Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE OCTUBRE DEL AÑO 2010 (10/10/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 12

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 10 de octubre de 2010 427321 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan viaje de funcionarios de la SBS a los EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN SBS Nº 12378-2010 Lima, 7 de octubre de 2010 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La invitación cursada por el Comité del Consejo de Seguridad de la Organización de Naciones Unidas a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), en su calidad de Presidente del Grupo de Acción Financiera de Sudamérica (GAFISUD), para informar las actividades del año 2010 de este grupo, la misma que se llevará a cabo el día 14 de octubre de 2010, en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América. CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones a través de su Superintendente, el señor Felipe Tam Fox, ocupa la Presidencia del GAFISUD para el periodo 2010; Que, dado el importante rol que juega GAFISUD en el campo de la lucha contra el terrorismo, con el fi n de incrementar la cooperación con organizaciones regionales como la referida así como la interacción entre las mismas, el Presidente del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas ha requerido una exposición por parte del GAFISUD en las materias que le competen; Que, el día 13 de octubre se estará llevando a cabo una reunión de coordinación previa entre la Secretaría Ejecutiva y la Presidencia del GAFISUD a efectos de concordar los temas motivo de exposición ante el Comité del Consejo de Seguridad de la Organización de Naciones Unidas; Que, atendiendo la invitación cursada y con el fi n de exponer ante el Comité del Consejo de Seguridad de la Organización de Naciones Unidas los avances de la región en cuanto a regulación y tipifi cación del delito de Terrorismo, resulta de interés la participación de Blanca Carmela Burmester Cortijo, Asesor de Alta Dirección, y Jorge Yumi Taba, Gerente de Asuntos Internacionales y Capacitación de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), en el citado evento; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva Nº SBS-DIR-ADM-085-13, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2010, estableciéndose en el Numeral 4.2.1., que se autorizarán los viajes al exterior para participar en eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros, o misiones ofi ciales que comprometan la presencia de sus funcionarios, así como para el ejercicio de sus funciones o eventos de interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos, así como Tarifa CORPAC, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2010; y, En uso de las facultades que le confi ere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2010, Nº SBS- DIR-ADM-085-13; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de Blanca Carmela Burmester Cortijo, Asesor de Alta Dirección, y Jorge Yumi Taba, Gerente de Asuntos Internacionales y Capacitación de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones del 12 al 15 de octubre de 2010 a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los citados funcionarios, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberán presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización, según se indica, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2010, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 4 421,26 Viáticos US$ 1 320,00 Tarifa CORPAC US$ 62,00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. FELIPE TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 553169-1 Actualizan capital social mínimo de las empresas supervisadas correspondientes al trimestre octubre - diciembre de 2010 CIRCULAR Nº G-153-2010 Lima, 7 de octubre del 2010 -------------------------------------------------------------- Ref.: Actualización del capital social mínimo correspondiente al trimestre octubre – diciembre de 2010 -------------------------------------------------------------- Señor Gerente General: Sírvase tomar conocimiento que en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 9 del artículo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias, la Superintendencia dispone mediante la presente norma de carácter general, la actualización trimestral, correspondiente al período octubre – diciembre de 2010, de los capitales sociales mínimos de las empresas indicadas en los artículos 16º y 17º de la referida Ley General, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18º de dicha norma, según se indica a continuación, disponiéndose su publicación en virtud de lo señalado en el Decreto Supremo Nº 001-2009- JUS: