Norma Legal Oficial del día 10 de octubre del año 2010 (10/10/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 10 de octubre de 2010

Actualizacion del capital social minimo de las empresas supervisadas correspondientes al trimestre octubre ­ diciembre 2010 (en nuevos soles)
CAPITAL SOCIAL MINIMO (*) A. Empresas de Operaciones Multiples 1. Empresas Bancarias. 2. Empresas Financieras. 3. MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito. 4. MORDAZA Municipal de Credito Popular. 5. Entidad de Desarrollo a la Pequena y Micro Empresa - EDPYME. 6. Cooperativas de Ahorro y Credito autorizadas a captar recursos del publico. 7. MORDAZA Rural de Ahorro y Credito. B. Empresas Especializadas 1. 2. 3. 4. 5. 6. Empresa de Capitalizacion Inmobiliaria. Empresa de Arrendamiento Financiero. Empresa de Factoring. Empresa Afianzadora y de Garantias. Empresa de Servicios Fiduciarios. Empresas Administradoras Hipotecarias 11,654,969 3,791,750 2,107,218 2,107,218 2,107,218 3,803,956 23,176,294

CAPITAL SOCIAL MINIMO (*) D. Empresas de Seguros 1. Empresa que opera en un solo ramo (de riesgos generales o de vida). 2. Empresa que opera en ambos MORDAZA (de riesgos generales y de vida). 3. Empresa de Seguros y Reaseguros. 4. Empresa de Reaseguros. E. Empresas de Servicios Complementarios y Conexos 1. Almacen General de Deposito. 2. Empresa de Transporte, Custodia y Administracion de Numerario. 3. Empresa Emisora de Tarjetas de Credito y/o Debito. 4. Empresa de Transferencia de Fondos. 3,791,750 15,539,959 1,053,609 1,053,609 4,214,437 5,793,297 14,748,975 8,955,678

23,176,294 11,654,969 1,053,609 6,215,983 1,053,609 1,053,609 1,053,609

Indice Base: Octubre 1996, factor IPM octubre 1996 ­setiembre 2010: 1.5539959 * Las actualizaciones se realizan respecto del Indice de Precios al Por Mayor (IPM) base de octubre de 1996, articulo 18º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias.

Atentamente, MORDAZA TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 553171-1

C. Bancos de Inversion

PROYECTOS TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del articulo 10 de la Ley Nº 28977, Ley de Facilitacion del Comercio Exterior
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 455-2010-MTC/02 MORDAZA, 6 de octubre de 2010 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28977, Ley de Facilitacion del Comercio Exterior, en adelante la Ley, tiene por objeto establecer el MORDAZA legal a ser aplicable en el tramite aduanero de mercancias que ingresan o salen del MORDAZA e implementar las medidas necesarias para el cumplimiento de los compromisos relativos a Procedimientos Aduaneros y Facilitacion del Comercio comprendidos en los Acuerdos Comerciales suscritos por el Peru; Que, el numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley, dispuso la creacion en la pagina web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones de un modulo de informacion de acceso gratuito al publico, que contenga la informacion de los servicios portuarios y aeroportuarios que las empresas dedicadas a su prestacion proporcionan a sus clientes; Que, de acuerdo con la MORDAZA citada, dicho modulo debe ser construido con la informacion sobre servicios, contenido y precios que los operadores portuarios y aeroportuarios pongan a disposicion de los usuarios, y que debera ser remitida mensualmente a la Autoridad Portuaria Nacional y a la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, de esta manera, en cumplimiento de lo establecido por la Ley, la Direccion General de Aeronautica Civil, la Direccion General de Transporte Acuatico y la Autoridad Portuaria Nacional han propuesto el texto del Reglamento del articulo 10 de la Ley Nº 28977, Ley de Facilitacion del Comercio Exterior, el mismo que tiene por objeto promover una mayor transparencia en la informacion de los servicios portuarios y aeroportuarios; Que, el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de proyectos normativos y difusion de normas legales de caracter general, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009JUS, senala en su articulo 14 que las entidades publicas deben disponer la publicacion de los proyectos de MORDAZA de caracter general que MORDAZA de su competencia, en el Diario Oficial El Peruano, en sus Portales Electronicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor a treinta (30) dias calendario, a la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales, debiendo permitir que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; Que, en ese sentido, corresponde disponer la publicacion del proyecto del Reglamento del articulo 10 de la Ley Nº 28977, Ley de Facilitacion del Comercio Exterior, a fin de recibir los comentarios y sugerencias de la ciudadania en general; y, De conformidad con la Ley Nº 28977, Ley de Facilitacion del Comercio Exterior; la Ley Nº 29370, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, que aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, que aprobo el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de proyectos normativos y difusion de normas legales de caracter general; y, la Directiva Nº 003-2008-MTC/01 aprobada por Resolucion Ministerial Nº 191-2008-MTC/01 y modificada por la Resolucion Ministerial Nº 342-2008-MTC/01; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la publicacion del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del articulo 10 de la Ley Nº 28977, Ley de Facilitacion del Comercio Exterior, asi como la descripcion de los temas que involucra, en la pagina web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, www.mtc.gob.pe, con el objeto de recibir las respectivas sugerencias y comentarios de la ciudadania en general, dentro del plazo de quince (15)

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