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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 4 de abril de 2011 440403 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Autorizan viaje de alcalde a Chile para participar en la Primera Conferencia Regional de Comunidades Seguras para las Américas ACUERDO DE CONCEJO Nº 018-2011-MSB-C San Borja, 31 de marzo de 2011 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA VISTOS; en la VI-2011 Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 31 de marzo de 2011, la invitación del señor Manuel Fuentes Rosales, Alcalde de la ciudad de Peñafl or – Chile, para asistir a la “Primera Conferencia Regional de Comunidades Seguras para las Américas”, a realizarse en la mencionada ciudad del 6 al 8 de abril de 2011, Informe 289-2011-MSB-GAJ de fecha 17 de marzo de 2011, Informe Nº 012-2011-MSB-GPE-UPE, Informe Nº 289-2011-MSB-GAJ – Informe Nº 037-2011- MSB-GM-GPE. CONSIDERANDO: Que, dentro del desarrollo de la “Primera Conferencia Regional de Comunidades Seguras para las Américas”, se abordarán temas relacionados a las políticas para la promoción de la seguridad y la participación ciudadana como eje de desarrollo, prevención de lesiones, violencia en el tránsito, ambientes de trabajo, hogar y escuelas; así como aspectos relacionados a las políticas de prevención, seguridad, desastres de origen natural, educación vial y otros debates respecto a las comunidades seguras. Que, la mencionada temática será abordada desde una perspectiva de la investigación especializada y experiencias de su aplicación en diferentes realidades, lo que permitirá crear espacios para posicionar a las comunidades seguras, donde los gobiernos se comprometan en la adopción de políticas públicas tendientes al fortalecimiento de la idea de comunidad segura, las cuales deberán integrarse además con diferentes actores, locales, regionales, nacionales, empresa privada y apoyo internacional. Que, el primero de junio de 2008 nuestro distrito fue certifi cado como Comunidad Segura en el Nivel I, por el Instituto CISALVA de la Universidad del Valle de Colombia, Centro Certifi cador para América Latina del Instituto Karolinska de Suecia, centro colaborador de la Organización Mundial de la Salud, para la promoción de comunidades seguras en el mundo, por lo que la participación del titular a este importante evento, será de relevancia ya que permitirá compartir experiencias sobre la aplicación de las políticas de seguridad, prevención, educación, entre otros, lo que redundará en benefi cio de la gestión municipal en todos sus aspectos. Que, la Alcaldía es el máximo órgano ejecutivo del gobierno local y el Alcalde es el representante de la Municipalidad así como máxima autoridad administrativa y titular del pliego presupuestario, por lo que conforme a lo expuesto anteriormente, es de importancia para el fortalecimiento de los ejes estratégicos y objetivos institucionales su participación a la “Primera Conferencia Regional de Comunidades Seguras para las Américas” que se llevará a cabo en la ciudad de Peñaflor – Chile. Que, según el Informe Nº 012-2011-GPE-UPE, el Jefe de la Unidad de Presupuesto y Estadística señala que de acuerdo al Sistema Integral de Gestión Administrativa – SIGA, las erogaciones a efectuarse para la participación en la “Primera Conferencia Regional de Comunidades Seguras para las Américas”, cuenta con la disponibilidad presupuestal hasta por el importe de S/. 4,751.00 nuevos soles, los cuales se disgregan en S/. 2,432.00 nuevos soles para Pasajes y Gastos de transporte y S/. 2,319.00 para viáticos y asignaciones por comisión de servicio. Que, en el Informe Nº 289-2011-MSB-GAJ la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que según el Artículo 10 numeral 1 inciso c) de la Ley Nº 29626 Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2011, ha establecido que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos con cargo a recursos públicos quedan prohibidos, salvo aquellos que realicen los titulares de los organismos constitucionalmente autónomos y los altos funcionarios y autoridades del Estado. Que, conforme lo dispuesto por el inciso 11 del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley 27972, es atribución del Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior del país, que en comisión de servicios o representación de la Municipalidad realicen el Alcalde, Regidores, Gerente Municipal y cualquier otro funcionario; asimismo, tiene atribución para aprobar las licencias solicitadas por el Alcalde o los Regidores. Que, de acuerdo a la Ley Nº 17619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establecen que la autorización de viaje será debidamente sustentada en el interés específico de la institución, debiendo precisarse que los gastos que se irroguen por todo concepto de viaje al exterior de funcionarios de los gobiernos locales se realiza con recursos públicos propios; asimismo, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto publico, bajo responsabilidad. Estando a lo expuesto y conforme a lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, con el voto unánime de los miembros del Concejo Municipal y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta. ACUERDA: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del Alcalde de la Municipalidad de San Borja, Marco Antonio Alvarez Vargas, para participar en la “Primera Conferencia Regional de Comunidades Seguras para las Américas”, a llevarse a cabo los días 6 al 8 de abril de 2011 en la ciudad de Peñafl or - Chile, después del cual deberá presentar al Concejo Municipal el informe de ley. Artículo Segundo.- Autorizar los gastos que irrogue el viaje según el detalle siguiente: • Pasajes y Gastos de Transporte S/. 2,432.00 nuevos soles • Viáticos y asignaciones S/. 2,319.00 nuevos soles • TOTAL S./ 4,751.00 nuevos soles Artículo Tercero.- Conceder Licencia con goce de haber al Alcalde de la Municipalidad, señor Marco Antonio Alvarez Vargas, del 5 al 9 de abril de 2011, encargándose el despacho de Alcaldía, en tanto dure la ausencia del titular, al Teniente Alcalde señor Alberto von der Heyde Biosca, de conformidad con lo previsto en el artículo 24º de la Ley Orgánica de la Municipalidades – Ley 27972. Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaría General en coordinación con la Gerencia Municipal, Gerencia de Planificación Estratégica y Gerencia de Administración y Finanzas, el cumplimiento del presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARCO ÁLVAREZ VARGAS Alcalde 623226-1