Norma Legal Oficial del día 07 de septiembre del año 2010 (07/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, martes 7 de setiembre de 2010

NORMAS LEGALES

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PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA
DECRETO DE URGENCIA Nº 062-2010 DISPONEN LA ASIGNACION DE RECURSOS A LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y POSTERIOR COBERTURA DE LAS PLAZAS REFERIDAS AL PERSONAL MILITAR Y POLICIAL QUE DESEMPENA FUNCIONES EN LOS ORGANOS DE CONTROL INSTITUCIONAL DE LAS FUERZAS ARMADAS Y DE LA POLICIA NACIONAL DEL PERU, RESPECTIVAMENTE QUE MORDAZA ASIGNADOS A OTRO EMPLEO Y CARGO, RESPECTIVAMENTE
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29555, Ley que implementa la incorporacion progresiva de las plazas y presupuesto de los organos de control institucional a la Contraloria General de la Republica, establece el procedimiento que regula la incorporacion progresiva de las plazas y el presupuesto de los organos de control institucional a la Contraloria General de la Republica, de acuerdo a lo previsto en la Decima Tercera Disposicion Final de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, a efectos de consolidar la independencia y autonomia del organo de control institucional en el ejercicio del control gubernamental de las entidades a su cargo; Que, sin embargo, la MORDAZA Disposicion Complementaria de la Ley Nº 29555 excluye del MORDAZA de incorporacion de las plazas y presupuesto, los regimenes laborales especiales publicos, entre otros, el de las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional del Peru; Que, segun el articulo 16º de la Ley Nº 29075, Ley que establece la naturaleza juridica, funcion, competencias y estructura organica basica del Ministerio de Defensa, el organo de control institucional es el encargado de fiscalizar las actividades administrativas, economicas y financieras del Ministerio de Defensa, ejerciendo sus funciones en concordancia con las disposiciones contenidas en la Ley Organica del Sistema Nacional de Control. Su titular depende funcional y administrativamente de la Contraloria General de la Republica; Que, asimismo, el articulo 14º de la Ley Nº 27238, Ley de la Policia Nacional del Peru, dispone que la Inspectoria General es el organo de control encargado de fiscalizar y evaluar la correcta aplicacion y observancia de las leyes y reglamentos, el empleo adecuado de sus recursos, asi como el control de calidad y costo-beneficio de los servicios que presta la institucion; Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-2010-DE se establecio, por disposicion del Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas y de la Policia Nacional, que los Ministerios de Defensa e Interior, en el MORDAZA del MORDAZA progresivo regulado en la Ley Nº 29555, propongan las Resoluciones Supremas y emitan las Resoluciones correspondientes, por las cuales se dispondra la asignacion de empleo y cargo del personal militar y policial que preste servicios en los organos de control institucional o el que haga sus veces, pertenecientes al Sistema Nacional de Control; Que, a fin de no afectar las funciones a cargo de los organos de control institucional o el que haga sus veces en las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional del Peru, es necesario dictar medidas urgentes, de caracter economico y financiero que permitan mantener la continuidad de sus funciones mediante la asignacion de los recursos necesarios a la Contraloria General de la Republica, para que se encargue de realizar las acciones administrativas que se requiera, lo cual contribuira a reforzar la independencia y autonomia de los citados organos de control institucional; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 19) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru;

Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto El presente Decreto de Urgencia tiene por objeto disponer, en el MORDAZA del MORDAZA progresivo regulado por la Ley Nº 29555, por el que el pliego Contraloria General de la Republica cubrira con su personal las plazas de los organos de control institucional, las medidas que garanticen la continuidad de las funciones de los organos de control institucional o el que haga sus veces en las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional del Peru, como consecuencia de la asignacion de empleo y cargo del personal militar y policial realizadas en el MORDAZA de lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 006-2010-DE. Articulo 2º.- Cobertura de plazas y asignacion de presupuesto 2.1 Asignar a la Contraloria General de la Republica, el monto del presupuesto equivalente al servicio prestado por el personal militar y policial en los organos de control institucional comprendido dentro de los alcances del Decreto Supremo Nº 006-2010-DE, lo cual incluye el presupuesto de las remuneraciones, contraprestaciones, retribuciones u otros ingresos pagados, en el MORDAZA de las disposiciones legales vigentes. 2.2. El Ministerio de Economia y Finanzas asignara los recursos presupuestales necesarios, a fin de brindar la cobertura de las plazas que suponen lo siguiente: a. Ingreso de los jefes de los organos de control institucional por concurso publico de meritos o modalidad que defina la Contraloria General de la Republica cubriendo las plazas y presupuesto que se incorporaran progresivamente, en el MORDAZA de un contrato temporal, contrato a plazo indeterminado, contrato sujeto a modalidad, contrato administrativo de servicios u otros. b. Ingreso de los auditores y especialistas por concurso publico de meritos o modalidad que defina la Contraloria General de la Republica cubriendo las plazas y presupuesto que se incorporaran progresivamente, en el MORDAZA de un contrato temporal, contrato a plazo indeterminado, contrato sujeto a modalidad, contrato administrativo de servicios u otros. c. Ingreso de los administrativos por concurso publico de meritos o modalidad que defina la Contraloria General de la Republica cubriendo las plazas y presupuesto que se incorporaran progresivamente, en el MORDAZA de un contrato temporal, contrato a plazo indeterminado, contrato sujeto a modalidad, contrato administrativo de servicios u otros. Articulo 3º.- Determinacion de plazas La Contraloria General de la Republica, de acuerdo con su ley organica, definira el numero de plazas necesarias para el funcionamiento de los organos de control institucional en el MORDAZA MORDAZA operacional de la institucion, lo que se establecera en los respectivos instrumentos de gestion institucional. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa, el Ministro del Interior, la Ministra de Economia y Finanzas y el Ministro de Justicia. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES PRIMERA.- Regulacion complementaria. La Contraloria General de la Republica, el Ministerio de Defensa y el Ministerio del Interior, dictaran las disposiciones que resulten necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente MORDAZA, en lo que corresponda a sus competencias. SEGUNDA.- Incorporacion de presupuesto. Cuando el presente Decreto de Urgencia hace referencia a la asignacion de recursos, este incluye el financiamiento de los contratos de locacion de servicios, contratos administrativos de servicios y otros tipos de contratacion directa o indirecta de personas que prestaran

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