Norma Legal Oficial del día 04 de septiembre del año 2010 (04/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

425004

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 4 de setiembre de 2010

los meses de marzo a diciembre del Ano Fiscal 2010, aprobado mediante Resolucion Suprema Nº 130-2010DE/SG de fecha 1 de MORDAZA de 2010; Que, en el orden de ideas MORDAZA expuesto, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio de Personal MORDAZA, para que participe en la "X Reunion de Autoridades Maritimas entre Peru y Chile", a realizarse en la MORDAZA de Valparaiso - REPUBLICA DE MORDAZA, a partir del 12 al 16 de setiembre de 2010; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundaran en beneficio de la Seguridad Nacional e Institucional; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, Ley Nº 29075 - Ley que establece la Naturaleza Juridica, Funcion, Competencias y Estructura Organica Basica del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29465 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, Decreto de Urgencia Nº 001-2010 de fecha 6 de enero de 2010 y Cuarta Disposicion Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/ SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio del Vicealmirante MORDAZA MORDAZA WESTON Zanelli, CIP. 06712447, DNI 43307304 y Capitan de Navio SGC. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, CIP. 00803558, DNI 07798085, para que participen en la "X Reunion de Autoridades Maritimas entre Peru y Chile", a realizarse en la MORDAZA de Valparaiso - REPUBLICA DE MORDAZA, a partir del 12 al 16 de setiembre de 2010. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, efectuara los pagos que correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: MORDAZA - MORDAZA (CHILE) - MORDAZA US$ 720.00 x 2 personas Pasaje Terrestre: MORDAZA - Valparaiso - MORDAZA US$ 30.00 x 2 personas Viaticos: US$ 200.00 x 5 dias x 2 personas Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto: US$ 31.00 x 2 personas Articulo 3º.- Facultar al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados. Articulo 4º.- El mencionado Personal MORDAZA debera cumplir con lo dispuesto en el Articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposicion Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema, no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 539319-6

Autorizan ampliacion de autorizacion de permanencia en EE.UU. de oficial de la MORDAZA de MORDAZA, para recibir tratamiento medico
RESOLUCION SUPREMA Nº 372-2010-DE/MGP MORDAZA, 03 de septiembre de 2010 Visto el Oficio S.1000-1160 del Director General del Personal de la MORDAZA de fecha 31 de MORDAZA de 2010; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 289-2007-DE/ MGP de fecha 2 de octubre de 2007, se autorizo el viaje al exterior del entonces Capitan de Corbeta MORDAZA Edgard MORDAZA Higginson, ascendido al grado de Capitan de Fragata mediante Resolucion Ministerial Nº 11002008-DE/MGP de fecha 12 de octubre de 2008, para que reciba Tratamiento Medico Altamente Especializado en el Memorial Sloan-Kettering Cancer Center de la MORDAZA de Nueva MORDAZA - Estados Unidos de MORDAZA, a partir del 3 al 31 de octubre de 2007; Que, mediante escrito de fecha 27 de diciembre de 2007, el mencionado Oficial Superior informo que permanecio en el indicado nosocomio hasta el dia 2 de diciembre de 2007, es decir, TREINTA Y DOS (32) dias adicionales a la fecha programada de retorno, debido a que fue sometido a una serie de examenes para determinar su diagnostico real, por lo que solicita el reintegro de pago de Compensacion Economica por Servicio en el Extranjero, correspondiente al periodo de permanencia; Que, conforme al Oficio S.1000-1856 de fecha 6 de marzo de 2008, el Director de Salud y Centro Medico MORDAZA "Cirujano Mayor MORDAZA Tavara" determino que la estadia adicional en el extranjero del referido Oficial Superior, fue oportuna y pertinente para las evaluaciones y tratamiento medico requeridos, teniendo en cuenta el Informe Medico de fecha 2 de enero de 2008 del Hospital Memorial Sloan-Kettering Cancer Center; Que, en el orden de ideas expuesto, resulta procedente efectuar el reintegro de pago de la Compensacion Economica por Servicio en el Extranjero a favor del mencionado Oficial Superior, debiendo expedirse la resolucion autoritativa de ampliacion de permanencia en el exterior con eficacia anticipada; Que, el Articulo 13º del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, establece que el Personal Militar del Sector Defensa en Situacion Militar de Actividad que contraiga una enfermedad o lesion y no logre su total recuperacion por falta de tratamiento especializado en el MORDAZA, podra ser evacuado al extranjero para ser tratado en Centros de Salud altamente especializados, sujeto a la disponibilidad presupuestal, requiriendose previamente un peritaje medico, asi como el informe de la Junta de Sanidad de la Institucion Armada respectiva; Que, el Inciso c) del Articulo 14º del referido Reglamento, establece que el Personal Militar en Situacion Militar de Actividad del Sector Defensa que sea enviado al extranjero en tratamiento Medico Altamente Especializado, percibira la Compensacion Economica por Servicios en el Extranjero, cuando el tratamiento sea igual o mayor a 30 dias calendario; Que, el pago correspondiente al reintegro de Compensacion Economica por Servicio en el Extranjero, se efectuara con cargo al presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010; Que, el Numeral 17.1 del Articulo 17º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que la autoridad podra disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emision, solo si fuera mas favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse

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