Norma Legal Oficial del día 06 de noviembre del año 2010 (06/11/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 6 de noviembre de 2010

00/100 NUEVOS SOLES (S/. 180 000,00), destinado a financiar el citado Proyecto; Que, mediante Memorandum Nº 2793-2010-OGAOE/MINSA, la Oficina General de Administracion del Ministerio de Salud informo que el 28 de setiembre de 2010, el Fondo General de Contravalor Peru - Japon ha efectuado el deposito en la Cuenta Corriente Nº 00 000 00 068 180287 del Banco de la Nacion, correspondiente al Ministerio de Salud, la suma de CUARENTA Y NUEVE MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 49 000,00), en el MORDAZA del Proyecto "Instalacion Modulo Temporal de Hospitalizacion" para el Hospital Regional de Ica; Que, en vista que los recursos seran destinados a la ejecucion del Proyecto "Instalacion Modulo Temporal de Hospitalizacion" para el Hospital Regional de Ica, es necesario incluir en el presupuesto del presente ano los mayores fondos publicos generados por la donacion programada por el Fondo General de Contravalor PeruJapon en la Fuente de Financiamiento 4 Donaciones y Transferencias, hasta por la suma de CUARENTA Y NUEVE MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 49 000,00); Que, de acuerdo a lo establecido en el literal a) del numeral 42.1 del articulo 42º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, las incorporaciones de mayores fondos publicos que se generen como consecuencia de la percepcion de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, son aprobados mediante Resolucion del Titular de la Entidad cuando provenga de las MORDAZA distintas a las de Recursos Ordinarios y recursos por Operaciones Oficiales de Credito que se produzcan durante el Ano Fiscal. Con el visado del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Viceministra de Salud; y; De conformidad con lo dispuesto en el literal a) del numeral 42.1 del articulo 42º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el literal l) del articulo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud y lo dispuesto por el articulo 2º del Anexo Nº 1 de la Directiva Nº 005-2009-EF/76.01, Directiva para la Ejecucion Presupuestaria, aprobada mediante Resolucion Directoral Nº 043-2009-EF/76.01: SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la donacion de CUARENTA Y NUEVE MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 49 000,00) efectuada por el Fondo General de Contravalor PeruJapon destinada a financiar el Proyecto "Instalacion Modulo Temporal de Hospitalizacion" para el Hospital Regional de Ica". Articulo 2º.- Autorizar la incorporacion de mayores fondos publicos en el Presupuesto Institucional de Pliego 011 Ministerio de Salud para el Ano Fiscal 2010, hasta por la suma de CUARENTA Y NUEVE MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 49 000,00), de acuerdo al siguiente detalle:
INGRESOS : FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 4 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS RUBRO : 13 Donaciones y Transferencias (En Nuevos Soles) 1.4 1.4.2 1.4 .2 1 1.4.2 1 .5 1.4.2 1 .5 2 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS Donaciones de Capital De Gobiernos Extranjeros Fondos Contravalor o De Desarrollo Binacional Fondo Contravalor Peru - Japon TOTAL INGRESOS EGRESOS : SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA PROGRAMA ESTRATEGICO FUNCION PROGRAMA FUNCIONAL : : 011 : 001 : 000 : 20 : 044 GOBIERNO CENTRAL MINISTERIO DE SALUD Administracion Central MINSA Sin Programa Estrategico Salud Salud Individual

SUBPROGRAMA FUNCIONAL : 0096 Atencion Medica Basica ACTIVIDAD : 1 000538 Atencion Basica de Salud GASTOS CAPITAL 2.6. Adquisicion de Activos No Financieros TOTAL SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0096 TOTAL PROGRAMA FUNCIONAL 044 TOTAL FUNCION 20 RESUMEN GASTOS DE CAPITAL 6. Adquisicion de Activos No Financieros TOTAL EGRESOS

49 000,00 49 000,00 49 000,00 49 000,00

49 000,00 ======== S/. 49 000,00 ========

Articulo 3º.- La Oficina de Presupuesto, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Pliego 011 Ministerio de Salud, solicitara a la Direccion General del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. Articulo 4º.- La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto a traves de la Oficina de Presupuesto del Pliego 011 Ministerio de Salud, instruira a la Unidad Ejecutora 001 Administracion Central - MINSA, a fin que elabore las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente Resolucion. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion, dentro de los cinco (05) dias calendarios de aprobada, a los Organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 563615-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje de Viceministro de Comunicaciones a Italia, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA N° 175-2010-MTC MORDAZA, 5 de noviembre de 2010 VISTA: La Nota de Elevacion No. 053-2010-MTC/33 del Director Ejecutivo de la Autoridad Autonoma del Proyecto Especial Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao ­ AATE, y el Memorandum No. 2986-2010MTC/03 del Viceministerio de Comunicaciones; CONSIDERANDO:

49 000,00 ======== 49 000,00 ========

Que, la Ley No. 27619, en concordancia con su MORDAZA reglamentaria aprobada por Decreto Supremo No. 047-2002PCM, regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos o representantes del Estado; Que, el numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley No. 29465, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos con cargo a recursos publicos, habiendose previsto que las excepciones a lo dispuesto en el citado literal seran autorizadas mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, las Leyes Nos. 28253 y 28670 declararon de necesidad publica e interes nacional la continuacion de

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