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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ABRIL DEL AÑO 2011 (24/04/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 3

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 24 de abril de 2011 441487 el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, incorporando en la Sexagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, la autorización a la Presidencia del Consejo de Ministros para modifi car los citados Convenios y extender su vigencia, con carácter excepcional, hasta el 31 de diciembre de 2011; En uso de las facultades conferidas por el numeral 19) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la República; DECRETA: Artículo 1.- Objeto La presente norma establece medidas extraordinarias y excepcionales en materia económica y fi nanciera orientadas a incorporar en la Sexagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, la autorización a la Presidencia del Consejo de Ministros para modifi car los Convenios de Administración de Fondos suscritos entre la Presidencia del Consejo de Ministros y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, aprobados con Resolución Suprema N° 434-2002-PCM y Resolución Suprema N° 254-2002- PCM. Para tal efecto, se deberá contar previamente con el informe técnico favorable de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros, sobre las ventajas y benefi cios de las modifi caciones, así como de la disponibilidad de los recursos para su fi nanciamiento. Las modifi caciones a los Convenios de Administración de Fondos suscritos entre la Presidencia del Consejo de Ministros y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, serán aprobadas por Resolución del Titular del Pliego. Artículo 2º.- Financiamiento La implementación de lo dispuesto en el artículo 1° de la presente norma será con cargo al presupuesto institucional del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 3°.- Transparencia y rendición de cuentas Las contrataciones realizadas al amparo de la presente norma deberán estar incluidas en el Plan Anual de Contrataciones de la Presidencia del Consejo de Ministros. La convocatoria de los procesos que realice el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, los montos y contratos celebrados serán registrados en el portal institucional de la entidad y en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado - SEACE. Asimismo, se publicará en el portal institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros la ejecución de los gastos, el cumplimiento de las metas y los resultados de las acciones realizadas en el marco de los respectivos proyectos. La Presidencia del Consejo de Ministros, bajo responsabilidad de su Titular, deberá proveer mensualmente información respecto a las contrataciones realizadas, a la Contraloría General de la República y al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, sin perjuicio de aquella información que sea solicitada por estas entidades. Artículo 4º.- Disposición derogatoria Deróguense y/o déjense en suspenso las disposiciones legales que se opongan a la presente norma o limiten su aplicación. Artículo 5º.- Vigencia El presente decreto de urgencia tendrá vigencia desde el día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”, hasta el 31 de diciembre de 2011. Artículo 6º.- Refrendo El presente decreto de urgencia será refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de abril del año dos mil once. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Economía y Finanzas 631755-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de representantes del Ministerio a EE.UU. para participar en reunión que tiene por objeto revisar el cumplimiento del Anexo Forestal y el Capítulo Ambiental del Acuerdo de Promoción Comercial Perú - Estados Unidos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 113-2011-MINCETUR/DM Lima, 14 de abril de 2011 CONSIDERANDO: Que, en el marco del Acuerdo de Cooperación Ambiental Perú – Estados Unidos, se realizará una reunión con funcionarios de la Ofi cina del Representante Comercial estadounidense (USTR), en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, los días 27 y 28 de abril de 2011; Que, dicha reunión tiene por objeto revisar el cumplimiento del Anexo Forestal y el Capítulo Ambiental del Acuerdo de Promoción Comercial Perú – Estados Unidos; Que, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice el viaje a la ciudad de Washington D.C., de los señores Álvaro Manuel Díaz Bedregal y Jaime Ricardo Dupuy Ortiz de Zevallos, profesionales que prestan servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, participen en la mencionada reunión; Que, el MINCETUR es el organismo público responsable en materia de negociaciones comerciales internacionales, en coordinación con los demás sectores del Gobierno en el ámbito de sus respectivas competencias; Que, la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de los acuerdos comerciales de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del titular de la entidad; De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores Álvaro Manuel Díaz Bedregal y Jaime Ricardo Dupuy Ortiz de Zevallos, profesionales que prestan servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, a la ciudad de