Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2011 (13/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

El Peruano MORDAZA, jueves 13 de enero de 2011

Articulo 4º.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la publicacion de la presente resolucion en el MORDAZA de Internet del Ministerio de Salud, en la direccion: http://www.minsa.gob.pe/transparencia/dge_normas.asp Articulo 5º.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 235-2003-SA/DM y los demas dispositivos que se opongan a la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud

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Aprueban "Directiva Administrativa para la Formulacion, Seguimiento, Evaluacion, Reprogramacion y Reformulacion del Plan Operativo Anual 2011 del Pliego 011 - Ministerio de Salud"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 028-2011/MINSA
MORDAZA, 10 de enero del 2011 Visto el Expediente Nº 09-066701-001, que contiene el Informe Nº 123-2010-OGPP-OPGI/MINSA, emitido por la Oficina de Planeamiento y Gestion Institucional Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 652-2009/ MINSA de fecha 25 de setiembre de 2009, se aprobo la Directiva Administrativa Nº 157-MINSA/OGPP V.01, "Directiva Administrativa para la formulacion, seguimiento, evaluacion, reprogramacion y reformulacion del Plan Operativo Anual 2010 del Pliego 011 - Ministerio de Salud"; Que, en el Informe de visto, la Oficina de Planeamiento y Gestion Institucional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto se refiere a los cambios efectuados en el desarrollo del planeamiento estrategico en la Administracion Publica, derivados de la formalizacion del Sistema Nacional de Planeamiento Estrategico conducido por el Centro Nacional de Planeamiento Estrategico (CEPLAN), asi como del "Plan Peru 2021", el cual fija metas de largo plazo con un enfoque de resultados, orientados a la satisfaccion y resolucion de los problemas del ciudadano; Que, en consecuencia, resulta necesario consolidar el MORDAZA de fortalecimiento del ejercicio de la rectoria del Sector Salud e implementar los aspectos tecnicos y operativos en materias de planeamiento que no se encuentran previstos en la Directiva Administrativa MORDAZA senalada, tales como: la actualizacion de los Objetivos Generales para el ano 2011, la incorporacion de nuevos Programas Presupuestarios Estrategicos y la exclusion del MORDAZA de seguimiento de las actividades con apoyo de cooperacion internacional, tarea que es ahora competencia de la Oficina General de Cooperacion Internacional; Que, en tal virtud, se propone aprobar una nueva version de la referida Directiva Administrativa, que incluya las adecuaciones requeridas para el MORDAZA de planeamiento del ano 2011, asi como las disposiciones que permitan consolidar el ejercicio de la rectoria en el Sector Salud por parte del Ministerio de Salud, entre otros aspectos; Que, el proyecto de Directiva Administrativa presentado ha sido elaborado conforme a lo dispuesto en las "Normas para la Elaboracion de Documentos Normativos del Ministerio de Salud", aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 826-2005/MINSA de fecha 24 de octubre de 2005; Que, en atencion a lo expuesto, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente; Con el visado del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Viceministra de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del articulo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud.

Articulo 1º- Aprobar la Directiva Administrativa Nº 170-MINSA/OGPP V.01., "Directiva Administrativa para la Formulacion, Seguimiento, Evaluacion, Reprogramacion y Reformulacion del Plan Operativo Anual 2011 del Pliego 011 - Ministerio de Salud". Articulo 2º- Disponer que la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, a traves de la Oficina de Planeamiento y Gestion Institucional, realice las acciones necesarias con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Directiva Administrativa aprobada por el articulo 1º. Articulo 3º.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la publicacion de la presente resolucion en el MORDAZA de Internet del Ministerio de Salud, en la direccion: http://www.minsa.gob.pe/transparencia/dge_ normas.asp Articulo 4º.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 652-2009/MINSA y los demas dispositivos que se opongan a la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud

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TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Otorgan a Tele Cables Sur Peru E.I.R.L. concesion unica para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones en area que comprende todo el territorio de la Republica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 007-2011-MTC/03
MORDAZA, 4 de enero de 2011 VISTA, la solicitud presentada con Expediente N° 2010-040610 por la empresa TELE CABLES SUR PERU E.I.R.L. sobre otorgamiento de concesion unica para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones, en todo el territorio de la Republica del Peru; indicando como servicio a prestar inicialmente el de distribucion de radiodifusion por cable en la modalidad de cable alambrico u optico; y, CONSIDERANDO: Que, el inciso 3) del articulo 75° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, senala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el articulo 47° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, modificado por la Ley Nº 28737 senala que la concesion es el acto juridico mediante el cual el Estado concede a una persona natural o juridica la facultad de prestar servicios publicos de telecomunicaciones. El Ministerio otorgara concesion unica para la prestacion de todos los servicios publicos de telecomunicaciones, independientemente de la denominacion de estos contenida en la Ley o en su Reglamento, con excepcion de la concesion para Operador Independiente. La concesion se perfecciona mediante contrato escrito aprobado por resolucion del Titular del Sector; Que, adicionalmente, el citado articulo senala que las personas naturales o juridicas, titulares de una concesion unica, previamente deberan informar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones los servicios publicos a brindar, sujetandose a los derechos y obligaciones correspondientes a cada uno de los servicios conforme a la clasificacion general prevista en la Ley, a lo dispuesto en el Reglamento, normas complementarias y al respectivo contrato de concesion; el Ministerio tendra

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