Norma Legal Oficial del día 04 de septiembre del año 2010 (04/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 4 de setiembre de 2010

Peruano". Dichos Anexos tambien deberan ser publicados en el MORDAZA electronico institucional del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de la publicacion oficial. Articulo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los tres dias del mes de septiembre del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Economia y Finanzas APRUEBAN LOS PROCEDIMIENTOS PARA EL CUMPLIMIENTO DE METAS Y LA ASIGNACION DE LOS RECURSOS DEL PLAN DE INCENTIVOS A LA MEJORA DE LA GESTION MUNICIPAL TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- Objeto Establecer los procedimientos para la asignacion de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion Municipal, en adelante el Plan de Incentivos, a que se refiere el articulo 1º de la Ley Nº 29332, modificado por Decreto de Urgencia Nº 119-2009; asi como las metas que deben cumplir las municipalidades provinciales y distritales del MORDAZA, en adelante municipalidades, para acceder a dichos recursos. Articulo 2º.- Finalidad del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion Municipal El Plan de Incentivos tiene como finalidad promover condiciones que contribuyan con el crecimiento y desarrollo sostenible de la economia local, incentivando a las municipalidades a: a) Incrementar los niveles de recaudacion de los tributos municipales, fortaleciendo la estabilidad y eficiencia en la percepcion de los mismos. b) Mejorar la ejecucion de proyectos de inversion, considerando los lineamientos de politica de mejora en la calidad del gasto. c) Reducir la desnutricion cronica infantil en el pais. Articulo 3º.- Ambito de aplicacion El Plan de Incentivos es de aplicacion para todas las municipalidades provinciales y distritales del pais. Articulo 4º.- De los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion Municipal El Plan de Incentivos se financia con recursos del Tesoro Publico por un monto equivalente a la detraccion del Fondo de Compensacion Municipal (FONCOMUN) a que se refiere el articulo 76º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF y modificatorias. La Direccion General de Asuntos Economicos y Sociales del Ministerio de Economia y Finanzas estima el monto total anual para el financiamiento del Plan correspondiente al ano fiscal siguiente, en funcion a la proyeccion de las detracciones del FONCOMUN originadas por las devoluciones del Impuesto de Promocion Municipal. TITULO II PROCEDIMIENTOS Y METAS PARA LA ASIGNACION DE LOS RECURSOS DEL PLAN DE INCENTIVOS A LA MEJORA DE LA GESTION MUNICIPAL Articulo 5º.- Clasificacion de municipalidades Para el establecimiento de las metas, la distribucion y asignacion de los recursos del Plan de Incentivos, las municipalidades se clasifican en base a dos criterios:

5.1 Clasificacion Municipal por Registro de Viviendas Urbanas, la cual agrupa de la siguiente forma: a) Municipalidades de ciudades principales. b) Municipalidades no consideradas ciudades principales, con 500 o mas viviendas urbanas. c) Municipalidades no consideradas ciudades principales, con menos de 500 viviendas urbanas. 5.2 Clasificacion municipal por necesidades, la cual agrupa a las municipalidades siguiendo la metodologia establecida para el Fondo de Promocion a la Inversion Publica Regional y Local - FONIPREL, regulado por el Decreto Supremo Nº 204-2007-EF. Articulo 6º.- Metas del Plan de Incentivos Las municipalidades deberan cumplir cada ano con metas que se estableceran mediante Decreto Supremo refrendado por el titular del Ministerio de Economia y Finanzas, el mismo que senalara los indicadores, la fecha de corte para el cumplimiento de la meta, asi como la fuente de informacion que sera utilizada para la verificacion del cumplimiento de la meta, y la fecha limite de entrega resultados del cumplimiento de la meta. Articulo 7º.- Evaluacion del cumplimiento de metas del Plan de Incentivos La evaluacion es realizada por la Direccion General del Presupuesto Publico sobre la base del resultado obtenido por cada municipalidad en cada una de las metas que le corresponden. En caso la municipalidad no MORDAZA registrado la informacion exigida por las entidades competentes en forma oportuna o completa, se considerara como incumplida la meta correspondiente por parte de la municipalidad. Los resultados de las evaluaciones son aprobados, mediante Resolucion Directoral de la Direccion General del Presupuesto Publico, previo informe de la misma, como requisito previo para la asignacion de los recursos. Articulo 8º.- Determinacion y asignacion de los recursos del Plan de Incentivos La determinacion de los recursos del Plan de Incentivos, se efectua de acuerdo al siguiente procedimiento: 8.1 Determinacion del monto maximo: El monto MORDAZA de los recursos que le corresponde a cada Municipalidad se determina a partir del indice de distribucion del Fondo de Compensacion Municipal FONCOMUN vigente, elaborado por la Direccion General de Asuntos Economicos y Sociales. Dicho monto es aprobado mediante Resolucion Ministerial del Ministerio de Economia y Finanzas. 8.2 Calculo para la asignacion de los recursos: La Direccion General del Presupuesto Publico calcula el monto que corresponde a cada municipalidad en funcion de la evaluacion de las metas del ejercicio fiscal precedente y las ponderaciones que se establezcan para cada ano. 8.3 Asignacion de los Recursos: En el mes de setiembre de cada ano, la Direccion General del Presupuesto Publico informa a la Direccion Nacional del Tesoro Publico los montos que corresponden a cada municipalidad, como resultado de lo calculado para su asignacion financiera en el mismo periodo. Los montos que corresponden a cada municipalidad son transferidos mediante Decreto Supremo, con cargo a los recursos que para dichos efectos hayan sido aprobados en la Ley de Presupuesto del ano fiscal correspondiente. Articulo 9º.- Recursos no asignados por incumplimiento de las metas Los recursos del Plan de Incentivos no asignados por el incumplimiento de las metas establecidas para el ano fiscal correspondiente son asignados de manera adicional.

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