 185º del entonces Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, aplicable en virtud de la Primera Disposicion Final y Transitoria del Reglamento de la Ley de Radio y Television, senalan que otorgada la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba, dentro del cual el titular instalara los equipos requeridos para la prestacion del servicio autorizado y realizara las pruebas de funcionamiento respectivas, lo que sera verificado por el organo competente del Ministerio, para cuyo efecto se emitira el informe tecnico correspondiente; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 4º de la Resolucion Ministerial Nº 361-97-MTC/15.19, si la inspeccion tecnica realizada a la estacion es favorable se le otorgara autorizacion hasta por el plazo de diez (10) anos, el cual incluira el periodo de instalacion y prueba autorizado; Que, con Informes Nº 0346-98-MTC/15.19.03.3 y Nº 0609-2001-MTC/15.19.03.3, del 16 de noviembre de 1998 y 21 de MORDAZA de 2001, respectivamente, de la entonces Subdireccion de Control de Estaciones Radioelectricas de la entonces Direccion de Administracion de Frecuencias, se concluye que la estacion de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), perteneciente a la empresa RADIO HIT S.A. (ahora RADIO HIT S.A.C.), cuya autorizacion fue otorgada mediante Resolucion Ministerial Nº 361-97-MTC/15.19, cuenta con el equipamiento minimo necesario por lo que se encuentra tecnicamente apta para continuar el tramite de otorgamiento de autorizacion por diez (10) anos; Que, de acuerdo al Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la banda de Frecuencia Modulada (FM) para la localidad correspondiente al departamento de Tumbes, aprobado con Resolucion Viceministerial Nº 0852004-MTC/03, ratificada por Resolucion Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03, se advierte que dentro de la localidad denominada Tumbes, se encuentra comprendida el distrito, provincia y departamento de Tumbes;

Nombres y Apellidos MORDAZA MORDAZA Cino de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Articulo 3°.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes al termino del referido viaje, los citados funcionarios diplomaticos deberan presentar un informe ante el senor Ministro de Relaciones Exteriores de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Articulo 4°.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema debera ser refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 472015-2

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.