NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (07/09/2010)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 7 de setiembre de 2010 425194 servicios en los órganos de control institucional señalados en el artículo 2º. TERCERA.- Carácter técnico y especializado del personal. De acuerdo a lo establecido en el literal e) del artículo 9º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, se adoptan las medidas necesarias para que el personal que ingresa en mérito a lo dispuesto en el presente Decreto de Urgencia, cumpla necesariamente con el carácter técnico y especializado en función a la naturaleza de la entidad en la que se incide. A solicitud de la Contraloría General de la República, se podrá asignar personal militar y policial especialistas en las materias objeto de la acción de control. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de septiembre del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros RAFAEL REY REY Ministro de Defensa OCTAVIO SALAZAR MIRANDA Ministro del Interior MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Economía y Finanzas VÍCTOR GARCÍA TOMA Ministro de Justicia 539917-1 AGRICULTURA Encargan funciones de Directores Zonales Junín y Huánuco del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 084-2010-AG-AGRO RURAL-DE Lima, 2 de setiembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 997, crea el Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, con la fi nalidad de promover el desarrollo agrario en el país; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 1120- 2008-AG, se aprueba el Manual de Operaciones del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura, el cual establece entre otros, su estructura orgánica y las funciones de los órganos que lo conforman; Que, la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, regula la organización y ejecución de elecciones municipales. El literal e) del numeral 8.1 del Artículo 8º dispone que están impedidos de ser candidatos en elecciones municipales; entre otros, los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, si no solicitan licencia sin goce de haber, la misma que debe serles concedida treinta (30) días naturales antes de la elección; Que, el Jurado Nacional de Elecciones mediante la Resolución Nº 199-2010-JNE ha establecido disposiciones aplicables a la renuncia de presidentes regionales, alcaldes y altos funcionarios que deseen participar en las elecciones convocadas para el presente año 2010; Que, el Artículo 5º del acotado cuerpo normativo establece, que las solicitudes de licencia deberán ser presentadas por escrito ante la entidad pública correspondiente y ser efi caces a partir del 03 de Setiembre de 2010 como máximo; Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº023-2009-AG-AGRO RURAL-DE, de fecha 01 de Abril del 2009, se designó al Ing. Gerardo Alejandro Ochoa Vásquez, en el cargo de Director Zonal Junín; Que, atendiendo a lo solicitado, la Ofi cina de Administración, mediante Memorándum Nº 1642-2010- AG-AGRO RURAL-OADM, de fecha 18 de Agosto de 2010, otorgó al Ing. Gerardo Alejandro Ochoa Vásquez, la licencia sin goce de haber por 30 (treinta) días a partir del 03 de Setiembre de 2010 para participar como candidato en las próximas elecciones municipales; Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº030- 2010-AG-AGRO RURAL-DE, de fecha 07 de Abril de 2010, se designó al Ing. Medardo Durand Beraun, en el cargo de Director Zonal Huánuco; Que, asimismo, mediante Memorándum Nº 1641- 2010-AG-AGRO RURAL-OADM, de fecha 17 de Agosto de 2010, se otorgó al Ing. Medardo Durand Beraun, la licencia sin goce de haber por 30 (treinta) días a partir del 03 de Setiembre de 2010, para participar como candidato en las próximas elecciones municipales; Que, estando a lo expuesto y por necesidad del servicio, es necesario encargar las funciones del cargo de Director Zonal Junín y Huánuco con efectividad al 03 de Setiembre de 2010; En uso de las facultades contenidas en el Manual Operativo del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, aprobado por Resolución Ministerial Nº 1120-2008-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Encargar, al Sr. Rodney Ventocilla Alderete, las funciones del cargo de Director Zonal Junín del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura, del 03 de Setiembre al 03 de Octubre del año 2010. Artículo 2º.- Encargar, al Sr. Wilmer Alberto Cueva Córdova, las funciones del cargo de Director Zonal Huánuco del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura, del 03 de Setiembre al 03 de Octubre del año 2010. Regístrese, comuníquese y publíquese. RODOLFO LUIS BELTRAN BRAVO Director Ejecutivo Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL 539519-1 AMBIENTE Designan representantes titular y alterno del Ministerio ante la Comisión Nacional Permanente Peruana de la Organización del Tratado de Cooperación Amazónica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 155-2010-MINAM Lima, 6 de setiembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, la Comisión Nacional Permanente Peruana del Tratado de Cooperación Amazónica (CNPP/TCA), creada por Decreto Supremo Nº 011-80-RE y modifi cada por Decreto Supremo Nº 028-97-RE, ha modifi cado su denominación a “Comisión Nacional Permanente Peruana de la Organización del Tratado de Cooperación Amazónica (CNPP/OTCA)”, en virtud de lo resuelto por Decreto Supremo Nº 097-2010-RE; Que, de acuerdo al artículo 2º del citado Decreto Supremo Nº 097-2010-RE, la Comisión Nacional está conformada, entre otros, por el Ministerio del Ambiente, cuyos representantes titular y alterno deben ser designados mediante Resolución Ministerial, conforme lo señala el artículo 6º del citado Decreto Supremo; Que, en este contexto, y considerando la comunicación electrónica del 2 de septiembre de 2010 del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, corresponde emitir el acto resolutivo designando a los representantes titular y alterno del Ministerio del Ambiente;