Norma Legal Oficial del día 13 de abril del año 2011 (13/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 13 de MORDAZA de 2011

Que, corresponde al Ministerio de Cultura cautelar y difundir el patrimonio cultural de la Nacion, tanto en el MORDAZA como en el extranjero, por lo que resulta procedente autorizar la salida temporal del MORDAZA de los bienes culturales a que se refiere la presente Resolucion Suprema; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; y la Ley Nº 29565; Ley de creacion del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, la salida temporal del MORDAZA de once (11) bienes integrantes del patrimonio cultural de la Nacion, detallados en el anexo adjunto a la presente Resolucion, de propiedad del senor Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Inchaustegui, a Australia, a partir de la fecha de inicio de vigencia de la poliza y por el plazo que dure su permanencia en el exterior como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en Australia. Articulo 2º.- El Ministerio de Cultura, adoptara las medidas mas adecuadas para verificar las caracteristicas, estado de conservacion y autenticidad de los bienes culturales a que se refiere la presente Resolucion, durante su traslado, permanencia fuera del MORDAZA y retorno. Articulo 3º.- El Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Inchaustegui, debera mantener vigente una poliza de seguro que cubra los once (11) bienes pertenecientes al patrimonio cultural de la Nacion de su propiedad, en tanto que dure su cargo como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en Australia. Al culminar el cargo para el cual ha sido designado, y a efectos del retorno de los bienes culturales del MORDAZA, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Inchaustegui debera de contar con una poliza de seguro que cubra el retorno de los mismos. Articulo 4º.- Los gastos relacionados al embalaje, fletes, seguros, traslados o cualquier otro egreso que se origine por la salida y retorno de los bienes culturales a que se refiere la presente Resolucion, seran integramente cubiertos por el Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Inchaustegui. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Cultura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA OSSIO MORDAZA Ministro de Cultura
RELACION DE BIENES CULTURALES PERTENECIENTES AL SENOR MORDAZA MORDAZA MORDAZA INCHAUSTEGUI
Nº Nº de Registro Nacional Otros Codigos MORDAZA de Bien Botella Botella MORDAZA MORDAZA MORDAZA Denominacion Material

Declaran patrimonio cultural de la Nacion a monumentos arqueologicos prehispanicos ubicados en los departamentos de Pasco, MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 409-2011-VMPCIC-MC MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Informe N° 158-2011-SDIC-DA/INC de fecha 25 de enero de 2011, la Sub Direccion de Investigacion y Catastro de la Direccion de Arqueologia recomienda derivar los expedientes de declaratoria de trece (13) monumentos arqueologicos prehispanicos, registrados en el MORDAZA del Programa Qhapaq Nan, a la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia a fin de que se solicite su declaratoria como patrimonio cultural de la Nacion; Que, mediante Acuerdo N° 070 de fecha 27 de enero de 2011 la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia acordo recomendar a la Alta Direccion del Ministerio de Cultura declarar patrimonio cultural de la Nacion a trece (13) monumentos arqueologicos prehispanicos, ubicados en la provincia y departamento de Pasco, y en las provincias de Oyon y Cajatambo del departamento de Lima; Que, el Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, declara de interes social y de necesidad publica la identificacion, registro, inventario, declaracion, proteccion, restauracion, investigacion, conservacion, puesta en valor y difusion del Patrimonio Cultural de la Nacion y su restitucion en los casos pertinentes; Que, el Articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley N° 28296 ­ Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion senala que el Instituto Nacional de Cultura esta encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nacion dentro del ambito de su competencia; Que, mediante Ley N° 29565 se creo el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personeria juridica de derecho publico. Asimismo, a traves del Decreto Supremo N° 001-2010-MC publicado el 25 de setiembre de 2010, se decreto la fusion en el Ministerio de Cultura, bajo la formalidad de absorcion, entre otros organismos, del Instituto Nacional de Cultura, cuyo MORDAZA concluyo el 30 de setiembre de 2010, en consecuencia, corresponde al Ministerio de Cultura ejercer las competencias, funciones y atribuciones en materia de patrimonio cultural de la Nacion, material e inmaterial; Que, el literal a) del Articulo 14° de la Ley N° 29565 senala que corresponde al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, "Formular, coordinar, ejecutar y supervisar la politica relacionada con el fomento de la cultura y la creacion cultural en todos sus aspectos y ramas del patrimonio cultural, lo que incluye la declaracion, administracion, promocion, difusion y proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion, de conformidad con la respectiva politica nacional"; Que, a traves de la Resolucion Ministerial Nº 0572010-MC de fecha 26 de noviembre de 2010, se preciso la autorizacion otorgada al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales mediante Resolucion Ministerial Nº 016-2010-MC del 06 de octubre de 2010, en el sentido de que la misma comprende la tramitacion y resolucion de todos aquellos procedimientos cuya competencia correspondia a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura y que ahora se encuentran dentro del ambito de sus funciones, debiendo entenderse incluida la facultad para resolver recursos administrativos; Estando a lo visado por el Director de Gestion, el Director de Arqueologia y la Directora de la Oficina de Asuntos Juridicos, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296 ­ Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Ley N° 29565 ­ Ley de Creacion del Ministerio de Cultura; Decreto Supremo N° 001-2010-MC, que aprueba la fusion de entidades y organos en el Ministerio de Cultura;

01 0000133116 38,508,LFQI-01/ INC-2001 02 0000133125 38,510, LFQI03/INC-2001

Cultura Moche Ceramica Cultura Chimu- Ceramica MORDAZA Cultura MORDAZA Ceramica

03 0000133117 38,509,LFQI-02/ INC-2001 04 0000133126 05 0000133127 06 0000133130 07 0000133146 08 0000133147 09 0000133149 10 0000133101 11 0000133102 38,511 LFQI04/INC-2001 38,512, LFQI05/INC-2001 38,513, LFQI06/INC-2001 38,514, LFQI07/INC-2001 38,515, LFQI08/INC-2001 38,516, LFQI09/INC-2001 V-2.0/E-465/01 V-2.0/E-465/02

Cultura Chimu Ceramica Cultura Chimu Ceramica Textil Textil Textil Textil Tela Tela

Fragmento Cultura Chancay Fragmento Cultura Chancay Fragmento Cultura Chancay Fragmento Cultura Chancay Pintura Pintura Santisima MORDAZA Virgen del MORDAZA

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