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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 6 de noviembre de 2010 428755 005-2006-PCM; el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29465; y el Decreto de Urgencia Nº 001-2010; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República César Rolando Castillo Ramírez, Director Nacional de Protocolo y Ceremonial del Estado, a la ciudad de Yokohama, Japón del 10 al 14 de noviembre de 2010, para que integre la delegación ofi cial que participará en la XXII Reunión Ministerial Conjunta de Ministros de Relaciones Exteriores y de Comercio Exterior del Foro de Cooperación Asia Pacífi co (APEC) y en la XVIII Cumbre de Líderes del APEC; y a la República de Corea, el 15 de noviembre de 2010, en la Visita Ofi cial de Trabajo que realizara el señor Presidente de la República a dicho país. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 01281 Promoción, Ejecución y Evaluación de las Acciones de Política Exterior, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apel- lidos Pasajes Clase Económica US$ Viáticos por día US$ Número de días Total viáticos US$ Tarifa aeropuerto US$ César Rolando Castillo Ramírez 3,790.62 260.00 6+2 2,080.00 31.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la referida comisión, el mencionado funcionario diplomático deberá presentar ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores, un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 564231-13 Dan por terminadas funciones de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Francesa y como Representante Permanente del Perú ante la UNESCO RESOLUCIÓN SUPREMA N° 455-2010-RE Lima, 5 de noviembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 386-2006-RE, se nombró Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Francesa, al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Harry Augusto Beleván Mc Bride; Que, mediante Resolución Ministerial N° 1354-2006- RE, se fi jó el 01 de diciembre de 2006, como la fecha en que el citado funcionario diplomático asumió funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Francesa; Que, mediante Resolución Suprema Nº 005-2007-RE, se nombró al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Francesa, Embajador en el Servicio Diplomático de la República Harry Augusto Beleván Mc Bride, como Representante Permanente del Perú ante la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), a partir del 11 de enero de 2007; De conformidad con los artículos 7º, 13º inciso a) y 30° de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modifi catoria la Ley N° 29318; y los artículos 62º, 185º inciso c), 187º y 189º inciso b) del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE y su modifi catoria el Decreto Supremo N° 065-2009-RE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Harry Augusto Beleván Mc Bride, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Francesa y como Representante Permanente del Perú ante la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO). Artículo 2º.- Cancelar las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3º.- La fecha de término de funciones y de traslado a la Cancillería, será fi jada mediante Resolución Ministerial. Artículo 4º.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 564231-14 SALUD Aceptan donación que será destinada a financiar el Proyecto “Instalación Módulo Temporal de Hospitalización” para el Hospital Regional de Ica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 861-2010/MINSA Lima, 3 de noviembre de 2010 Visto, el Informe Nº 206-2010-OGPP-OP/MINSA, emitido por la Ofi cina de Presupuesto de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, en relación a la solicitud de inclusión de la donación efectuada por el Fondo General de Contravalor Perú - Japón en el Presupuesto del Año Fiscal 2010; y CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, se expidió la Resolución Ministerial Nº 900-2009/ MINSA, de fecha 30 de diciembre de 2009, que aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2010 del Pliego 011 Ministerio de Salud; Que, el 21 de diciembre de 2009 se celebró el Convenio Nº 059-2009/MINSA de Financiamiento y Ejecución del Proyecto “Instalación Módulo Temporal de Hospitalización” para el Hospital Regional de Ica, entre el Fondo General de Contravalor Perú - Japón y el Ministerio de Salud; Que, en el marco del convenio señalado el Fondo General de Contravalor Perú - Japón se comprometió a efectuar una donación de CIENTO OCHENTA MIL Y