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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 13 de enero de 2011 434052 Almirantes del Cuerpo Jurídico Militar Policial en situación de Retiro, nombrados mediante Resolución Suprema Nº 291-2010-DE/SG: - General de Brigada EP (r) Hugo Manuel POW SANG SOTELO; - Contralmirante (r) Carlos Enrique MESA ANGOSTO; - Contralmirante (r) Luis Felipe TEMPLE DE LA PIEDRA. Artículo 5º.- Ratifi car como Fiscal Supremo del Fuero Militar Policial al Contralmirante en situación de Retiro Hernán Enrique PONCE MONGE, nombrado mediante Resolución Suprema Nº 291-2010-DE/SG. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Defensa e Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa MIGUEL HIDALGO MEDINA Ministro del Interior 589244-4 Nombran Fiscales Supremos del Fuero Militar Policial RESOLUCIÓN SUPREMA N° 010-2011-DE/ Lima, 12 de enero de 2011 CONSIDERANDO Que, el artículo 139° inciso 1 de la Constitución Política del Perú determina la unidad y exclusividad de la función jurisdiccional y que no existe ni puede establecerse jurisdicción alguna independiente, con excepción de la militar y la arbitral; Que, asimismo, el artículo 167° de la Carta Magna establece que el Presidente de la República es el Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional; Que, conforme al artículo 9° de la Ley Nº 29605, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, el Ministro de Defensa es la más alta autoridad política del Sector, responsable de formular, normar, coordinar, ejecutar, conducir y supervisar la política de seguridad y defensa nacional, y quien emite resoluciones ministeriales en asuntos que le corresponden conforme a ley; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 8° de la Ley Nº 29334, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, el Ministro del Interior es la máxima autoridad del Sector y como tal refrenda los actos presidenciales que atañen a dicho Sector; Que, mediante Resolución Suprema N° 291-2010-DE/ SG de 24 de junio de 2010 se nombró en forma excepcional a Ofi ciales Generales y Almirantes del Cuerpo Jurídico Militar Policial en situación de retiro, para cubrir interinamente los cargos de Vocales Supremos y Fiscales Supremos del Fuero Militar Policial, en razón de que en dicho momento no había disponibilidad de Ofi ciales Generales o Almirantes en situación de actividad del Cuerpo Jurídico Militar Policial para cubrir como titulares estos cargos; Que, el artículo 24º de la Ley Nº 29182, modifi cado por el Decreto Legislativo Nº 1096, establece que los Fiscales Supremos ante la Sala de Guerra y la Vocalía Suprema del Tribunal Supremo Militar Policial son Ofi ciales Generales o Almirantes del Cuerpo Jurídico Militar Policial en situación de Actividad; Que, el numeral 17.1 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que la autoridad puede disponer en el mismo acto administrativo que tenga efi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que se pretenda retrotraerse la efi cacia del acto el supuesto de hecho justifi cativo para su adopción. Que, en consecuencia resulta necesario designar a un Ofi cial General en situación de Actividad para que ocupe el cargo de Fiscal Supremo del Fuero Militar Policial con efi cacia anticipada a partir del 1 de enero de 2011, fecha en la cual entra en vigencia la nueva organización del Tribunal Supremo Militar Policial y de la Fiscalía Suprema Militar Policial; Que, el artículo 8º, numeral 2, literal i) de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, estipula que el Presidente de la República en su calidad de Jefe del Poder Ejecutivo tiene la función de nombrar y remover a quienes ejerzan altos cargos en el Estado, conforme a ley; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 167º de la Constitución Política del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Nombrar, con efi cacia anticipada a partir del 1 de enero de 2011, como Fiscal Supremo del Fuero Militar Policial al General SPNP George Adriel CÁRDENAS JAÉN. Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Defensa e Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa MIGUEL HIDALGO MEDINA Ministro del Interior 589244-5 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 011-2011-DE/ Lima, 12 de enero de 2011 CONSIDERANDO Que, el artículo 139° inciso 1 de la Constitución Política del Perú determina la unidad y exclusividad de la función jurisdiccional y que no existe ni puede establecerse jurisdicción alguna independiente, con excepción de la militar y la arbitral; Que, asimismo, el artículo 167° de la Carta Magna establece que el Presidente de la República es el Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional; Que, conforme al artículo 9° de la Ley Nº 29605, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, el Ministro de Defensa es la más alta autoridad política del Sector, responsable de formular, normar, coordinar, ejecutar, conducir y supervisar la política de seguridad y defensa nacional, y quien emite resoluciones ministeriales en asuntos que le corresponden conforme a ley; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 8° de la Ley Nº 29334, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, el Ministro del Interior es la máxima autoridad del Sector y como tal refrenda los actos presidenciales que atañen a dicho Sector; Que, mediante Resolución Suprema N° 291-2010- DE/SG de 24 de junio de 2010 se nombró en forma excepcional a Ofi ciales Generales y Almirantes del Cuerpo Jurídico Militar Policial en situación de retiro, para cubrir interinamente los cargos de Vocales Supremos y Fiscales Supremos del Fuero Militar Policial, por no haber en dicho momento disponibilidad de Ofi ciales Generales o Almirantes en situación de actividad del Cuerpo Jurídico Militar Policial para cubrir como titulares estos cargos; Que, el artículo 24º de la Ley Nº 29182, modifi cado por el Decreto Legislativo Nº 1096, establece que los Fiscales Supremos ante la Sala de Guerra y la Vocalía Suprema del Tribunal Supremo Militar Policial son Ofi ciales Generales o Almirantes del Cuerpo Jurídico Militar Policial en situación de Actividad; Que, el numeral 17.1 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que la autoridad puede disponer en el mismo acto administrativo que tenga efi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que se pretenda retrotraerse la efi cacia del acto el supuesto de hecho justifi cativo para su adopción; Que, en consecuencia resulta necesario designar a un Ofi cial General en situación de Actividad para que ocupe el cargo de Fiscal Supremo del Fuero Militar Policial, con efi cacia anticipada a partir del 1 de enero de 2011, fecha en la cual entra en vigencia la nueva organización del Tribunal