Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2011 (13/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, jueves 13 de enero de 2011

NORMAS LEGALES

434051

de las Oficinas de Planificacion y Desarrollo Institucional, de Administracion y de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del M.V. Janios MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director de la Subdireccion de Cuarentena Animal de la Direccion de Sanidad Animal, y de la Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Especialista en Exportaciones de la Subdireccion de Cuarentena Vegetal de la Direccion de Sanidad Vegetal, a la MORDAZA de Panama, del 19 al 21 de enero de 2011, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion se efectuaran con cargo a los recursos presupuestales del Pliego 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria, de acuerdo al siguiente detalle: Medico Veterinario Janios MORDAZA MORDAZA Valle: Pasaje aereo Viaticos (US$ 200 x 3 dias) Tarifa CORPAC TOTAL US$ 1 110.96 US$ 600.00 US$ 30.25 -------------------US$ 1 741.21

Ingeniera MORDAZA MORDAZA MORDAZA Garcia: Pasaje aereo Viaticos (US$ 200 x 3 dias) Tarifa CORPAC TOTAL US$ 1 110.96 US$ 600.00 US$ 30.25 --------------------US$ 1 741.21

Articulo 3º.- El cumplimiento de la presente Resolucion no otorgara derecho a exoneracion o liberacion del pago de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 4º.- Dentro de los quince (15) dias calendarios siguientes a su retorno del MORDAZA, los trabajadores cuyo viaje se autoriza deberan presentar al Titular del Pliego un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el evento en el que participaran; asi tambien deberan presentar la correspondiente rendicion de cuentas, de acuerdo a ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA Jefe Servicio Nacional de Sanidad Agraria

588475-1

DEFENSA
Ratifican a diversos Vocales Supremos y a Fiscal Supremo del Fuero Militar Policial
RESOLUCION SUPREMA N° 009-2011-DE/
MORDAZA, 12 de enero de 2011 CONSIDERANDO Que, el articulo 139° inciso 1 de la Constitucion Politica del Peru determina la unidad y exclusividad de la funcion jurisdiccional y que no existe ni puede establecerse jurisdiccion alguna independiente, con excepcion de la militar y la arbitral; Que, asimismo, el articulo 167° de la Carta Magna establece que el Presidente de la Republica es el Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional; Que, conforme al articulo 9° de la Ley Nº 29605, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa, el Ministro de Defensa es la mas alta autoridad politica del Sector, responsable de formular, normar, coordinar, ejecutar, conducir y supervisar la politica de seguridad y defensa nacional, y quien emite resoluciones ministeriales en asuntos que le corresponden conforme a ley; Que, de acuerdo con lo dispuesto por el articulo 8° de la Ley Nº 29334, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior, el Ministro del Interior es la MORDAZA autoridad

del Sector y como tal refrenda los actos presidenciales que atanen a dicho Sector; Que, mediante Resolucion Suprema N° 291-2010DE/SG de 24 de junio de 2010 se nombro en forma excepcional a Oficiales Generales y Almirantes del Cuerpo Juridico Militar Policial en situacion de retiro, para cubrir interinamente los cargos de Vocales Supremos y Fiscales Supremos del Fuero Militar Policial, por no haber en dicho momento disponibilidad de Oficiales Generales o Almirantes en situacion de actividad del Cuerpo Juridico Militar Policial para cubrir como titulares estos cargos; Que, resulta necesario ratificar como magistrados supremos a tres (3) Oficiales Generales o Almirantes en situacion de Retiro, para que conformen la Sala Suprema Revisora y un (1) Oficial General en situacion de Retiro para que ejerza como Fiscal Supremo General, conforme a las disposiciones del Decreto Legislativo Nº 1096, que modifica diversos articulos de la Ley Nº 29182, Ley de Organizacion y Funciones del Fuero Militar; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 29182, Ley de Organizacion y Funciones del Fuero Militar Policial, modificado por Decreto Legislativo Nº 1096, establece que el Fuero Militar Policial es unico y ejerce jurisdiccion en el ambito nacional, a traves de sus organos jerarquicamente organizados; siendo su Consejo Ejecutivo el MORDAZA organo de gobierno y administracion; Que, acorde a lo previsto por el articulo 9º de la acotada Ley Nº 29182, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1096, el Tribunal Supremo Militar Policial esta conformado por nueve (9) vocales supremos, quienes integran la Sala Suprema Revisora, la Sala Suprema de MORDAZA, la Vocalia Suprema y la Direccion del Centro de Altos Estudios de Justicia Militar; Que, en el mismo sentido el articulo 24º de la Ley Nº 29182, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1096, senala que la Fiscalia Suprema Militar Policial es el organo que dirige y orienta el ejercicio de la funcion fiscal en el Fuero Militar Policial, y esta integrada por tres (3) Fiscales Supremos, todos Oficiales Generales o Almirantes del Cuerpo Juridico Militar Policial; Que, el articulo 2º del Decreto Legislativo Nº 1096, estipula que la organizacion del Tribunal Supremo Militar Policial y de la Fiscalia Suprema Militar Policial entra en vigencia el 01 de enero de 2011; Que, por las razones invocadas en el Informe que se acompana al Oficio Nº 143-2010/P/TSMP de fecha 27 de diciembre de 2010, del Secretario General del Tribunal Supremo Militar Policial, procede ­de un lado- dar por concluidas las funciones de algunos Vocales Supremos y Fiscales Supremos del Fuero Militar Policial nombrados mediante Resolucion Suprema Nº 291-2010-DE/SG del 24 de junio de 2010, dandoseles las MORDAZA por los servicios prestados, y ­de otro lado- ratificar a algunos magistrados supremos en situacion de Actividad y Retiro como Vocales Supremos Titulares y Fiscal Supremo General, nombrados en la Resolucion Suprema precitada; Que, el articulo 8º, numeral 2, literal i) de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, dispone que el Presidente de la Republica, en su calidad de Jefe del Poder Ejecutivo tiene la funcion de nombrar y remover a quienes ejerzan altos cargos en el Estado, conforme a ley; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 167º de la Constitucion Politica del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Dar por concluidas, con efectividad a partir del 1 de enero de 2011, las funciones de los Vocales Supremos del Fuero Militar Policial: Mayor General FAP (r) MORDAZA MORDAZA SPARKS MORDAZA y Mayor General FAP (r) MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA, dandoseles las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2°.- Dar por concluidas, con efectividad a partir del 1 de enero de 2011, las funciones de los Fiscales Supremos del Fuero Militar Policial: General PNP (r) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y General PNP (r) MORDAZA MORDAZA TALLA, dandoseles las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 3°.- Ratificar como Vocales Supremos del Fuero Militar Policial a los siguientes Oficiales Generales y Almirantes del Cuerpo Juridico Militar Policial en situacion de Actividad, nombrados mediante Resolucion Suprema Nº 291-2010-DE/SG: - Mayor General FAP MORDAZA MORDAZA VILLAVISENCIO CONSIGLIERI; - General PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA AGUERO; - Contralmirante MORDAZA MORDAZA MORDAZA GAIGE. Articulo 4º.- Ratificar como Vocales Supremos del Fuero Militar Policial a los siguientes Oficiales Generales y

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