NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (25/09/2010)
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TEXTO PAGINA: 7
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 25 de setiembre de 2010 426289 Que, el artículo 12° del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-AG establece que los requisitos fi to y zoosanitarios se publican en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, el artículo 28° del Reglamento de Organización y Funciones del SENASA, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2005-AG establece que la Dirección de Sanidad Animal tiene entre sus funciones el establecer, conducir y coordinar un sistema de control y supervisión zoosanitaria tanto al comercio nacional como internacional de productos y subproductos pecuarios; Que, el artículo 21º de la Decisión 515 de la Comunidad Andina de Naciones (CAN) prescribe que los Países Miembros que realicen importaciones desde terceros países se asegurarán que las medidas sanitarias y fi tosanitarias que se exijan a tales importaciones no impliquen un nivel de protección inferior al determinado por los requisitos que se establezca en las normas comunitarias; Que, la Resolución 449 de la Junta del Acuerdo de Cartagena establece la norma sanitaria andina para las importaciones de animales, productos y subproductos pecuarios provenientes de terceros países; Que, la Resolución 1183 de la Secretaría General de la CAN establece los requisitos sanitarios que se deben cumplir para el comercio y la movilización intrasubregional y con terceros países de porcinos domésticos y sus productos; Que, la Resolución 1160 de la Secretaría General de la CAN establece los requisitos sanitarios que se deben cumplir para el comercio o la movilización intrasubregional y con terceros países de equinos y sus productos; Que, el Informe Nº 603-2010-AG-SENASA-SCA-DSA recomienda que se publiquen los requisitos sanitarios para la importación de “reptiles”, siendo su origen y procedencia España; Que, el Informe Nº 604-2010-AG-SENASA-SCA-DSA recomienda que se publiquen los requisitos sanitarios para la importación de “equinos exportados temporalmente para competencia”, siendo su origen Perú y procedencia Chile; Que, el Informe Nº 605-2010-AG-SENASA-SCA-DSA recomienda que se publiquen los requisitos sanitarios para la importación de “Carnes frescas, deshuesadas o sin deshuesar, despojos comestibles; refrigeradas o congeladas de la especie porcina”, siendo su origen y procedencia Canadá; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1059, el Decreto Supremo Nº 018-2008- AG, el Decreto Supremo N° 008-2005-AG, la Decisión 515 de la CAN, la Resolución 449 de la Junta del Acuerdo de Cartagena, la Resolución 1183 de la Secretaría General de la CAN, la Resolución 1160 de la Secretaría General de la CAN y con la visación de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Establecer los requisitos sanitarios específi cos de cumplimiento obligatorio en la importación de determinadas mercancías pecuarias según país de origen y procedencia, de acuerdo a los siguientes Anexos que forman parte integrante de la presente Resolución: a. Anexo I – Retorno de equinos que fueron exportados temporalmente para competencia, siendo su origen Perú y procedencia Chile. b. Anexo II – Reptiles, siendo su origen y procedencia España. c. Anexo III – Carnes frescas, deshuesadas o sin deshuesar, despojos comestibles; refrigeradas o congeladas de la especie porcina, siendo su origen y procedencia Canadá. Artículo 2°.- Los anexos señalados en el artículo precedente serán publicados en la página web del SENASA (www.senasa.gob.pe). Artículo 3°.- Disponer la emisión de los Permisos Zoosanitarios de Importación a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución. Artículo 4°.- El SENASA, a través de la Dirección de Sanidad Animal, podrá adoptar las medidas sanitarias complementarias a fi n de garantizar el cumplimiento de la presente norma. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLEN F. HALZE HODGSON Director General Dirección de Sanidad Animal Servicio Nacional de Sanidad Agraria 548108-1 Listado de productos de uso veterinario y alimentos para animales registrados durante el mes de mayo de 2010 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 125-2010-AG-SENASA-DIAIA La Molina, 20 de setiembre del 2010 CONSIDERANDO: Que, según el Artículo 30º del Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-AG, la Dirección de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria del SENASA tiene, entre otras funciones, la de establecer mecanismos de control, registro y fi scalización respecto de insumos de uso animal, así como biológicos y fármacos, igualmente conducir el registro de las empresas productoras y/o comercializadoras de estos insumos; Que, el Artículo 14º del Reglamento de registro, control y comercialización de productos de uso veterinario y alimento para animales, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-AG, establece que el SENASA publicará mensualmente en el Diario Ofi cial El Peruano, la relación de productos de uso veterinario y alimentos para animales registrados durante el mes anterior; Que, con Memorando Nº 3315-2010-AG-SENASA- DIAIA-SIP, de fecha 13 de setiembre del 2010, la Subdirección de Insumos Pecuarios de la Dirección General de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria del SENASA, ha remitido el listado de productos de uso veterinario y alimentos para animales registrados durante el mes de mayo del 2010, a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 14º del Decreto Supremo Nº 015-98-AG; De conformidad con la Resolución Jefatural Nº 044- 2006-AG-SENASA; el Decreto Supremo Nº 015-98-AG, el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG; y con las visaciones de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y de la Subdirección de Insumos Pecuarios de la Dirección General de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria; SE RESUELVE: Artículo Único.- Disponer la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano del listado de productos de uso veterinario y alimentos para animales, registrados durante el mes de mayo del 2010 en la Subdirección de Insumos Pecuarios de la Dirección General de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, que se detalla seguidamente: PRODUCTOS DE USO VETERINARIO Y ALIMENTOS PARA ANIMALES REGISTRADOS DURANTE EL MES DE MAYO DEL 2010 N° N° de Registro Nombre Comercial Origen Empresa Responsable del Registro Vencimiento de Registro 1 A0115N1145 NUTRICAN ADULTOS PERU ALICORP S.A.A. 03/05/2015 2 A0115N1144 NUTRICAN CACHORROS PERU ALICORP S.A.A. 03/05/2015 3 F0737N0434 ECTOMEC PET 2 EN I PERU LABORATORIOS MIDAF S.A.C. 03/05/2015 4 A1915I0012 SPF SUPER PREMIUM L ARGENTINA LABORATORIOS MIDAF S.A.C. 06/05/2015 5 A0607I0090 DIAMOND V XP EEUU ILENDER PERU S A 06/05/2015 6 B01435I1014 ULTRACHOICE 8 EEUU PFIZER S A 06/05/2015 7 A0115I1912 PRO PLAN SENIOR PROTECTION ARGENTINA NESTLE PERU S.A. 10/05/2015 8 F0901N0148 BOVIMEC ETIQUETA AZUL 3.15% PERU AGROVET MARKET S.A 11/05/2015 9 F2103N002 ROJOVET PERU MONTANA S A 11/05/2015 10 F5901N0010 XYLOCOM-VET PERU COMIESA DRUC S.A.C. 11/05/2015 11 F0301N1468 FLOXANOVA PLUS PERU INNOVA ANDINA S.A. 11/05/2015 12 F0304N0858 BIOSULFAN NF TABLETAS PERU INNOVA ANDINA S.A. 11/05/2015 13 B01801I1015 CEVAC TRANSMUNE HUNGRIA CEVA SALUD ANIMAL S.A.C. 13/05/2015 14 F0804N110 UNIBAN PERU MONTANA S A 13/05/2015 15 F7852I0002 MASTBLOCK BRASIL HIPRA ANDINA S.A.C. 13/05/2015 16 F0301N0866 GENTAMIN 10% PLUS PERU INNOVA ANDINA S.A. 13/05/2015 17 F0708I0291 ISPERVIC PURON ARGENTINA INNOVA ANDINA S.A. 13/05/2015 18 F0708N0303 INNOTRIN PERU INNOVA ANDINA S.A. 13/05/2015 19 B06715I0021 WITNESS ERHLIQUIA FRANCIA LA ENSENADA S.R.L. 16/05/2015 20 F7101I0038 HIDROCYCLIN DUO ARGENTINA NUTRIVET AUSTRAL S.A. C. 17/05/2015