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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE AGOSTO DEL AÑO 2011 (01/08/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 19

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 1 de agosto de 2011 447819 Índice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional, correspondiente al mes de julio de 2011 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 177-2011-INEI Lima, 31 de julio de 2011 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Estadística e Informática INEI, elabora el Índice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional, adoptando como período Base: Año 1994 = 100,00; Que, es necesario disponer la publicación de la Variación Mensual y Acumulada del Índice de Precios al Por Mayor a Nivel Nacional del mes de julio de 2011, y del Boletín Mensual de Indicadores de Precios de la Economía, que contiene la información ofi cial del Índice de Precios al Por Mayor; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604, “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el Índice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional con la Base: Año 1994= 100,00, correspondiente al mes de julio de 2011, así como su variación mensual y acumulada. AÑO / MES NÚMERO ÍNDICE VARIACIÓN PORCENTUAL MENSUAL ACUMULADA 2011 ENERO FEBRERO MARZO ABRIL MAYO JUNIO JULIO 199,037811 200,302465 201,637761 203,876631 204,490161 205,114189 205,768003 0,97 0,64 0,67 1,11 0,30 0,31 0,32 0,97 1,62 2,29 3,43 3,74 4,06 4,39 Artículo 2°.- Aprobar la publicación del Boletín Mensual de Indicadores de Precios de la Economía, que contiene la Información Ofi cial del Índice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional, correspondiente al mes de julio de 2011. Regístrese y comuníquese. ALEJANDRO VÍLCHEZ DE LOS RÍOS Jefe 671602-2 GOBIERNOS LOCALES PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Aprueban el “Programa de Segregación en la Fuente como parte del Proceso de Recolección de Residuos Sólidos Domiciliarios en la Provincia Constitucional del Callao” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 000010-2011-MPC-ALC Callao, 26 de julio de 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO VISTO: el “Programa de Segregación en la Fuente como parte del Proceso de Recolección de Residuos Sólidos Domiciliarios en la Provincia Constitucional del Callao”, propuesto por la Empresa de Servicio Limpieza Municipal Pública del Callao; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece en su artículo 73 inciso 2 numeral 2.1, dentro del marco de competencias y funciones específi cas de los gobiernos locales en el rubro de servicios públicos locales, la de saneamiento ambiental, salubridad y salud, asimismo, según el numeral 2.4 las municipalidades son competentes para crear programas sociales, además de acuerdo al inciso 3 numeral 3.1 en relación a la protección y conservación del ambiente, son competentes para formular, aprobar, ejecutar y monitorear los planes y políticas locales en materia ambiental, ello también en observancia al numeral 3.3 de la misma norma, que señala la promoción de la educación e investigación ambiental en su localidad e incentiva a la participación ciudadana en todos sus niveles; Que, la Ley General de Residuos Sólidos, Ley 27314, en su artículo 43 señala que: “Las autoridades sectoriales y municipales establecerán condiciones favorables que directa o indirectamente generen un benefi cio económico, a favor de aquellas personas o entidades que desarrollen acciones de minimización, segregación de materiales en la fuente para su reaprovechamiento o de inversión en tecnología y utilización de prácticas, métodos o procesos que coadyuven a mejorar el manejo de los residuos sólidos en los sectores económicos y actividades vinculadas con su generación; Que, de acuerdo al Decreto Legislativo Nº 1065, que modifi ca la Ley General de Residuos Sólidos, Ley 27314, las municipalidades son responsables por la gestión de los residuos sólidos de origen domiciliario, comercial y de aquellas actividades que generen residuos sólidos similares a éstos, en todo el ámbito de su jurisdicción; Que, teniendo en cuenta que una gestión efi ciente considera a los residuos sólidos como un recurso y su aprovechamiento como una actividad rentable ecológica y económicamente, lo que signifi ca un cambio radical en el enfoque del manejo de residuos que pasa de recolectarlos para su disposición fi nal a segregarlos para su utilización como materia prima en diferentes procesos productivos limpios, incluida la generación de energía; Que, en tal sentido, resulta necesario aprobar el Programa de Segregación en la Fuente como parte del Proceso de Recolección de Residuos Sólidos Domiciliarios; Estando a lo expuesto, con el Informe Nº 281-2011- MPC-GGAJC de la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el “Programa de Segregación en la Fuente como parte del Proceso de Recolección de Residuos Sólidos Domiciliarios en la Provincia Constitucional del Callao”, el cual forma parte integrante del presente Decreto. Artículo Segundo.- DISPONER que la Gerencia General de Protección del Medio Ambiente implemente el “Programa de Segregación en la Fuente como parte del Proceso de Recolección de Residuos Sólidos Domiciliarios”, en la Provincia Constitucional del Callao. Artículo Tercero.- REMITIR copia del presente Decreto de Alcaldía al Sistema de Información de Gestión de Residuos Sólidos SIGERSOL – Ministerio del Ambiente, para los fi nes pertinentes. Artículo Cuarto.- ENCARGAR la difusión del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia General de Relaciones Públicas de la Municipalidad. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. JUAN SOTOMAYOR GARCIA Alcalde 671496-1