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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 14 de mayo de 2010 418892 Pliego Presupuestal 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes: US $ 1 286,87 Viáticos : US $ 1 100,00 Tarifa Corpac: US $ 31,00 Artículo 3°.- Encargar la Cartera de Comercio Exterior y Turismo al señor JOSÉ NICANOR GONZALES QUIJANO, Ministro de la Producción, a partir del 24 de mayo de 2010 y en tanto dure la ausencia del Titular. Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros MARTÍN PÉREZ MONTEVERDE Ministro de Comercio Exterior y Turismo 493694-4 Autorizan viaje de funcionario de OSINERGMIN a la República de Argentina, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 115-2010-PCM Lima, 13 de mayo de 2010 Vistos, el Ofi cio Núm. 023-2010-OS/PRES del Presidente del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (OSINERGMIN), y la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo OSINERGMIN Núm. 041-2010-OS/PRES; CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley Núm. 28749, Ley General de Electrifi cación Rural, el Ministerio de Energía y Minas ha ejecutado entre los años 2006 al 2010, en diversas regiones del país, obras de electrifi cación rural para suministros no convencionales utilizando sistemas fotovoltaicos, siendo prioritario establecer la tarifa fotovoltaica rural para suministros no convencionales atendidos con dichos sistemas; Que, el artículo 2° del Decreto Supremo Núm. 089- 2009-EM señala que el OSINERGMIN en un plazo de ocho meses contados a partir de la publicación de dicho dispositivo, el cual vence el 16 de agosto de 2010, fi jará la tarifa eléctrica rural para suministros no convencionales (fotovoltaicos); Que, la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria (GART) del OSINERGMIN se encuentra, a través de la División de Distribución Eléctrica, desarrollando los estudios correspondientes y dentro de ello se ha considerado la realización de visitas técnicas internacionales a empresas que brinden el servicio público de electricidad a través de sistemas fotovoltaicos rurales; Que, la Empresa de Distribución Eléctrica del Salta (EDESA) de la República de Argentina ha comunicado su aceptación para que un representante del OSINERGMIN efectúe una visita técnica a sus instalaciones, entre el 17 y el 18 de mayo de 2010, con la fi nalidad de intercambiar experiencias en regulación, operación, mantenimiento, comercialización y atención al cliente de los sistemas fotovoltaicos rurales. Así como permitir la recolección de información relevante para la defi nición de la tarifa rural fotovoltaica, por ello se considera importante la participación del responsable de la División de Distribución Eléctrica encargado de desarrollar la propuesta tarifaria rural fotovoltaica; Que, la mencionada visita es sumamente provechosa para los intereses del país debido a que la información e intercambio de experiencias contribuirá a la elaboración de la tarifa fotovoltaica rural la misma que servirá para consolidar el acceso al servicio eléctrico de los pobladores de las zonas rurales y garantizará la sostenibilidad de dicho servicio; Que, por lo expuesto, se ha considerado pertinente que el Gerente de la División de Distribución Eléctrica de la GART sea el funcionario encargado de realizar la citada visita técnica, siendo que el viaje será fi nanciado en su integridad con cargo al presupuesto institucional del OSINERGMIN; De conformidad con lo establecido por la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, Ley Núm. 29465; la Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Núm. 27619 y las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobadas por Decreto Supremo Núm. 047-2002-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Miguel Ángel Révolo Acevedo, Gerente de la División de Distribución Eléctrica funcionario de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria del OSINERGMIN, a la ciudad de Salta, República de Argentina, del 15 al 19 de mayo de 2010, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el presente viaje serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional de OSINERGMIN, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 1 048,00 Viáticos US$ 600,00 Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 31,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado funcionario deberá presentar ante su entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4º.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros 493694-5 Autorizan viaje de personal del INDECI a Chile para efectuar la donación de bienes de asistencia humanitaria RESOLUCIÓN SUPREMA N° 116-2010-PCM Lima, 13 de mayo de 2010 Visto, el Ofi cio Núm. 1992-2010-INDECI/5.0 del Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI; CONSIDERANDO: Que, por Decreto de Urgencia Núm. 017-2010 se dictaron medidas para brindar ayuda humanitaria por