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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 14 de mayo de 2010 418893 parte del Estado peruano a la República de Chile, ante los efectos del sismo del 27 de febrero de 2010, acontecido en dicho país; Que, el artículo 3° del Decreto de Urgencia precitado, autorizó al Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI a efectuar la donación de bienes de asistencia humanitaria a favor de la República de Chile, con el propósito de contribuir a la mitigación de los daños producidos por el mencionado desastre natural; Que, asimismo, la Primera Disposición Complementaria Transitoria del citado dispositivo autorizó al Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, entre otros, a realizar las acciones necesarias destinadas a que el personal vinculado a las acciones a su cargo en el marco de dicha norma, puedan viajar, a través de vuelos humanitarios, a atender la emergencia en la República de Chile. Para tal fi n, los pliegos correspondientes podrían realizar los gastos necesarios vinculados a dichos viajes, pudiendo emitirse las respectivas resoluciones supremas, con posterioridad al citado viaje de comisión de servicios; Que, en tal sentido, es necesario autorizar el viaje llevado a cabo en comisión de servicios por el personal del Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, a la República de Chile, llevado a cabo entre el 1 y 2 de marzo de 2010 para efectuar la donación de bienes de asistencia humanitaria y contribuir a la mitigación del daño provocado por el citado desastre natural; Que, los gastos por concepto de viáticos se encontraron a cargo del INDECI; De conformidad con lo establecido por el Decreto de Urgencia Núm. 017-2010; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo; su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; la Ley N° 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo Núm. 063-2007-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje en comisión de servicios a la República de Chile del personal del Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, que se detalla a continuación, del 1 al 2 de marzo de 2010, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución: - General de Brigada EP “R” José Ramón Ernaú Rojas, Director Nacional de Logística; - Señor Jesús Percy Alvarado Vadillo, Director de la Secretaría Permanente de los Consejos Consultivos y de Coordinación; - Señor Plinio Carlos Mamani Choquehuanca, de la Dirección Nacional de Logística; y, - Señores Jorge Luis Arguedas Bravo y Carlos Armando Cieza Córdova, de la Secretaría General e Imagen Institucional. Artículo 2°.- Los gastos que irrogó el cumplimiento de la presente resolución fueron con cargo al presupuesto del INDECI, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos (US$ 200,00 por cinco personas) US$ 1 000,00 Artículo 3º.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros 493694-6 AGRICULTURA Encargan a la Administración Local de Agua Mantaro conocer y resolver procedimiento promovido por SEDAPAL sobre autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 298-2010-ANA Lima, 12 de mayo de 2010 VISTO: El Informe Legal Nº 666-2010-ANA-OAJ/LADR de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, a mérito de lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley de Recursos Hídricos, Ley Nº 29338, las Administraciones Locales de Agua ejercen la función de primera instancia administrativa en los ámbitos donde no se ha implementado Autoridades Administrativas del Agua; Que, con fecha 17.01.2009, el Estado Peruano, representado por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, suscribió con la Empresa Peruana de Aguas S.A. el “Contrato de Concesión del Proyecto de Derivación Huascacocha – Rímac”, con el objeto de ejecutar las obras de represamiento de las aguas pluviales de la microcuenca del Sistema de Lagunas de Huascacocha y su entrega al Canal 3 del Sistema Marca III, para su posterior trasvase hacia la cuenca del Río Rímac; Que, según Resolución Jefatural Nº 0792-2009-ANA, la precitada obra cuenta con reserva de agua de hasta 23.97 MMC, quedando las Administraciones Locales de Agua de Mantaro y de Pasco como responsables de la supervisión del cumplimiento de la reserva; Que, con Carta Nº 057-2010-GDI, la Gerencia de Desarrollo e Investigación de SEDAPAL, solicita la autorización de ejecución de las obras de aprovechamiento hídrico señaladas en el segundo considerando; Que, las obras cuya autorización de ejecución se está solicitando, se encuentran dentro del ámbito de la Administración Local de Agua Mantaro; Que, a efectos de evitar un posible confl icto de competencia corresponde encargar la Administración Local de Agua que deba conocer y resolver en primera instancia administrativa, el procedimiento administrativo señalado en el considerando precedente; y, Estando a lo opinado por la Ofi cina de Asesoría Jurídica, con el visto de la Secretaría General y, en uso de las atribuciones y funciones conferidas a este Despacho por el artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 039-2008-AG. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Encargar a la Administración Local de Agua Mantaro el conocimiento y resolución en primera instancia administrativa, el procedimiento administrativo promovido por la Gerencia de Desarrollo e Investigación de SEDAPAL, con carta Nº 057-2010-GDI, sobre autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico. Artículo 2°.- Publicar la presente resolución en el Portal Institucional para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO PALOMINO GARCIA Jefe Autoridad Nacional del Agua 493679-1