Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2010 (27/10/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 27 de octubre de 2010

Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Cultura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GIAMPIETRI MORDAZA Primer Vicepresidente de la Republica Encargado del Despacho de la Presidencia de la Republica MORDAZA OSSIO MORDAZA Ministro de Cultura 560589-2

Fiscal 2011 de la MORDAZA de MORDAZA y en el Anexo "D" Cuadro de Efectivos de Personal Militar para el Ano Fiscal 2011 de la Fuerza Aerea, los mismos que forman parte del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Clasificacion de los Anexos El Anexo "A" - Cuadro Resumen de Efectivos de las Fuerzas Armadas para el Ano Fiscal 2011, el Anexo "B" - Cuadro de Efectivos de Personal Militar para el Ano Fiscal 2011 del Ejercito, el Anexo "C" - Cuadro de Efectivos de Personal Militar para el Ano Fiscal 2011 de la MORDAZA de MORDAZA y el Anexo "D" - Cuadro de Efectivos de Personal Militar para el Ano Fiscal 2011 de la Fuerza Aerea, tienen la clasificacion de "Secreto", por comprender informacion directamente relacionada con la Seguridad Nacional, por lo que de conformidad con el literal g) del numeral 1 y literal d) del numeral 2 del Art. 15º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM del 22 de MORDAZA del 2003, no son objeto de publicacion ni acceso publico. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Defensa. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de octubre del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA THORNE MORDAZA Ministro de Defensa 560589-1

DEFENSA
Aprueban MORDAZA de Efectivos del Personal Militar para el Ano Fiscal 2011
DECRETO SUPREMO Nº 008-2010-DE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, en su Articulo 172º establece que el numero de efectivos de las Fuerzas Armadas y de la Policia Nacional, se fija anualmente por el Poder Ejecutivo; Que, el Articulo 3º de la Ley Nº 29075 - "Ley que establece la Naturaleza Juridica, Funcion, Competencias y Estructura Organica Basica del Ministerio de Defensa", concordante con el Articulo 3º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-DE/SG de 2 de enero de 2008, establece que el Ministerio de Defensa como organo especializado se encarga, entre otras funciones, de formular, ejecutar y supervisar la Politica de Defensa Nacional en el ambito militar; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 795-DE/SG de 31 de MORDAZA de 2008 y sus modificatorias, se aprueban los Planes Estrategicos Institucionales en el area de personal del Ejercito, MORDAZA de MORDAZA y Fuerza Aerea del Peru, para el periodo 2008 - 2012; los cuales han sido determinados tecnicamente, considerandose las plantas organicas por MORDAZA y especialidades; Que, con Oficio Nº 589 A-2.b/02.03 del 8 de junio de 2010 del Ejercito del Peru, el Oficio G.500-3515 de 6 de agosto de 2010 de la MORDAZA de MORDAZA y el Oficio S17-SGFA-COPE Nº 0533 de 11 de junio de 2010 de la Fuerza Aerea del Peru, las Instituciones han cumplido con formular los MORDAZA de Efectivos de personal militar de su Institucion, para el Ano Fiscal 2011, con las cantidades y especificaciones correspondientes, habiendo para tal efecto tomado como referencia los Planes Estrategicos Institucionales y, las mismas que resultan necesarias aprobar para los fines correspondientes; De conformidad con el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; la Ley Nº 29075 - "Ley que establece la Naturaleza Juridica, Funcion, Competencias y Estructura Organica Basica del Ministerio de Defensa", y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0012008-DE; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion de los MORDAZA de Efectivos de Personal Militar Ano Fiscal 2011. Aprobar los MORDAZA de Efectivos del Personal Militar para el Ano Fiscal 2011, cuyas cantidades y especificaciones se detallan en el Anexo "A" - Cuadro Resumen de Efectivos de las Fuerzas Armadas Ano Fiscal 2011, en el Anexo "B" - Cuadro de Efectivos de Personal Militar para el Ano Fiscal 2011 del Ejercito, en el Anexo "C" - Cuadro de Efectivos de Personal Militar para el Ano

Autorizan ingreso al territorio de la Republica de personal militar de Bolivia y Colombia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1162-2010-DE/SG MORDAZA, 25 de octubre de 2010 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DGS) Nº F-1129 de fecha 25 de octubre de 2010, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de Bolivia, sin MORDAZA de guerra; Que, la Fuerza MORDAZA de Bolivia esta proxima a celebrar su CVXXXIV Aniversario, para lo cual llevaran a cabo diversas actividades que personal militar de la Armada Boliviana debera coordinar; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la Autorizacion y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el

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