Norma Legal Oficial del día 04 de abril del año 2011 (04/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, lunes 4 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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Sala Mixta y de los Juzgados Mixto y de Paz Letrado; con el consiguiente perjuicio economico y de tiempo, por cuya razon no tienen acceso a un oportuno servicio de administracion de justicia; Tercero: Que, el Informe N° 044-2011-SEP-GP-GGPJ remitido por la Gerencia General del Poder Judicial, concluye que es factible la creacion del Juzgado de Paz en la Comunidad Campesina San MORDAZA de Kula, Distrito de San MORDAZA de Cachi, Provincia de Andahuaylas, Departamento y Distrito Judicial de Apurimac; consignandose los limites geograficos del mencionado organo jurisdiccional; Cuarto: Que, por el numero de habitantes de la comunidad a los que beneficiaria el Juzgado de Paz, entre los que se presentan conflictos de naturaleza civil, penal y familiar; asi como asuntos notariales; y encontrandose dentro de los objetivos principales de las politicas implementadas por este Poder del Estado, precisamente la de eliminar las barreras que impiden acceder al Poder Judicial a las poblaciones mas alejadas de los centros urbanos del MORDAZA, y en aras de brindar un servicio de justicia en forma rapida y eficaz, resulta procedente la peticion que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el articulo 82°, numeral 24, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, en sesion ordinaria de la fecha, sin la intervencion del senor Consejero MORDAZA O. MORDAZA MORDAZA por encontrarse de vacaciones, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en la Comunidad Campesina San MORDAZA de Kula, Distrito de San MORDAZA de Cachi, Provincia de Andahuaylas, Departamento y Distrito Judicial de Apurimac. Articulo Segundo.- Los limites geograficos del referido organo jurisdiccional son los que aparecen descritos en el informe de la Gerencia General del Poder Judicial, que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo Tercero.- Transcribase la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, Oficina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, a la Gerencia General del Poder Judicial, y al interesado para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYAR CHAPARRO MORDAZA 623235-13 RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 083-2011-CE-PJ MORDAZA, 2 de marzo de 2011 VISTOS: El Oficio N° 132-2011-P-CSJJU/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, y el Informe N° 054-2011-SEP-GP-GG-PJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA remite a este Organo de Gobierno propuesta de creacion de un Juzgado de Paz en el Centro Poblado Campirushari, Distrito de Pangoa, Provincia

de Satipo, Departamento de MORDAZA, a solicitud de las autoridades de la referida circunscripcion; Segundo: La solicitud se fundamenta en tener poblacion aproximada de 2,427 habitantes, conjuntamente con los Sectores de Cubantia, Margen Derecho Cubantia, Fray MORDAZA, La MORDAZA, Alto Campirushari, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Horizonte, San MORDAZA Pueblo Libre y San MORDAZA Atahualpa; asi como en la necesidad de contar con autoridad judicial, teniendo en cuenta que el Juzgado de Paz mas proximo se encuentra ubicado en la localidad de San MORDAZA de Pangoa a 20 kilometros de distancia, el traslado es en vehiculo empleando una hora para el desplazamiento; asimismo, la MORDAZA de Huancayo sede de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA dista 379 kilometros, empleando diez horas en su recorrido en vehiculo; con el consiguiente perjuicio economico y de tiempo, por cuya razon no tienen acceso a un oportuno servicio de administracion de justicia; Tercero: Que, el Informe N° 054-2011-SEP-GP-GGPJ remitido por la Gerencia General del Poder Judicial, concluye que es factible la creacion del Juzgado de Paz en el Centro Poblado Campirushari, Distrito de Pangoa, Provincia de Satipo, Departamento y Distrito Judicial de Junin; consignandose los limites geograficos del mencionado organo jurisdiccional; Cuarto: Que, por el numero de habitantes del centro poblado y sectores a los que beneficiaria el Juzgado de Paz, entre los que se presentan conflictos de naturaleza civil, penal, familiar y laboral; asi como asuntos notariales; y encontrandose dentro de los objetivos principales de las politicas implementadas por este Poder del Estado, precisamente la de eliminar las barreras que impiden acceder al Poder Judicial a las poblaciones mas alejadas de los centros urbanos del MORDAZA, y en aras de brindar un servicio de justicia en forma rapida y eficaz, resulta procedente la peticion que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el articulo 82°, numeral 24, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, en sesion ordinaria de la fecha, sin la intervencion del senor Consejero MORDAZA O. MORDAZA MORDAZA por encontrarse de vacaciones, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Centro Poblado Campirushari, el cual tendra competencia ademas en los Sectores de Cubantia, Margen Derecho Cubantia, Fray MORDAZA, La MORDAZA, Alto Campirushari, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Horizonte, San MORDAZA Pueblo Libre y San MORDAZA Atahualpa; Distrito de Pangoa, Provincia de Satipo, Departamento y Distrito Judicial de Junin. Articulo Segundo.- Los limites geograficos del referido organo jurisdiccional son los que aparecen descritos en el informe de la Gerencia General del Poder Judicial, que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo Tercero.- Transcribase la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, Oficina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYAR CHAPARRO MORDAZA 623235-14

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