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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (19/09/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 19 de setiembre de 2010 426026 8 Servicios de asesoría, consultoría así como de asistencia y estudios técnicos especiales sobre las operaciones 9 Servicios de alojamiento y alimentación del personal operativo del Titular del Contrato 10 Servicios de diseño, construcción, instalación, armado y desarmado de maquinaria y equipo necesario para las operaciones 11 Servicios de inspección, mantenimiento y reparación de maquinaria, equipo mobiliario utilizado en las operaciones 12 Alquiler o arrendamiento fi nanciero de maquinarias y equipos necesarios para la ejecución del contrato 13 Servicios de transporte de bienes y personal necesarios para las operaciones y actividades de construcción 14 Servicios de sistemas e informática 15 Servicios de comunicaciones 16 Servicios de seguridad industrial y contraincendios 17 Servicios de seguridad y vigilancia de instalaciones y personal operativos 18 Servicios de auditorías técnicas 19 Servicios de muelles y amarraderos, carga y descarga fl uvial y marítimo 20 Servicios de asistencia social y comunitaria 21 Servicios médicos y hospitalarios 22 Servicios de despachos aduaneros 23 Servicios de compras de equipos y materiales destinados a las operaciones 24 Servicios de seguros 544976-2 Declaran finalización de la vigencia de la R.M. Nº 291-2010-MEM/DM RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 400-2010-MEM/DM Lima, 16 de setiembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 291-2010- MEM/DM de fecha 5 de julio del presente año, el Ministerio de Energía y Minas dispuso como medida temporal la exoneración del cumplimiento de la obligación contenida en el artículo 8º del Reglamento para la Comercialización de Gas Licuado de Petróleo, aprobado mediante Decreto Supremo N° 01-94-EM, por parte de los Productores e Importadores de Gas Licuado de Petróleo, por el tiempo que dure la afectación al abastecimiento de dicho combustible; Que, el artículo segundo de la citada Resolución establece que la Dirección General de Hidrocarburos debe informar al Despacho Ministerial, según lo señalado por la Dirección de Hidrografía y Navegación de la Marina de Guerra del Perú, sobre la situación del abastecimiento de Gas Licuado de Petróleo en el mercado, con la fi nalidad de declarar la fi nalización de la vigencia de la misma; Que, mediante el Informe Nº 015-2010-EM-DGH/PTC, la Dirección General de Hidrocarburos concluye que de acuerdo a lo señalado por la Dirección de Hidrografía y Navegación de la Marina de Guerra del Perú, actualmente el estado del mar en general presenta condiciones normales y en consecuencia la causa que motivo la emisión de Resolución Ministerial Nº 291-2010-MEM/DM ha dejado de existir, por lo que el mercado interno de GLP viene abasteciéndose con normalidad a través de las operaciones de suministro de dicho producto en el litoral peruano, recomendando declarar la fi nalización de la vigencia de la Resolución Ministerial Nº 291-2010-MEM/ DM; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 76º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005-EM y por el artículo segundo de la Resolución Ministerial Nº 291-2010- MEM/DM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declárese la fi nalización de la vigencia de la Resolución Ministerial Nº 291-2010-MEM/ DM de fecha 5 de julio de 2010. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 544976-3 JUSTICIA Designan miembros del Consejo Nacional Penitenciario del Instituto Nacional Penitenciario RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 178-2010-JUS Lima, 18 de septiembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, el artículo 137º del Código de Ejecución Penal establece que el Instituto Nacional Penitenciario está dirigido por un Consejo Nacional integrado por tres miembros especialistas en asuntos criminológicos y penitenciarios. Los miembros del Consejo Nacional Penitenciario son nombrados por Resolución Suprema; Que, mediante Resoluciones Supremas Nºs. 005- 2010-JUS, 021-2010-JUS y 103-2010-JUS se designó a los señores RUBÉN ORLANDO RODRÍGUEZ RABANAL como Presidente, a MANUEL JESÚS ACUÑA TIMOTEO como Vicepresidente y a MARÍA DEL CARMEN ABREGÚ BAEZ como Tercer Miembro, respectivamente, del Consejo Nacional Penitenciario del Instituto Nacional Penitenciario; Que, dichos funcionarios han formulado renuncia a dichos cargos, siendo pertinente aceptarlas y designar a sus reemplazantes; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y el artículo 137º del Código de Ejecución Penal, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 654; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia de los señores RUBÉN ORLANDO RODRÍGUEZ RABANAL, MANUEL JESÚS ACUÑA TIMOTEO y MARÍA DEL CARMEN ABREGÚ BAEZ, a los cargos de Presidente, Vicepresidente y Tercer Miembro, respectivamente, del Consejo Nacional Penitenciario del Instituto Nacional Penitenciario, dándoseles las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar a las siguientes personas como miembros del Consejo Nacional Penitenciario del Instituto Nacional Penitenciario: - General (r) WILSON ELMER HERNÁNDEZ SILVA, como Presidente; - Señor abogado GERSON DAVID VILLAR SANDY, como Vicepresidente; y, - Coronel PNP (r) JUAN BRICEÑO POMAR, como Tercer Miembro. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Ministra de Justicia 545559-4 MUJER Y DESARROLLO SOCIAL Designan Viceministra de la Mujer RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 007-2010-MIMDES Lima, 18 de septiembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Viceministra de la Mujer del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES; Que, en tal sentido, resulta pertinente emitir el acto mediante el cual se designe a la persona que se