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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ABRIL DEL AÑO 2011 (13/04/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 13 de abril de 2011 440854 Que, corresponde al Ministerio de Cultura cautelar y difundir el patrimonio cultural de la Nación, tanto en el país como en el extranjero, por lo que resulta procedente autorizar la salida temporal del país de los bienes culturales a que se refi ere la presente Resolución Suprema; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; y la Ley Nº 29565; Ley de creación del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, la salida temporal del país de once (11) bienes integrantes del patrimonio cultural de la Nación, detallados en el anexo adjunto a la presente Resolución, de propiedad del señor Embajador en el Servicio Diplomático de la República, don Luis Felipe Quesada Incháustegui, a Australia, a partir de la fecha de inicio de vigencia de la póliza y por el plazo que dure su permanencia en el exterior como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en Australia. Artículo 2º.- El Ministerio de Cultura, adoptará las medidas más adecuadas para verifi car las características, estado de conservación y autenticidad de los bienes culturales a que se refi ere la presente Resolución, durante su traslado, permanencia fuera del país y retorno. Artículo 3º.- El Embajador en el Servicio Diplomático de la República don Luis Felipe Quesada Incháustegui, deberá mantener vigente una póliza de seguro que cubra los once (11) bienes pertenecientes al patrimonio cultural de la Nación de su propiedad, en tanto que dure su cargo como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en Australia. Al culminar el cargo para el cual ha sido designado, y a efectos del retorno de los bienes culturales del país, don Luis Felipe Quesada Incháustegui deberá de contar con una póliza de seguro que cubra el retorno de los mismos. Artículo 4º.- Los gastos relacionados al embalaje, fl etes, seguros, traslados o cualquier otro egreso que se origine por la salida y retorno de los bienes culturales a que se refi ere la presente Resolución, serán íntegramente cubiertos por el Embajador en el Servicio Diplomático de la República don Luis Felipe Quesada Incháustegui. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JUAN OSSIO ACUÑA Ministro de Cultura RELACIÓN DE BIENES CULTURALES PERTENECIENTES AL SEÑOR LUIS FELIPE QUESADA INCHÁUSTEGUI Nº Nº de Registro Nacional Otros Códigos Tipo de Bien Denominación Material 01 0000133116 38,508,LFQI-01/ INC-2001 Botella Cultura Moche Cerámica 02 0000133125 38,510, LFQI- 03/INC-2001 Botella Cultura Chimú- Inca Cerámica 03 0000133117 38,509,LFQI-02/ INC-2001 Cántaro Cultura Lambayeque Cerámica 04 0000133126 38,511 LFQI- 04/INC-2001 Cántaro Cultura Chimú Cerámica 05 0000133127 38,512, LFQI- 05/INC-2001 Cántaro Cultura Chimú Cerámica 06 0000133130 38,513, LFQI- 06/INC-2001 Fragmento Cultura Chancay Textil 07 0000133146 38,514, LFQI- 07/INC-2001 Fragmento Cultura Chancay Textil 08 0000133147 38,515, LFQI- 08/INC-2001 Fragmento Cultura Chancay Textil 09 0000133149 38,516, LFQI- 09/INC-2001 Fragmento Cultura Chancay Textil 10 0000133101 V-2.0/E-465/01 Pintura Santísima Trinidad Tela 11 0000133102 V-2.0/E-465/02 Pintura Virgen del Carmen Tela 627884-2 Declaran patrimonio cultural de la Nación a monumentos arqueológicos prehispánicos ubicados en los departamentos de Pasco, Lima, Arequipa y Cusco RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 409-2011-VMPCIC-MC Lima, 7 de abril de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Informe N° 158-2011-SDIC-DA/INC de fecha 25 de enero de 2011, la Sub Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología recomienda derivar los expedientes de declaratoria de trece (13) monumentos arqueológicos prehispánicos, registrados en el marco del Programa Qhapaq Ñan, a la Comisión Nacional Técnica de Arqueología a fi n de que se solicite su declaratoria como patrimonio cultural de la Nación; Que, mediante Acuerdo N° 070 de fecha 27 de enero de 2011 la Comisión Nacional Técnica de Arqueología acordó recomendar a la Alta Dirección del Ministerio de Cultura declarar patrimonio cultural de la Nación a trece (13) monumentos arqueológicos prehispánicos, ubicados en la provincia y departamento de Pasco, y en las provincias de Oyón y Cajatambo del departamento de Lima; Que, el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, declara de interés social y de necesidad pública la identifi cación, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes; Que, el Artículo VII del Título Preliminar de la Ley N° 28296 – Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nación dentro del ámbito de su competencia; Que, mediante Ley N° 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público. Asimismo, a través del Decreto Supremo N° 001-2010-MC publicado el 25 de setiembre de 2010, se decretó la fusión en el Ministerio de Cultura, bajo la formalidad de absorción, entre otros organismos, del Instituto Nacional de Cultura, cuyo proceso concluyó el 30 de setiembre de 2010, en consecuencia, corresponde al Ministerio de Cultura ejercer las competencias, funciones y atribuciones en materia de patrimonio cultural de la Nación, material e inmaterial; Que, el literal a) del Artículo 14° de la Ley N° 29565 señala que corresponde al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, “Formular, coordinar, ejecutar y supervisar la política relacionada con el fomento de la cultura y la creación cultural en todos sus aspectos y ramas del patrimonio cultural, lo que incluye la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación, de conformidad con la respectiva política nacional”; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 057- 2010-MC de fecha 26 de noviembre de 2010, se precisó la autorización otorgada al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales mediante Resolución Ministerial Nº 016-2010-MC del 06 de octubre de 2010, en el sentido de que la misma comprende la tramitación y resolución de todos aquellos procedimientos cuya competencia correspondía a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura y que ahora se encuentran dentro del ámbito de sus funciones, debiendo entenderse incluida la facultad para resolver recursos administrativos; Estando a lo visado por el Director de Gestión, el Director de Arqueología y la Directora de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296 – Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Ley N° 29565 – Ley de Creación del Ministerio de Cultura; Decreto Supremo N° 001-2010-MC, que aprueba la fusión de entidades y órganos en el Ministerio de Cultura;