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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE OCTUBRE DEL AÑO 2010 (13/10/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 13 de octubre de 2010 427394 - Un (01) representante de la Presidencia del Consejo de Ministros; - Un (01) representante del Ministerio de Economía y Finanzas; - Un (01) representante del Ministerio de Justicia; Asimismo, el Grupo de Trabajo podrá invitar a participar a representantes de los demás sectores del Poder Ejecutivo, así como de otros organismos, públicos o privados, organismos de la sociedad civil u organizaciones internacionales, así como representantes de consumidores que, con su apoyo, coadyuven con el cumplimiento de sus objetivos. Artículo 3º.- El Grupo de Trabajo Multisectorial se instalará en el plazo de cinco (5) días hábiles contados desde la publicación de la presente Resolución Ministerial, plazo dentro del cual los titulares del INDECOPI, de la Presidencia del Consejo de Ministros, del Ministerio de Economía y Finanzas y del Ministerio de Justicia, deberán designar a sus representantes titulares y alternos. Artículo 4º.- En un plazo no mayor de diez días (10) calendario posterior a la instalación del Grupo de Trabajo Multisectorial, éste aprobará su reglamento interno y el Plan de Trabajo. Artículo 5º.- El Grupo de Trabajo Multisectorial tendrá un plazo de ciento cuarenta (140) días calendario, contados a partir de la fecha de su instalación, para elaborar y entregar al Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros el encargo encomendado mediante la presente Resolución, para su aprobación mediante la norma correspondiente. Artículo 6º.- Gastos El funcionamiento del Grupo de Trabajo Multisectorial no irrogará gastos al Tesoro Público y sus miembros participarán ad-honorem. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación 554127-1 AGRICULTURA Autorizan viaje de funcionario a Japón para participar en la Primera Reunión Ministerial de Seguridad Alimentaria y la Reunión Preparatoria de Altos Funcionarios de Agricultura del APEC RESOLUCIÓN SUPREMA N° 017-2010-AG Lima, 12 de octubre de 2010 VISTO: El Ofi cio RE (DAP) Nº 2-9-A/33 de fecha 08 de setiembre de 2010, remitido por el Embajador Luis Quesada, Alto Funcionario del Perú ante Foro de Cooperación Asia - Pacífi co - APEC, y; CONSIDERANDO: Que, mediante el Ofi cio del Visto el Embajador Luis Quesada, Alto Funcionario del Perú ante APEC, informa sobre la próxima realización de la Primera Reunión Ministerial de Seguridad Alimentaria y la Reunión Preparatoria de Altos Funcionarios de Agricultura del APEC, a realizarse del 15 al 17 de octubre de 2010, en la ciudad de Niigata, Japón; Que, la Ley Nº 29465 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, con excepción de aquellos que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución Suprema; Que, el artículo 2º del Reglamento de la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, señala que la Resolución de autorización de viajes al exterior será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa CORPAC; Que, asimismo el segundo párrafo del artículo 4º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM señala que, salvo casos de fuerza mayor, la solicitud de autorización de viajes al exterior deberá ser formulada con una anticipación no menor a 72 horas ante la autoridad correspondiente; Que, mediante el Informe Nº 015-2010-AG-OA de fecha 07 de octubre de 2010, el Director General de la Ofi cina de Administración, señala que debido a un caso de fuerza mayor no se ha podido solicitar previamente la presente autorización de viaje, debido a que se ha nombrado mediante Resolución Suprema Nº 015-2010-AG de fecha 20 de setiembre de 2010 al Señor Viceministro del Ministerio de Agricultura, Luis Felipe Sánchez Araujo, funcionario que debe asistir a la citada reunión; De conformidad, con lo establecido en la Ley Nº 29465- Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, el Decreto Legislativo Nº 997-Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, la Ley Nº 27619-Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Luis Felipe Sánchez Araujo, Viceministro de Agricultura, del 14 al 19 de octubre de 2010, a la ciudad de Niigata, Japón, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán con cargo a los recursos presupuestales asignados al Pliego 013: Ministerio de Agricultura, de acuerdo al siguiente detalle: LUIS FELIPE SÁNCHEZ ARAUJO Pasajes US$ 3,200.00 Viáticos US$ 1,300.00 Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 31.00 ------------------- Total US$ 4 531.00 Artículo 3º.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario deberá presentar al señor Ministro de Agricultura un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el señor Presidente del Consejo de Ministros y por el señor Ministro de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación RAFAEL QUEVEDO FLORES Ministro de Agricultura 554638-1