Norma Legal Oficial del día 24 de abril del año 2011 (24/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 24 de MORDAZA de 2011

PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA
DECRETO DE URGENCIA N° 016-2011 ESTABLECEN MEDIDAS EXTRAORDINARIAS PARA CONTINUAR CON LA EJECUCION DE PROYECTOS A CARGO DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS DURANTE EL ANO FISCAL 2011
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema N° 4342002-PCM, se aprobo la suscripcion del Convenio de Administracion de Fondos entre la Presidencia del Consejo de Ministros y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, con el objeto de establecer mecanismos de coordinacion, cooperacion y asistencia para la implementacion de actividades orientadas a brindar asistencia tecnica y profesional al MORDAZA de modernizacion y descentralizacion del Estado; Que, por Resolucion Suprema N° 254-2002-PCM, se aprobo la suscripcion del Convenio de Administracion de Fondos entre la Presidencia del Consejo de Ministros y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, con el proposito de brindar asistencia tecnica y profesional en la ejecucion de actividades encomendadas a la Mesa de Concertacion para la Lucha contra la Pobreza; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 346-2008PCM y Resolucion Suprema Nº 345-2008-PCM, MORDAZA de fecha 21 de diciembre del 2008, se aprueba la Adenda a los Convenios de Administracion de Fondos celebrados entre la Presidencia del Consejo de Ministros ­ PCM y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo ­ PNUD, aprobados por Resolucion Suprema Nº 4342002-PCM y Resolucion Suprema Nº 254-2008-PCM, prorrogando su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2010; Que, en el MORDAZA de los Convenios MORDAZA citados, la Presidencia del Consejo de Ministros ejecuta proyectos que contribuyen al cumplimiento de las metas y objetivos institucionales, previstos en el Plan Estrategico Sectorial Multianual - PESEM, aprobado por Resolucion Ministerial N° 147-2010-PCM, los cuales estan orientados: i) a la concertacion y movilizacion nacional para ampliar y reforzar la proteccion social y la lucha contra la pobreza en el Peru frente a la crisis internacional y sus impactos en los grupos con alta vulnerabilidad y baja capacidad de respuesta; ii) a apoyar a los grupos vulnerables mediante mecanismos y estrategias para el desarrollo social y superacion de la pobreza; iii) a consolidar la promocion y vigencia de los derechos humanos en el MORDAZA a traves de varias iniciativas, como el Consejo de Reparaciones; iv) a la ejecucion del Programa de Reparaciones Colectivas que beneficia a comunidades que fueron afectadas por el conflicto armado interno del periodo 1980 - 2000, para la realizacion de proyectos de reparacion en beneficio de dichas comunidades; v) a fortalecer los logros alcanzados por el MORDAZA de Descentralizacion y Modernizacion del Estado, a favor de la ciudadania; vi) a fortalecer la plataforma regional de coordinacion del VRAE; vii) a reforzar la gobernanza en el MORDAZA de Descentralizacion y Modernizacion del Estado; viii) a fortalecer la gestion del Estado mediante el establecimiento de mecanismos destinados a articular la formulacion de politicas y estrategias de desarrollo social y la superacion de la pobreza, dotando de mayor eficacia y eficiencia a los planes, programas, proyectos y servicios sociales basicos, asi como reforzando su seguimiento, monitoreo y evaluacion; y ix) a disenar e implementar politicas de comunicacion social al servicio del ciudadano,

comunicando e informando las acciones que realizan los diversos programas que desarrolla el Gobierno, para optimizar el impacto de dichas acciones en la poblacion; Que, como se ha senalado precedentemente, los indicados Convenios de Administracion de Fondos vencieron el 31 de diciembre de 2010, por lo que los proyectos a cargo de la Presidencia del Consejo de Ministros no podran continuar ejecutandose en el MORDAZA de dichos Convenios y, por tanto, cumplir con las actividades programadas para el presente ano fiscal; Que, el Decreto de Urgencia N° 041-2009 establece que en caso se requiera modificar la finalidad, alcances, metas generales o especificas, objetivos y/o plazos establecidos en los convenios de administracion de recursos u otras modalidades similares vigentes, celebrados MORDAZA del 1 de febrero de 2009, las entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Organismos Constitucionalmente Autonomos deberan suscribir nuevos convenios al MORDAZA de lo dispuesto en el articulo 6° del Decreto Legislativo Nº 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, y el Capitulo IX del Titulo II de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 184-2008-EF; Que, asimismo, la Sexagesima Novena Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29626, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, autoriza a la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas (DEVIDA) a suscribir convenios de administracion de recursos, costos compartidos u otros similares, con organismos o instituciones nacionales e internacionales para encargarles la administracion de los recursos de los Programas Institucionales - PITs: "Plan de Impacto Rapido de Lucha contra las Drogas" y de "Programa de Prevencion y Tratamiento del Consumo de Drogas". Dicha modalidad debe contar previamente con un informe tecnico de los responsables de los PITs MORDAZA senalados, sobre las ventajas y beneficios de su concertacion, asi como la disponibilidad de los recursos para su financiamiento por parte de la oficina de presupuesto o el que haga sus veces, y aprobarse por resolucion del titular del pliego; Que, en consecuencia, la aplicacion del MORDAZA legal vigente conlleva a que no se pueda continuar con la ejecucion de los proyectos a cargo de la Presidencia del Consejo de Ministros, a traves del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, lo que pone en serio riesgo la consecucion de los objetivos de dichos proyectos, repercutiendo en la incidencia que los mismos tienen en la economia nacional, especialmente en relacion a la poblacion afectada por la extrema pobreza; Que, por otro lado, las medidas extraordinarias dictadas por el Decreto de Urgencia Nª 012-2011 orientadas al fortalecimiento del Fondo de Estabilizacion Fiscal, a la generacion de mayor ahorro publico y a la reduccion del ritmo de crecimiento del gasto publico, y especificamente las disposiciones contenidas en el numeral 6.2 del articulo 6º de dicho Decreto de Urgencia establecen, hasta el primer semestre del presente ano fiscal, limites a los Pliegos del Gobierno Nacional y Pliegos de los Gobiernos Regionales para autorizar compromisos en bienes y servicios y gastos de capital, en 40% y 25% de la programacion de Compromisos Anual (PCA) para dichas genericas de gastos y categorias de gastos, respectivamente, vigente a la fecha del citado Decreto de Urgencia; Que, la aprobacion de la MORDAZA MORDAZA senalada impide que ante el vencimiento del plazo de los Convenios de Administracion de Fondos suscritos por la Presidencia del Consejo de Ministros con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo ­ PNUD, los proyectos enmarcados en dichos Convenios y que venian ejecutandose a traves de este mecanismo, puedan ser asumidos directamente por el Pliego Presidencia del Consejo de Ministros en atencion al interes superior que subyace en la expedicion del Decreto de Urgencia Nº 0122011; Que, en tal sentido, es urgente y necesario dictar medidas economicas y financieras, de caracter extraordinario, que permitan la continuidad en la ejecucion de las actividades desarrolladas en el MORDAZA de los proyectos a cargo de la Presidencia del Consejo de Ministros contemplados en los Convenios de Administracion de Fondos suscritos con

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