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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MAYO DEL AÑO 2010 (04/05/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 4 de mayo de 2010 418380 SE RESUELVE: Artículo Único.- El monto de la colocación internacional de Bonos Globales emitidos al amparo del Decreto Supremo Nº 102-2010-EF asciende a la suma de US$ 1 260 803 000,00 (UN MIL DOSCIENTOS SESENTA MILLONES OCHOCIENTOS TRES MIL y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinado a fi nanciar el intercambio de los Bonos Globales con vencimiento en los años 2012, 2014, 2015 y 2016, por el Bono Global con vencimiento en el año 2033. Regístrese, comuníquese y publíquese. MERCEDES ARAÓZ FERNÁNDEZ Ministra de Economía y Finanzas 488993-1 EDUCACION Aprueban Estatuto del Conservatorio Nacional de Música DECRETO SUPREMO Nº 008-2010-ED EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 47-94-ED de fecha 16 de septiembre de 1994 se aprobó el Estatuto del Conservatorio Nacional de Música, el cual fue modifi cado mediante Decreto Supremo Nº 041-2002-ED de fecha 11 de noviembre del 2002; Que, la Ley Nº 29292 tiene como objeto la modifi cación del artículo 1º de la Ley Nº 26215, modifi cada por la Ley Nº 26341, que modifi ca el artículo 99º de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, conforme a lo previsto en los artículos 23º y 24º de la Ley Nº 23733, a fi n de que el Conservatorio Nacional de Música tenga los deberes y derechos que confi ere la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, y otorgue en nombre de la Nación el Grado de Bachiller y el Título de Licenciado, equivalentes a los otorgados por las universidades del país, siendo válidos para el ejercicio de la docencia universitaria y para la realización de estudios de maestría y doctorado, asimismo, goza de las exoneraciones y estímulos de las universidades, manteniendo el régimen académico de gobierno y de economía establecido por las leyes que lo rigen; Que, la Segunda Disposición Transitoria de la Ley Nº 29292 dispone que el Conservatorio Nacional de Música adecue sus estructuras académicas y administrativas a los requisitos que establece la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, a fi n de cumplir con su objeto; Que, mediante Ofi cios Nºs. 001-09-SG-CNM, 004- 09-SG-CNM, 011-09-SG-CNM y 016-09-SG-CNM, el Conservatorio Nacional de Música ha dado cumplimiento a la Primera Disposición Transitoria de la Ley Nº 29292, inscribiendo los títulos profesionales otorgados a la fecha en el Registro Nacional de Grados y Títulos de la Asamblea Nacional de Rectores; Que, el Conservatorio Nacional de Música mediante el Ofi cio N° 209-09-DG-CNM, propone la aprobación de su Estatuto a fi n de que sus estructuras académicas y administrativas se adecuen a los requisitos que establece la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, según la Segunda Disposición Transitoria de la Ley Nº 29292; De conformidad con el numeral 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú y el numeral 3) del artículo 11º de la Ley Nº 29158; DECRETA: Artículo 1°.- De la Aprobación del Estatuto Apruébese el Estatuto del Conservatorio Nacional de Música, cuyo texto forma parte integrante del presente Decreto Supremo y que deberá ser publicado en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu. gob.pe), en la fecha de publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 2°.- Del Reglamento General El Consejo Directivo del Conservatorio Nacional de Música dictará el Reglamento General de la institución en concordancia con el presente Estatuto. Artículo 3°.- De la Derogatoria Deróguese el Decreto Supremo Nº 047-94-ED y su modifi catoria aprobada por Decreto Supremo Nº 041- 2002-ED. Articulo 4º.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de mayo del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación 489083-1 Aprueban Normas sobre responsabilidades para la difusión de los resultados de la Evaluación Censal de Estudiantes 2009 (ECE 2009) RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0123-2010-ED Lima, 29 de abril de 2010 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación, formula las políticas nacionales en materia de educación, cultura, deporte y recreación, en armonía con los planes del desarrollo y la política general del Estado; supervisa y evalúa su cumplimiento; y formula los planes y programas en materia de su competencia; Que, conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 021-2007-ED, se declara de preferente interés sectorial para el Ministerio de Educación la permanente implementación y ejecución de la evaluación del sistema educativo, el mismo que incluye la evaluación del aprendizaje de los alumnos de la Educación Básica Regular; de los docentes capacitados y por capacitarse; y de las instancias de gestión educativa descentralizada; Que, en diciembre de 2009, se realizó la Evaluación Censal de Estudiantes 2009 (ECE 2009) con el objetivo de evaluar el aprendizaje logrado por los estudiantes de segundo grado de primaria en comprensión lectora y matemática y por los estudiantes de cuarto grado de primaria en comprensión lectora, cuya institución educativa (IE) aplica el Programa de Educación Intercultural Bilingüe (EIB) en castellano como segunda lengua; Que, habiéndose efectuado el análisis y elaboración de reportes de resultados, éstos servirán como insumo para que los directores y docentes de las IE planifi quen y desarrollen estrategias necesarias para que los estudiantes evaluados logren superar las difi cultades evidenciadas en los resultados y consigan los aprendizajes esperados; Que, en virtud de lo expuesto, es necesario normar las responsabilidades para la difusión de los resultados de la ECE 2009 que tendrán el Ministerio de Educación, las diferentes instancias de gestión descentralizada (IGD) y las instituciones educativas (IE) para garantizar la adecuada y oportuna difusión de los resultados de la misma a los docentes y padres de familia de los estudiantes evaluados, así como el monitoreo al uso de los reportes de resultados en las acciones pedagógicas de las instituciones educativas (IE); De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762 modifi cado por la Ley Nº 26510, el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED, sus modifi catorias y la Ley Nº 29158; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar las “Normas sobre responsabilidades para la difusión de los resultados de la Evaluación Censal de Estudiantes 2009 (ECE 2009)”, documento que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Las normas aprobadas en el artículo precedente, serán publicadas en el Portal Electrónico del Ministerio de Educación, www.minedu.gob.pe en la misma