Norma Legal Oficial del día 13 de agosto del año 2011 (13/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 13 de agosto de 2011

Adjunta de Aduanas y a la Asociacion Peruana de Agentes Maritimos, para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente General Autoridad Portuaria Nacional 677216-1

Que, el Articulo 1 del Decreto Supremo Nº 0162005-MTC de fecha 29 de junio de 2005, establece que conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 27943 ­ Ley del Sistema Portuario Nacional y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 033-2004-MTC, que los procedimientos establecidos en el Decreto Supremo Nº 010-99-MTC, con excepcion de aquellos relativos a las Agencias Generales, son de competencia de la Autoridad Portuaria Nacional; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 010-99MTC (09/04/1999), se aprobo el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 707, en el cual se establecen los requisitos y procedimientos que deben cumplir las Agencias Maritimas, Fluviales y Lacustres, Empresas y Cooperativas de Estiba y Desestiba, para poder obtener sus licencias y/o prorrogas, para ejercer sus actividades en los puertos autorizados; Que, mediante Resolucion de Gerencia General publicada en el Diario Oficial El Peruano, se MORDAZA a conocer semestralmente, la relacion de Agencias y Empresas de Estiba autorizadas a ejercer sus actividades en el periodo 2010, en cada puerto autorizado; Que, en cumplimiento al dispositivo legal MORDAZA mencionado, es necesario emitir la Resolucion de Gerencia General correspondiente para dar a conocer la relacion de las Agencias Maritimas, Agencias Fluviales, Agencias Lacustres, Empresas y Cooperativas de Estiba y Desestiba, a las que se les ha autorizado la prorroga de sus licencias; asi como aquellas a las que se les ha otorgado nuevas licencias en el transcurso del presente ano; Que, la Direccion de Operaciones y Medio Ambiente mediante el Informe Nº 370-2011-APN/DOMA de fecha 08 de MORDAZA de 2011, emitio opinion favorable para la publicacion en el Diario Oficial El Peruano; Que, de acuerdo a la evaluacion legal recaida en el Informe Legal Nº 634-2010-APN/UAJ de fecha 27 de MORDAZA de 2011, se concluye que es procedente la publicacion de la relacion de las Agencias Maritimas, Fluviales y Lacustres, Empresas y Cooperativas de Estiba y Desestiba en el Diario Oficial El Peruano; De conformidad con la Ley del Sistema Portuario Nacional - Ley Nº 27943 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC; Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la APN, aprobado por el Decreto Supremo Nº 034-2004MTC; Texto Unico de Procedimientos Administrativos MORDAZA de la APN, aprobado por Decreto Supremo Nº 0162005-MTC; Decreto Supremo Nº 010-99-MTC; y demas normas modificatorias y complementarias. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar a conocer la relacion de las Agencias Maritimas, Fluviales y Lacustres senaladas en el Anexo 1, que forma parte de la presente resolucion, y las Empresas y Cooperativas de Estiba y Desestiba senaladas en el Anexo 3, que forma parte de la presente resolucion, a las que se les ha otorgado la prorroga de sus respectivas licencias, para que continuen ejerciendo legalmente sus actividades, desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre del 2011, en los puertos que se especifica en cada caso. Articulo 2º.- Dar a conocer la relacion de las Agencias Maritimas, Fluviales y Lacustres senaladas en el Anexo 2, que forma parte de la presente resolucion, y las Empresas y Cooperativas de Estiba y Desestiba senaladas en el Anexo 4, que forma parte de la presente resolucion, a las que se les ha otorgado nuevas licencias, para ejercer sus actividades hasta el 31 de diciembre de 2011. Articulo 3º.- Los Anexos 1, 2, 3 y 4 que forman parte de la presente Resolucion seran publicados en el MORDAZA Electronico de la Autoridad Portuaria Nacional, en la misma fecha de la publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 4º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, Empresa Nacional de Puertos S.A., APM Terminals Callao S.A., DP World Callao S.R.L., Terminales Portuarios Euroandinos Paita S.A.A, Terminal Internacional del Sur S.A., Superintendencia Nacional

VIVIENDA
Aceptan renuncia de Asesor de la Secretaria General del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 170-2011-VIVIENDA MORDAZA, 12 de agosto de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 062-2011VIVIENDA, se designo al senor abogado MORDAZA Patino MORDAZA, en el cargo de Asesor de la Secretaria General del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Que, el mencionado funcionario ha formulado renuncia al cargo que venia desempenando, por lo que resulta necesario dictar el acto de administracion aceptando la misma; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos, la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, y la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia formulada por el senor abogado MORDAZA Patino MORDAZA, al cargo de Asesor de la Secretaria General del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 677205-1

ORGANISMOS EJECUTORES AGENCIA PERUANA DE COOPERACION INTERNACIONAL
Aceptan renuncia de Jefa de la Oficina General de Administracion de la APCI
RESOLUCION DIRECTORAL EJECUTIVA N° 075-2011/APCI-DE Miraflores, 11 de agosto de 2011 VISTA: La carta s/n, de fecha 8 de agosto de 2011, remitida por la senora abogada MORDAZA MORDAZA La MORDAZA MORDAZA Bayes de MORDAZA, Jefa de la Oficina General de Administracion a la Direccion Ejecutiva de la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional (APCI);

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