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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 3 de enero de 2011 433445 a cargo de la Subgerencia de Contabilidad, cautelando el plazo previsto en la normatividad vigente. 38. Cautelar que las observaciones de los órganos de control, auditoría interna, externa y otros de su competencia, se implementen adecuadamente y dentro del ejercicio fi scal que corresponda. 39. Organizar, programar, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar, proponer normas y controlar las actividades del sistema de planeamiento fi nanciero de la Municipalidad Metropolitana de Lima defi nidas en el Reglamento de Organización y Funciones, como soporte de la Gerencia de Finanzas. 40. Dar cumplimiento a otras funciones propias de su competencia que le asigne o delegue el Gerente de Finanzas o nivel superior.” “Artículo 62°.- La Subgerencia de Presupuesto es un órgano de la Gerencia de Finanzas responsable de conducir el Proceso Presupuestario de la Municipalidad Metropolitana de Lima, en el marco de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley de Presupuesto del Sector Público. Está a cargo de un Subgerente quien depende del Gerente de Finanzas.” “Artículo 63°.- Son funciones y atribuciones de la Subgerencia de Presupuesto las siguientes: 1. Programar, dirigir, coordinar, controlar, supervisar los procesos de formulación, evaluación y control del Presupuesto de la Municipalidad Metropolitana de Lima, así como proponer normas y directivas. 2. Programar, dirigir, coordinar y supervisar las actividades propias de la Subgerencia de Presupuesto. 3. Proponer las políticas y acciones necesarias para una adecuada distribución de los recursos presupuestarios institucionales, a nivel de la Municipalidad Metropolitana de Lima. 4. Elaborar el proyecto de presupuesto de ingresos, gastos e inversiones de la Municipalidad Metropolitana de Lima, teniendo en cuenta los requerimientos planteados por los centros de costos y lo acordado por la Comisión de Presupuesto, de la cual forma parte. 5. Consolidar la información del Anteproyecto, Proyecto y Presupuesto de la Municipalidad Metropolitana de Lima. 6. Elaborar y proponer las Modifi caciones Presupuestarias en forma consolidada a nivel de Pliego Presupuestario Municipalidad Metropolitana de Lima. 7. Elaborar informes de Evaluación Presupuestaria de la Municipalidad Metropolitana de Lima, de acuerdo a la normatividad establecida para el Proceso Presupuestario. 8. Coordinar con la Subgerencia de Contabilidad la información necesaria para la evaluación de la ejecución presupuestaria por Unidades Ejecutoras y Centros de Costos aprobados. 9. Coordinar con los Organismos vinculados al Sistema Presupuestario, los aspectos relacionados a las fases del Proceso Presupuestario de la Municipalidad Metropolitana de Lima. 10. Coordinar con los Centros de Costos de la Municipalidad Metropolitana de Lima la presentación de información de carácter presupuestario de acuerdo a la normatividad correspondiente al Sistema Presupuestario. 11. Proponer normas, directivas y otros dispositivos legales inherentes al Sistema Presupuestario de la Municipalidad Metropolitana de Lima. 12. Coordinar con la Gerencia de Planifi cación y los centros de costos los requerimientos de evaluación y control presupuestal de la Municipalidad. 13. Difundir a los Centros de Costos de la Municipalidad Metropolitana de Lima medidas de Austeridad y Racionalidad del gasto que establezca el Órgano Rector del Sistema Presupuestario y la Municipalidad Metropolitana de Lima. 14. Elaboración y presentación de información de carácter presupuestario que requiera la Municipalidad Metropolitana de Lima para la toma de decisiones así como la Dirección General de Presupuesto Público. 15. Formular y proponer a la Gerencia de Finanzas los lineamientos de política institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima y a nivel Corporativo, en materia de Presupuesto. 16. Revisar el Plan Anual de Inversiones y su fi nanciamiento, informando los recursos disponibles para fi nanciar inversiones. 17. Dar cumplimiento a otras funciones propias de su competencia que le asigne o delegue el Gerente de Finanzas o nivel superior. 18. Centralizar la información de carácter presupuestario de los Organismos Públicos Descentralizados y Empresas Municipales de la Municipalidad Metropolitana de Lima. 19. Presentar a la Gerencia de Finanzas los reportes de Información Presupuestaria establecida en la Ley y normas vigentes, así como reportes de gestión presupuestaria correspondientes. 20. Proporcionar oportunamente a la Subgerencia de Planeamiento Financiero, información de la Subgerencia a su cargo, para la Memoria Anual de la Gerencia de Finanzas, en coordinación con las áreas que la conforman. 21. Cautelar que las observaciones de los órganos de control, auditoría interna, externa y otros de su competencia, se implementen adecuadamente y dentro del ejercicio fi scal que corresponda. 22. Organizar, programar, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar, proponer normas y controlar las actividades del sistema de presupuesto de la Municipalidad Metropolitana de Lima defi nidas en el Reglamento de Organización y Funciones, como soporte de la Gerencia de Finanzas. 23. Dar cumplimiento a otras funciones propias de su competencia que le asigne o delegue el Gerente de Finanzas o nivel superior.” “Artículo 64°.- La Subgerencia de Tesorería es un órgano de la Gerencia de Finanzas, responsable de conducir el Sistema de Tesorería de la Municipalidad Metropolitana de Lima en el marco de la Ley General del Sistema Nacional de Tesorería y de las normas y procedimientos complementarios que dicte la Municipalidad Metropolitana de Lima orientados a la administración de los fondos de la Municipalidad. Está a cargo de un Subgerente quien depende del Gerente de Finanzas.” “Artículo 65°.- Son funciones y atribuciones de la Subgerencia de Tesorería las siguientes: 1. Dirigir, proponer normas y supervisar el funcionamiento del Sistema de Tesorería a nivel de las Dependencias Municipales. 2. Evaluar las necesidades de fi nanciamiento a corto plazo. 3. Administrar los fondos a su cargo, en función a la política aprobada por la Gerencia de Finanzas. 4. Proponer para su aprobación en el nivel respectivo, las normas y procedimientos técnicos para el desarrollo del Sistema de Tesorería. 5. Coordinar con la Subgerencia de Presupuesto y Subgerencia de Contabilidad, la atención de los requerimientos de fondos a nivel de las Dependencias Municipales. 6. Mantener el nivel de la disponibilidad de fondos que permita efectuar las provisiones correspondientes, en relación a la captación de ingresos, coordinando con la Subgerencia de Planeamiento Financiero Corporativo. 7. Autorizar y controlar la apertura de cuentas bancarias a nivel de gastos corrientes y gastos de inversión, en concordancia con la política establecida por la Gerencia de Finanzas. 8. Informar a la Gerencia de Finanzas y al Comité de Colocaciones, el total de recursos administrados por la Tesorería, así como también los fondos disponibles