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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 13 de octubre de 2010 427403 2. PERSONAL Y OBLIGACIONES SOCIALES SECTORES ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SET OCT NOV DIC Presidencia del Consejo de Ministros Poder Judicial Justicia Relaciones Exteriores Economía y Finanzas Universidades Públicas Agricultura Contraloría General de la República Defensoría del Pueblo Consejo Nacional de la Magistratura 19 17 17 18 18 20 18 18 19 19 18 15 Ministerio Público Tribunal Constitucional Defensa Congreso de la República Jurado Nacional de Elecciones Ofi cina Nacional de Procesos Electorales Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil Transportes y Comunicaciones Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras de Agricultura Cultura Educacion : excepto USES 01, 03 y 07 20 18 18 19 19 22 19 19 21 20 22 16 Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras de Educación Educación : USES 01, 03 y 07 Gobiernos Locales: Plan Piloto de Municipalización de la Gestión Educativa 21 21 21 20 20 21 19 22 20 21 21 16 Ambiental Salud Trabajo y Promoción del Empleo Energía y Minas Comercio Exterior y Turismo 24 22 22 25 23 23 20 23 22 24 23 19 Vivienda, Construcción y Saneamiento Producción Mujer y Desarrollo Social Gobiernos Regionales: Todas las Unidades Ejecutoras, excepto las de Educación y Agricultura Interior 25 23 23 26 24 24 21 24 23 25 24 20 Fuero Militar Policial (*) En las fechas que se indican también se atiende pagos de carácter no remunerativo y de pago periódico: CAS, Estipendio por Secigra, Propinas para practicantes, animadoras, alfabetizadoras y alumnos de Escuelas Militares y Policiales 554340-1 Modifican Art. 25º de la Directiva General para la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público, aprobada por la R.D. Nº 014- 2010-EF/76.01 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 025-2010-EF/76.01 Lima, 12 de octubre de 2010. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 13º de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con el artículo 3º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Dirección General del Presupuesto Público es el órgano rector y constituye la más alta autoridad técnico - normativa del Sistema Nacional de Presupuesto, dicta las normas y establece los procedimientos relacionados a su ámbito; Que, en tal sentido, los literales a) y c) del numeral 13.2 del artículo 13º de la Ley Nº 28112, en concordancia con los literales a) y c) del artículo 4º de la Ley Nº 28411, establecen como atribuciones de la Dirección General del Presupuesto Público, programar, dirigir, coordinar y evaluar la gestión del proceso presupuestario, así como emitir las directivas y normas complementarias pertinentes; Que, el numeral 52.2 del artículo 52º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que los Gobiernos Locales programan y formulan sus presupuestos de acuerdo a las disposiciones y a las normas contenidas en las Directivas que emita la Dirección General del Presupuesto Público; Que, el artículo 1º de la Resolución Directoral Nº 014-2010-EF/76.01 aprobó la Directiva Nº 003-2010- EF/76.01 “Directiva General para la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público”, la misma que tiene carácter general y permanente, la cual establece en su artículo 25º, el registro en el Aplicativo Informático “Módulo de Formulación Presupuestal – GL”, del SIAF – SP, de las Municipalidades Provinciales y Distritales; complementariamente en su artículo 26º establece que, las Municipalidades Distritales presentan a las Municipalidades Provinciales de su ámbito geográfi co sus proyectos de presupuesto institucional de apertura, en un plazo no mayor a lo establecido en el “Cuadro de Plazos para la Programación y Formulación – Gobierno Local”, aprobado por la Resolución Directoral Nº 014- 2010-EF/76.01; Que, en el marco de los Decretos Supremos Nºs. 002 y 003-2010-EF, los gobiernos locales deberán programar recursos para el Presupuesto del Año Fiscal 2011 en los programas estratégicos del Presupuesto por Resultados vinculados a las metas del Programa de Modernización Municipal y el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal; Que, con el objeto de adecuar la Formulación Presupuestaria de los Gobiernos Locales al cumplimiento de las metas del Programa de Modernización Municipal y el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal es necesario disponer un nuevo plazo para el registro, transmisión y presentación de la información presupuestaria de las Municipalidades Provinciales y Distritales en el Aplicativo Informático “Módulo de Formulación Presupuestal - GL”, del SIAF – SP, al que hace referencia el “Cuadro de Plazos para la Programación y Formulación – Gobierno Local”, aprobado por la Resolución Directoral Nº 014-2010-EF/76.01; En uso de las facultades conferidas en el artículo 13º de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, los artículos 3º y 4º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y el Decreto Legislativo Nº 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifíquese el artículo 25º de la Directiva Nº 003-2010-EF/76.01, con el siguiente texto. Las Municipalidades Distritales y Municipalidades Provinciales registran y transmiten la información presupuestaria del Anteproyecto, Proyecto y Presupuesto Institucional de Apertura en el Aplicativo Informático “Módulo de Formulación Presupuestal – GL”, del SIAF – SP, en los plazos no mayor a los establecidos en el “Cuadro de Plazos para la Programación y Formulación – Gobierno Local”. Artículo 2º.- Disponer nuevos plazos para el registro, transmisión y presentación de la información presupuestaria de las Municipalidades Provinciales y Distritales, en el Aplicativo Informático “Módulo de Formulación Presupuestal - GL”, del SIAF – SP, al que hace referencia el “Cuadro de Plazos para la Programación y Formulación – Gobierno Local”. Artículo 3º.- La presente resolución entra en vigencia a partir del día de su publicación.