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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2010 (06/11/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 6 de noviembre de 2010 428740 e) Autorizar o aprobar las prestaciones adicionales, reducciones, ampliaciones de plazo y otros actos derivados de los contratos provenientes de los procesos de selección, excepto las prestaciones adicionales de obra y aquellas que por disposición legal sean indelegables. f) Resolver los recursos de apelación provenientes de los procesos de selección regulados por la normativa de contrataciones. g) Ejercer la representación legal del Ministerio de Cultura para aprobar y suscribir contratos de concesión de servicios, sus renovaciones y addendas. h) Suscribir todos los contratos de uso a favor de terceros de los auditorios, ambientes y cualquier otra área contemplada en la Guía de Servicios de la Entidad, así como sus renovaciones y addendas. i) Ejercer la representación legal del Ministerio de Cultura para suscribir todos los documentos que sean necesarios para efectuar el cambio de titularidad en los suministros del servicio de agua, luz, telefonía fi ja y móvil, Internet y otros, celebrados previamente por el Instituto Nacional de Cultura, ante las entidades operantes, así como sus renovaciones y/o cualquier otro acto o disposición relacionada a los mismos o a otros nuevos. j) Aprobar, en concordancia a lo establecido en el artículo 33º del Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, que aprobó el Reglamento de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, todos los actos de administración, disposición y adquisición de los bienes inmuebles a cargo del Ministerio de Cultura; así como aprobar, de acuerdo a lo previsto en el artículo 124º del citado Reglamento, todos los actos de administración y disposición de los bienes muebles a cargo del Ministerio de Cultura. Artículo 2º.- La delegación de facultades, así como la asignación de responsabilidades a que se refi ere la presente resolución, se realiza sin perjuicio de las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial Nº 009-2010-MC, y comprende las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos según corresponda a cada uno. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN OSSIO ACUÑA Ministro de Cultura 564228-2 DEFENSA Autorizan viaje del Director de la Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau” a Jamaica, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 484-2010-DE/ Lima, 5 de noviembre de 2010 Visto el Ofi cio G.502-1067, del Director de la Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau” de fecha 9 de setiembre del 2010; y, CONSIDERANDO: Que, como parte de las funciones establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau”, aprobado por Decreto Supremo Nº 070-DE/SG, de fecha 30 de diciembre de 1999, son funciones del Director, entre otras, planear, dirigir y supervisar las actividades educativas, administrativas y productivas de la Escuela, así como orientar, aprobar y formular los Planes Anuales de Actividades y Programas de Formación Profesional, Perfeccionamiento, Capacitación y Entrenamiento; Que, es conveniente para los intereses Institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Navío Francisco José Benigno Yábar Acuña, Director de la Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau”, a la ciudad de Kingston - JAMAICA, del 7 al 12 de noviembre del 2010, para efectuar reuniones de coordinación con el Director del Instituto Marítimo del Caribe, con la fi nalidad de evaluar la posibilidad de incluir mejoras en el convenio de colaboración interinstitucional, de fecha 17 de diciembre del 2009, que une a ambas entidades, y que tiene como objeto establecer lineamientos y directivas generales para desarrollar mecanismos e instrumentos de mutua cooperación con el propósito de llevar a cabo programas de apoyo recíproco en el ámbito académico, docente y de investigación, a fi n de contribuir en la mejora del nivel profesional de cadetes, alumnos y personal de ambas entidades, así como la realización de planes, proyectos, programas, actividades académicas y de investigación y asesoramiento mutuo; Que, el Viaje se encuentra comprendido en el Rubro 5, Ítem 12, del anexo 02 (RDR) del Plan Anual de Viajes 2010 del Ministerio de Defensa, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 130-2010-DE/SG, del 1 de abril de 2010; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 29075, Ley que establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio del 2002 y Cuarta Disposición Final de Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004- DE/SG de fecha 26 de enero del 2004, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio del 2004, y por el Decreto Supremo Nº 004-2009- DE/SG de fecha 3 de febrero del 2009; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorización Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Navío Francisco José Benigno Yábar Acuña, CIP 01723960, DNI 43930975, a la ciudad de Kingston - JAMAICA, del 7 al 12 de noviembre del 2010, para efectuar reuniones de coordinación con el Director del Instituto Marítimo del Caribe, en el marco del convenio de colaboración de fecha 17 de diciembre del 2009, suscrito entre dicha entidad y la Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau”. Artículo 2º.- Gastos El Ministerio de Defensa - Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau”, Unidad Ejecutora 008, efectuará los pagos que correspondan con cargo a Recursos Directamente Recaudados y de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (Lima - Miami - Kingston - Miami - Lima): US$ 1,243.00 x 1 persona Viáticos: US$ 240.00 x 6 días Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$ 31.00 x 1 persona Artículo 3º.- Delegación de facultades Facultar al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y término de la comisión, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- Presentación de Informe El citado Ofi cial deberá cumplir con lo dispuesto en los Artículos 6º y 10º de Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, y sus modifi catorias. Artículo 5º.- Derecho de Exoneración La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.