Norma Legal Oficial del día 03 de enero del año 2011 (03/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, lunes 3 de enero de 2011

NORMAS LEGALES

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Nº 005-2005-MTC, el plazo MORDAZA de vigencia de una autorizacion es de diez (10) anos, renovable por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos; Que, los articulos 69º, 70º y 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television establecen las condiciones y requisitos aplicables a los procedimientos de renovacion de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion; Que, el articulo 68º de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 003-2010-MTC, dispone que la solicitud de renovacion puede presentarse hasta el dia de vencimiento del plazo de vigencia de la respectiva autorizacion. Asimismo, establece que se entendera por solicitud presentada al hecho que los titulares de autorizaciones para prestar servicios de radiodifusion, a la fecha del termino de su vigencia, se encuentren operando y ademas que esten al dia en sus pagos o cuenten son solicitud o con fraccionamiento vigente; Que, la ASOCIACION CULTURAL TOQUEPALA, mediante escrito de registro Nº 2009-015233, del 30 de MORDAZA de 2009, reiterado con escrito de registro Nº 2010013046, del 31 de marzo de 2010, solicito la renovacion de la autorizacion que le fue otorgada por Resolucion Viceministerial Nº 456-2006-MTC/03, para continuar prestando el servicio de radiodifusion sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Toquepala, departamento de Tacna; Que, mediante Memorandos Nºs 3269-2009-MTC/29 y 1751-2010-MTC/29, del 16 de MORDAZA de 2009 y 19 de MORDAZA de 2010, respectivamente, la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones hizo suyos y remite los Informes Nºs 3391-2009-MTC/29.02 y 21652010-MTC/29.02, mediante los cuales la Coordinacion de Monitoreo e Inspecciones de Comunicaciones, da cuenta de los resultados de la inspeccion tecnica realizada a la estacion el dia 22 de junio de 2009, concluyendo que el resultado de la inspeccion tecnica es favorable y que la solicitante viene cumpliendo con el objetivo y programacion de su proyecto de comunicacion; Que, la ASOCIACION CULTURAL TOQUEPALA, sus asociados, Consejo Directivo y representante legal, no se encuentran comprendidos en las causales de denegatoria establecidas en el articulo 23º de la Ley de Radio y Television, para que se deniegue la renovacion de la autorizacion, segun declaraciones juradas presentadas, las mismas que se encuentran sujetas a fiscalizacion posterior. Asimismo, la citada asociacion ha presentado los requisitos conforme a lo establecido en la Ley de Radio y Television, su Reglamento y en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de este Ministerio - MORDAZA, para que proceda la renovacion de la autorizacion; Que, de acuerdo al Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias para el servicio de radiodifusion sonora en Frecuencia Modulada (FM), para las localidades correspondientes al departamento de Tacna, aprobado con Resolucion Viceministerial Nº 084-2004-MTC/03, modificado con Resoluciones Viceministeriales Nº 084-2008-MTC/03, ratificado con Resolucion Viceministerial Nº 746-2008MTC/03 y modificado con Resoluciones Viceministeriales Nº 120-2009-MTC/03, Nº 233-2010-MTC/03 y Nº 736-2010MTC/03, se advierte que dentro de la localidad denominada Toquepala, se incluye al distrito de Ilabaya, provincia de MORDAZA Basadre, departamento de Tacna; Que, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 5344-2010MTC/28, considera que procede otorgar a la ASOCIACION CULTURAL TOQUEPALA, la renovacion de la autorizacion renovada por Resolucion Viceministerial Nº 456-2006MTC/03, toda vez que cumple las condiciones y requisitos establecidos para el procedimiento de renovacion de autorizacion; De conformidad con la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, con sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 003-2010MTC, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modificatorias; y,

Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la ASOCIACION CULTURAL TOQUEPALA la renovacion de la autorizacion renovada con Resolucion Viceministerial Nº 456-2006-MTC/03, para que continue prestando el servicio de radiodifusion sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Toquepala, departamento de Tacna. Articulo 2º.- La renovacion de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente, se otorga por el plazo de diez (10) anos, contados a partir del vencimiento del plazo otorgado mediante Resolucion Viceministerial Nº 456-2006-MTC/03, en consecuencia, vencera el 03 de MORDAZA de 2019. Articulo 3º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion y canon anual, caso contrario, la autorizacion quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo pertinente. Articulo 4º.- La titular de la presente autorizacion esta obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual debera adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estacion radioelectrica no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles fijados, asi como efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, para los fines de su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 582440-1

ORGANISMOS REGULADORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Proyecto de Resolucion de Consejo Directivo que contiene la propuesta de "Modificacion del articulo 7º de la Directiva sobre Contribuciones Reembolsables efectuadas por Terceros para Inversiones en los Servicios de Saneamiento"
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 056-2010-SUNASS-CD MORDAZA, 27 de diciembre de 2010 VISTO: El Informe Nº 036-2010-SUNASS/100 presentado por la Gerencia de Politicas y Normas, que contiene la propuesta de "Modificacion del articulo 7º de la Directiva sobre Contribuciones Reembolsables efectuadas por Terceros para Inversiones en los Servicios de Saneamiento", aprobada por Resolucion de Consejo Directivo Nº 046-2010-SUNASS-CD y su correspondiente Exposicion de Motivos;

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