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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 27 de octubre de 2010 428183 corresponde ser aprobada por Resolución Jefatural, en concordancia con la Ley General de Sanidad Agraria y su Reglamento; Que, la Resolución Jefatural Nº 093-2010-AG aprueba las normas específi cas para la autorización de veterinarios en salud avícola, para el desarrollo de actividades ofi ciales en el marco de la implementación de los procedimientos del Reglamento del Sistema Sanitario Avícola Nacional; Que, existe un cronograma de ejecución descentralizada de los cursos que generan el cumplimiento de uno de los requisitos para los veterinarios que asisten y lo aprueban, creando así de manera paulatina las condiciones para completar la implementación del sistema de autorización de veterinarios en sanidad avícola; Que, el literal l) del Artículo 5º del Reglamento de Organización y Funciones del SENASA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2005-AG dispone que es función del SENASA, establecer y conducir el Sistema de Aprobación Interna para la delegación de funciones a personas naturales y jurídicas debidamente califi cadas en sanidad agraria; Que, de acuerdo a lo recomendado en el Informe N° 01-2010-AG-SENASA-GABASES/RZV con el objeto de facilitar el proceso de autorización de veterinarios en salud avícola, es necesario efectuar algunas modifi caciones a las disposiciones contempladas en la Resolución Jefatural Nº 282-2010-AG-SENASA que aprueba el cronograma de cursos para optar dicha condición, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1059, el Decreto Supremo Nº 018-2008- AG y el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG y con el visto bueno de la Dirección de Sanidad Animal, de la Ofi cina de Planifi cación y Desarrollo Institucional y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modifi car los Artículos 2º y 4º de la Resolución Jefatural Nº 282-2010-AG-SENASA en los términos siguientes: “Artículo 2º.- Convocar dentro de un periodo máximo de dos meses posteriores a la realización de los cursos, a los profesionales para que soliciten su autorización de médico veterinario en salud avícola correspondiente, de acuerdo a los requisitos y procedimientos establecidos”. “Artículo 4º.- Establecer como plazo máximo el día 30 de septiembre de 2010 para iniciar las convocatorias a los veterinarios de las regiones donde dichos profesionales tomaron los cursos dictados previamente a la publicación de la presente resolución. Asimismo, se dispone el plazo de dos meses contados a partir del 01 de octubre de 2010 para que las empresas avícolas de las áreas de infl uencia puedan contar con dichos profesionales, de acuerdo a los requisitos y procedimientos establecidos”. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR M. DOMINGUEZ FALCON Jefe Servicio Nacional de Sanidad Agraria 559622-1 CULTURA Designan nuevo comisario de bienes culturales cuya salida temporal del país se autorizó mediante la R.S. Nº 033-2010-ED RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 006-2010-MC Lima, 26 de octubre de 2010 Visto, el Informe Nº 003-2010-DG/MC de fecha 26 de octubre de 2010, cursado por la Dirección de Gestión del Ministerio de Cultura; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 033-2010-ED, de fecha 25 de agosto de 2010, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 26 de agosto de 2010, se autorizó la salida temporal del país de ochenta y un (81) bienes integrantes del patrimonio cultural de la Nación, a fi n que conformen la exposición denominada “Art and Myth in Ancient Peru: The History of Jequetepeque Valley”, la misma que se llevó a cabo del 13 de setiembre al 23 de octubre de 2010 en las salas de exposición de la Americas Society, en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América; Que, en el Artículo 3º de dicha resolución, se designa comisario de los bienes culturales cuya salida temporal del país se autorizó a la señorita Gladiz Eugenia Collatupa De la Cruz, con DNI Nº 40950510, a fi n de cumplir con la labor de verifi cación del estado de conservación, visación de las fi chas de registro de cada una de las piezas, supervisión del embalaje y desembalaje, tanto a la ida como al retorno; conociendo del montaje, desmontaje y debiendo elaborar un informe detallado y documentado de su participación, el cual deberá ser alcanzado a la Dirección Nacional del INC en un plazo no mayor de quince (15) días luego de concluida su participación tanto a la ida, como al retorno de los bienes culturales; Que, por encontrarse impedida de viajar, la señorita Gladiz Eugenia Collatupa De la Cruz, no podrá seguir desempeñando la labor de comisario referida en el considerando precedente, por lo que resulta necesario designar a un nuevo comisario en su reemplazo; Que, mediante Ley Nº 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público. Asimismo, a través del Decreto Supremo Nº 001-2010-MC se decretó la fusión en el Ministerio de Cultura, bajo la formalidad de absorción, entre otros organismos, del Instituto Nacional de Cultura, cuyo proceso concluyó el 30 de setiembre de 2010. En consecuencia, corresponde al Ministerio de Cultura ejercer las competencias, funciones y atribuciones en materia de patrimonio cultural de la Nación, material e inmaterial; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Ley Nº 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; y Decreto Supremo Nº 001-2010-MC, que aprueba fusiones de entidades y órganos en el Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto el Artículo 3º de la Resolución Suprema Nº 033-2010-ED, a partir de la publicación de la presente resolución. Artículo 2º.- Designar como nuevo comisario de los bienes culturales que conforman la exposición denominada “Art and Myth in Ancient Peru: The History of the Jequetepeque Valley” a la señorita Pilar Milagros Ríos Ramírez, con Documento Nacional de Identidad Nº 43078846, quien cumplirá la labor de verifi cación del estado de conservación; visará las fi chas de registro de las piezas; supervisará el embalaje y desembalaje al retorno de los bienes; conocerá del montaje y elaborará un informe detallado y documentado de su participación. Dicho informe será alcanzado al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales en un plazo no mayor de 15 días luego de concluida su participación al retorno de los bienes cuya salida temporal autoriza la Resolución Suprema Nº 033-2010-ED. Los gastos de transporte, alojamiento, viáticos, seguro de viaje, impuestos de aeropuerto, movilidad local, tanto en el Perú como en el extranjero, y visa de la comisaria designada serán íntegramente asumidos por la entidad organizadora de la exposición. Artículo 3º.- Ratifi car los demás extremos de la Resolución Suprema Nº 033-2010-ED de fecha 25 de agosto de 2010.