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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ABRIL DEL AÑO 2011 (13/04/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 5

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 13 de abril de 2011 440853 del Proyecto Especial Jaén San Ignacio Bagua, dándole las gracias por los servicios prestados. Artículo Segundo.- DESIGNAR a partir del 01 de Abril del 2011, al Ing. TEOBALDO CORREA ROJAS, en el cargo de Director Ejecutivo del Proyecto Especial Jaén San Ignacio Bagua. Articulo Tercero.- Publíquese la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, y notifíquese la presente Resolución al Gobierno Regional de Amazonas, Gobierno Regional de Cajamarca y al Ministerio de Agricultura, así como al Director Ejecutivo del PEJSIB. Regístrese y comuníquese. SILVIO ROSENDO TORRES CASTRO Presidente Consejo Directivo del PEJSIB 627825-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de representantes del Ministerio a Venezuela para participar en conversaciones sobre extensión de preferencias arancelarias RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 108-2011-MINCETUR/DM Lima, 12 de abril de 2011 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR es el organismo público competente para defi nir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; es responsable en materia de negociaciones comerciales internacionales, en coordinación con los demás sectores del Gobierno en el ámbito de sus respectivas competencias y representa al país en los foros y organismos internacionales de comercio, turismo, cooperación económica y esquemas de integración; Que, en abril de 2006 la República Bolivariana de Venezuela denunció el Acuerdo de Cartagena bajo los alcances de lo dispuesto por el artículo 135 de dicho Tratado; por tal motivo cesaron para dicho país todos los derechos y obligaciones en el marco de la Comunidad Andina, con excepción de las ventajas recibidas y otorgadas por el Programa de Liberación que se mantendrán vigentes por un periodo de 5 años, plazo que culmina el 21 de abril de 2011; Que, el Perú y la República Bolivariana de Venezuela han considerado conveniente llevar a cabo conversaciones sobre la extensión de las preferencias arancelarias existentes a la fecha, a fi n de mantener las condiciones de acceso que se han venido aplicando, en cuya razón se acordó llevar una reunión de coordinación, en la ciudad de Caracas, los días 14 y 15 de abril de 2011; Que, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice el viaje del señor José Eduardo Brandes Salazar, Director Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales y de las señoras Hortencia Elva Rosa Rodríguez Pastor y Sara Rosana Rosadio Colán, asesoras legales que prestan servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, a la ciudad de Caracas, para que en representación del MINCETUR, participen en la reunión de coordinación antes mencionada; Que, la Ley N° 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de los acuerdos comerciales de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del titular de la entidad; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje del señor José Eduardo Brandes Salazar, Director Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales y de las señoras Hortencia Elva Rosa Rodríguez Pastor y Sara Rosana Rosadio Colán, asesoras legales que prestan servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, a la ciudad de Caracas, República Bolivariana de Venezuela, del 13 al 16 de abril de 2011, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo participen en la reunión de coordinación a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimento de la presente Resolución estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (US$ 1 960,74 x 3) : US$ 5 882,22 Viáticos (US$ 200,00 x 4 días x 3) : US$ 2 400,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1° de la presente Resolución, presentará al Ministro de Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas de acuerdo a ley. Artículo 4°.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo 627882-1 CULTURA Autorizan salida temporal del país de once bienes integrantes del patrimonio cultural de la Nación a Australia RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 007-2011-MC Lima, 12 de abril de 2011 CONSIDERANDO Que, mediante Expediente Nº 009405, el Embajador en el Servicio Diplomático de la República don Luis Felipe Quesada Incháustegui, solicitó ante el Ministerio de Cultura, autorización para la salida temporal del país de once (11) bienes integrantes del patrimonio cultural de la Nación, de su propiedad, por cuanto mediante Resolución Suprema Nº 432-2010-RE de fecha 25 de octubre de 2010, ha sido nombrado Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en Australia; Que, los bienes culturales cuya autorización de salida temporal del país se solicita se encuentran cubiertos contra todo riesgo en la modalidad “clavo a clavo” desde su lugar original hasta su destino fi nal, en mérito a la Póliza de Seguros Nº 1996-501224, emitida por Rímac Seguros, póliza con vigencia desde el 18 de abril de 2011 hasta el 30 de julio de 2011; Que, el inciso d) del numeral 34.1 del artículo 34º de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, establece que procede la salida del país de bienes muebles integrantes del patrimonio cultural de la Nación por viajes de Jefes de Misión, Cónsules o Diplomáticos acreditados, por el plazo que dure su permanencia en el exterior, la misma que se autoriza mediante Resolución Suprema;