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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE ENERO DEL AÑO 2011 (03/01/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 30

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 3 de enero de 2011 433446 a ser ofertados en el Sistema Financiero, a fi n de optimizar y controlar el rendimiento de los recursos. 9. Gestionar las cartas fi anzas, cartas de crédito y otros documentos comerciales, en función a los requerimientos de las áreas solicitantes; así como también cautelar su vigencia. 10. Supervisar en las dependencias municipales y órganos desconcentrados, la correcta aplicación de las normas de Tesorería vigentes, informando a la Gerencia Finanzas sobre medidas a adoptarse de ser necesario. 11. Entregar a la Subgerencia de Contabilidad la información contable que genera el Sistema de Tesorería, para efectos de conciliación mensual. 12. Ejecutar las operaciones de tesorería, centralizando la recepción y control de los ingresos municipales; así como su utilización, de conformidad con las normas vigentes aplicables y disposiciones de la Alta Dirección. 13. Analizar y evaluar la relación ingreso – gasto, proponiendo medidas relacionadas con la obtención y utilización de los recursos fi nancieros determinando la posición de saldos. 14. Coordinar y ejecutar las transferencias de los recursos fi nancieros, de acuerdo a la normatividad legal aplicable y política establecida por los niveles correspondientes. 15. Formular los documentos normativos, de acuerdo con la normatividad vigente y política institucional aplicable al sistema de tesorería, considerando procedimientos a ejecutar, pagos y otras funciones. 16. Realizar el registro, custodia, control y expendio de documentos valorados. 17. Realizar el registro, custodia y control de las cartas fi anzas, garantías y otros valores de la Municipalidad Metropolitana de Lima. 18. Ejecutar, supervisar y controlar los convenios y compromisos fi nancieros de la Municipalidad Metropolitana de Lima. 19. Controlar y verificar la liquidación en forma posterior de, los desembolsos por Caja Chica y Fondos Especiales, proponiendo normas y directivas orientadas a mejorar la administración y control de estos Fondos. 20. Verifi car, custodiar y controlar el correcto manejo del archivo de tesorería, ajustándose a la normatividad vigente. 21. Coordinar con la Subgerencia de Personal, respecto de los trabajadores y pensionistas impedidos o con graves problemas de salud, a fi n de brindarles las facilidades que correspondan para el pago de sus remuneraciones y/o pensiones, considerando pagos en efectivo en su centro de labor y/o domicilio. 22. Dar cumplimiento a las obligaciones contractuales derivados de los contratos de crédito; de la deuda por títulos valores públicos; corrección monetaria y cambiaria de la deuda contratada y; corrección monetaria de títulos valores. 23. Solicitar avances en cuentas bancarias y cualquier otro tipo de operación bancaria, activos y pasivo, informando a la Gerencia de Finanzas. 24. Solicitar exoneraciones tributarias ante la SUNAT, y cautelar el pago oportuno de impuestos o tributos correspondientes a la Municipalidad Metropolitana de Lima. 25. Autorizar la devolución de tributos y otros recursos Municipales, dispuestos por el SAT y, proceder a la suscripción del convenio respectivo, previa verifi cación de lo solicitado. 26. Administrar el fl ujo de los ingresos y egresos de la Municipalidad y de los títulos valores que comprende la Administración Financiera. 27. Cautelar el correcto uso y destino de los recursos obtenidos con operaciones de endeudamiento, tal como haya sido aprobado por el Concejo Metropolitano. 28. Aprobar los términos de referencia y/o Especifi caciones Técnicas, que estén relacionados a su área. 29. Suscribir en forma conjunta con el Gerente de Finanzas los contratos de Fideicomiso, administración del Patrimonio, endeudamiento, titularizaciones y garantías de demandas con la banca y el sistema fi nanciero nacional autorizados, por el Concejo Metropolitano. 30. Formular y proponer a la Gerencia de Finanzas los lineamientos de política institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima y a nivel Corporativo, en materia de Tesorería. 31. Revisar los Estados Financieros para establecer la disponibilidad de recursos de inversión disponibles y proponer su posición ante el Gerente de Finanzas. 32. Tomar las acciones correspondientes para atender en forma oportuna pasivos provisionados y no pagados, considerando la antigüedad de los mismos, informando a la Gerencia de Finanzas. 33. Conciliar mensualmente con la Subgerencia de Contabilidad los saldos de la cuenta Caja Bancos, informando a la Subgerencia de Planeamiento Financiero. 34. Conciliar mensualmente con la Subgerencia de Contabilidad la ejecución presupuestal por fuente de fi nanciamiento y los correspondientes saldos de balance, cautelando la integridad de los fondos de la Municipalidad Metropolitana de Lima. 35. Coordinar con la Subgerencia de Contabilidad la atención oportuna de pasivos provisionados y no pagados, considerando la antigüedad de los mismos, informando a la Gerencia de Finanzas. 36. Conciliar con la Subgerencia de Contabilidad la información relacionada a Transferencias y Rendiciones por tipo de obra, verifi cando que los saldos no rendidos en el módulo de inversiones concilien con los saldos contables, e informando a la Gerencia discrepancias. 37. Proporcionar oportunamente a la Subgerencia de Planeamiento Financiero, información de la Subgerencia a su cargo, para la Memoria Anual de la Gerencia de Finanzas, en coordinación con las áreas que la conforman. 38. Cautelar que las observaciones de los órganos de control, auditoría interna, externa y otros de su competencia, se implementen adecuadamente y dentro del ejercicio fi scal que corresponda. 39. Organizar, programar, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar, proponer normas y controlar las actividades del sistema de tesorería de la Municipalidad Metropolitana de Lima defi nidas en el Reglamento de Organización y Funciones, como soporte de la Gerencia de Finanzas. 40. Dar cumplimiento a otras funciones propias de su competencia que le asigne o delegue el Gerente de Finanzas o nivel superior.” “Artículo 66°.- La Subgerencia de Contabilidad es un órgano de la Gerencia de Finanzas, responsable de conducir el Sistema de Contabilidad de la Municipalidad Metropolitana de Lima en el marco de la Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad y de las normas y directivas que complementariamente dicte la Municipalidad Metropolitana de Lima, orientadas a fortalecer la administración del sistema de contabilidad de la Municipalidad. Está a cargo de un Subgerente quien depende del Gerente de Finanzas.” “Artículo 67.- Son funciones y atribuciones de la Subgerencia de Contabilidad las siguientes: 1. Programar, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar, controlar y evaluar el funcionamiento del Sistema Contable de la Municipalidad Metropolitana de Lima. 2. Planear, organizar y proponer normas y procedimientos para el desarrollo de las actividades del sistema de Contabilidad de la Municipalidad Metropolitana de Lima, considerando además su aplicación con enfoque corporativo. 3. Evaluar y supervisar las actividades de incidencia contable de la ejecución presupuestal de los diferentes Centros de Costos, Órganos Desconcentrados