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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (25/09/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 25 de setiembre de 2010 426286 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Autorizan viaje del Ministro de Cultura a EE.UU. y encargan su Despacho al Ministro de Comercio Exterior y Turismo RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 259-2010-PCM Lima, 24 de septiembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, el 28 de setiembre de 2010 se llevará a cabo en la ciudad de Washington, DC, Estados Unidos, el BID Seminario sobre Cultura y Desarrollo 2010; Que, el aludido Seminario, involucran iniciativas culturales en programas económicos, así como para equiparar experiencias, y plantear nuevos puntos de vista para que la cultura contribuya a impulsar el desarrollo y enfrente los desafíos sociales en un mundo cada vez globalizado; Que, en vista de la importancia del referido Seminario, se ha previsto la participación de las más altas autoridades responsables de los Ministerios de los Sectores Culturales de los países intervinientes, por lo que resulta de interés nacional autorizar el viaje del Ministro de Cultura a fi n que asista al mencionado evento; Que, los gastos que genere el viaje por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán fi nanciados por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), Institución Organizadora del evento, sin irrogar gasto alguno al Pliego Presupuestario 003: Ministerio de Cultura; Que, es necesario encargar la cartera del Ministro de Cultura en tanto dure la ausencia del Titular; De conformidad con el artículo 127° de la Constitución Política del Perú; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor JUAN OSSIO ACUÑA, Ministro de Cultura, a la ciudad de Washington, DC, Estados Unidos, del 27 y 28 de setiembre de 2010, para el fi n expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Encargar la cartera del Ministro de Cultura al Ministro de Comercio Exterior y Turismo, señor EDUARDO FERREYROS KÛPPERS, a partir del 27 de setiembre de 2010 y en tanto dure la ausencia del Titular. Artículo 3º.- El viaje autorizado no irrogará gasto alguno al Pliego Presupuestario del Ministerio de Cultura, ni dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación 548562-2 Autorizan viaje de Presidente del Consejo Directivo de OSIPTEL a México para participar en evento de la UIT RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 260-2010-PCM Lima, 24 de septiembre de 2010 Vista, la Carta Núm. 931-GG.RI/2010 del Gerente General del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL; CONSIDERANDO: Que, mediante comunicación Circular DM-09/1024 PP-10/DB/ de fecha 3 de setiembre de 2009, se invita al OSIPTEL a participar en la Conferencia de Plenipotenciarios de la Unión Internacional de las Telecomunicaciones - UIT, a llevarse a cabo entre los días 4 y 22 de octubre de 2010 en la ciudad de Guadalajara, Estados Unidos Mexicanos; Que, el mencionado evento constituye el acontecimiento más importante en el que los Estados Miembros de la UIT deciden el papel que desempeñará la Organización en el futuro y, por ende, determinan la capacidad de la unión para infl uir y repercutir en el desarrollo de las Tecnologías de la Información y la Comunicación - TIC en el mundo; Que, en la Conferencia se llevará a cabo la elección del Secretario General, del Vicesecretario General, de los Directores de las Ofi cinas de Normalización, Radiocomunicaciones y Desarrollo de las Telecomunicaciones; así como de los Estados Miembros que formarán parte del próximo Consejo de la Unión Internacional de Telecomunicaciones; Que, en dicha reunión participarán representantes de los Estados Miembros y Miembros del Sector Desarrollo de las Telecomunicaciones de la UIT; Que, las funciones del OSIPTEL se insertan dentro de los objetivos estratégicos de la Unión Internacional de Telecomunicaciones, por lo que es miembro activo del Sector de Normalización de las Telecomunicaciones y del Sector de Desarrollo de las Telecomunicaciones; Que, en ese sentido, es necesaria la participación del OSIPTEL, a través de la participación del Presidente del Consejo Directivo, para el intercambio de información y experiencias relativas a los principales temas, políticas generales y líneas de acción de la Unión Internacional de Telecomunicaciones - UIT; Que, los gastos por concepto de pasajes, viáticos y tarifa única por uso de aeropuerto serán cubiertos por el OSIPTEL, con cargo a su presupuesto institucional; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo; su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Guillermo Santiago Thornberry Villarán, Presidente del Consejo Directivo, del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, a la ciudad de Guadalajara, Estados Unidos Mexicanos, del 3 al 10 de octubre de 2010, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución se efectuarán con cargo al presupuesto institucional del OSIPTEL, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 2 058,30 Viáticos US$ 1 760,00 Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 31,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario deberá presentar a su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4º.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación 548562-3