Norma Legal Oficial del día 07 de septiembre del año 2010 (07/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, martes 7 de setiembre de 2010

NORMAS LEGALES

425201

SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio al Cadete III Ing MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con CIP Nº 123697000 y DNI Nº 46126375; Cadete III Inf MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con CIP Nº 123724100 y DNI Nº 46357297 y Cadete III Intg MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con CIP Nº 123718700 y DNI Nº 44468483, para que participen en la Visita de Intercambio de Cadetes a la Republica de Colombia, como representantes del Ejercito del Peru, del 23 al 29 de setiembre de 2010. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejercito del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasaje aereo: MORDAZA - Bogota - MORDAZA (en clase economica) US$ 650.00 x 3 personas Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto (TUUA) US$ 31.00 x 3 personas Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no da derecho a ningun MORDAZA de exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros, de ninguna clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 539917-8

veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y Con la opinion favorable de la MORDAZA de MORDAZA del Peru y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, a los siguientes efectivos de la Infanteria de MORDAZA de los Estados Unidos de MORDAZA, sin MORDAZA de MORDAZA, para realizar reuniones de coordinacion con la MORDAZA de MORDAZA del Peru en relacion a los Ejercicios SUBDIEX-2010 y SUBDIEX-2011, del 17 al 27 de setiembre de 2010: 1. CAPITAN DE NAVIO USN 2. CAPITAN DE FRAGATA USN 3. CAPITAN DE CORBETA USN 4. CAPITAN DE CORBETA USN MORDAZA CASCIANO MORDAZA DONEY JOE BUCZKOWSKI DAN HOGAN

Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 539680-1 RESOLUCION MINISTERIAL N° 955-2010-DE/SG MORDAZA, 6 de setiembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DGS) Nº F-0969 de fecha 02 de setiembre de 2010, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de Colombia sin MORDAZA de guerra; Que, en el MORDAZA de la XIII Reunion del Comite de Trabajo de Acuerdo de Asistencia Mutua entre la Armada Nacional de Colombia y la MORDAZA de MORDAZA del Peru, se acordo continuar el intercambio anual de Oficiales de Enlace de Inteligencia, establecido desde el ano 2003; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856 - Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores", y; Con la opinion favorable de la MORDAZA de MORDAZA del Peru y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica del siguiente personal militar de la Republica de

Autorizan ingreso al territorio de la Republcia de personal militar de EE.UU. y Colombia
RESOLUCION MINISTERIAL N° 954-2010-DE/SG MORDAZA, 6 de setiembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DGS) Nº 961 de fecha 01 de setiembre de 2010, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, personal militar de la MORDAZA de los Estados Unidos de MORDAZA realizara una visita con el fin de participar en reuniones de coordinacion con la MORDAZA de MORDAZA del Peru en relacion a los Ejercicios SUBDIEX2010 y SUBDIEX-2011; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de

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