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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ENERO DEL AÑO 2011 (18/01/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 44

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 18 de enero de 2011 434444 Modifican el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional del Callao ORDENANZA REGIONAL N° 000003 Callao, 11 de enero de 2011 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao en sesión ordinaria celebrada el 11 de enero del 2011; CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo establecido en la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, artículo 15, inciso a) dispone que son atribuciones del Consejo Regional Aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el artículo 9, literal a) de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que los Gobiernos Regionales son competentes para: “Aprobar su organización interna y su presupuesto”; Que, el artículo 4 de la Ley Nº 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, señala que la fi nalidad del proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de efi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; Que el Decreto Supremo N° 043-2006-PCM norma que aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las entidades de la administración pública, en su artículo 3° señala como fi nalidad el de Generar la aprobación de un ROF que contenga una adecuada estructura orgánica de la entidad y defi nición de sus funciones y las de los órganos que la integran, acorde con los criterios de diseño y estructura de la Administración Pública que establece la Ley N° 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, con el objetivo de priorizar y optimizar el uso de los recursos públicos e identifi car las responsabilidades específi cas de las entidades públicas y sus unidades orgánicas, asignadas por el ordenamiento jurídico aplicable en cada caso; Que, mediante Informe N° 007-2011-GRC/GRECD, la Gerencia Regional de Educación, Cultura y Deporte remite el proyecto de modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones, proponiendo la creación de la Ofi cina de Administración de Villas Regionales, dependiente de dicha Gerencia Regional, cuyo ámbito de competencia sería desarrollar actividades multidisciplinarias de alta competencia orientadas a proponer oportunidades para la niñez y juventud de la Provincia Constitucional del Callao; Que, según el Informe N° 024-2011-GRC/GAJ, de la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que la propuesta a la Modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional del Callao presentada por la Gerencia Regional de Educación, Cultura y Deportes es procedente porque ha sido elaborada conforme a los lineamientos establecidos por el D.S. N° 043-2006- PCM, teniendo en cuenta los principios de especialidad señalados en el artículo 6 de la Ley N° 27658 - Ley Marco de la Modernización del Estado y en la Ley N° 28411 - Ley del Sistema Nacional de Presupuesto; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo establecido a la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO Artículo 1º.- Modifi car la estructura orgánica del Gobierno Regional del Callao, creándose la Ofi cina de Administración de Villas Regionales, conforme al Anexo 02 que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo 2º.- Modifi car la Estructura Orgánica del Gobierno Regional del Callao, creándose la Ofi cina de Administración de Villas Regionales dentro de la Gerencia Regional de Educación, Cultura y Deporte. Artículo 3º.- Modifi car el Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Gobierno Regional del Callao, conforme a lo indicado en el Anexo Nº 01, que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo 4º.- Encargar a la Gerencia General Regional, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y a la Gerencia de Administración el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza Regional. Artículo 5º.- Encargar a la Ofi cina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Portal WEB del Gobierno Regional del Callao www.regioncallao.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe. Artículo 6º.- Encargar a la Gerencia General Regional y a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, efectúe las acciones necesarias ante el Ministerio de Economía y Finanzas y otras entidades del Estado a fi n de implementar las modifi caciones establecidas en la presente Ordenanza. Artículo 7º.- Derogar toda norma del Gobierno Regional del Callao en cuanto se oponga a la presente Ordenanza Regional. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. FELIX MORENO CABALLERO Presidente 591085-1 Convocan a elecciones de los representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil para la conformación del Consejo de Coordinación Regional del Gobierno Regional del Callao, para el período 2011-2013 DECRETO REGIONAL Nº 00001 Callao, 13 de enero de 2011 CONSIDERANDO: Que la Ley de Reforma Constitucional del capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización - Ley Nº 27680, la Ley de Bases de Descentralización - Ley Nº 27867 y sus modifi catorias - Ley Nº 27902 y Ley Nº 28013, reconocen a los Gobiernos Regionales autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, el Consejo de Coordinación Regional es un órgano consultivo y de coordinación del Gobierno Regional, presidido por el Presidente Regional, integrado por el Alcalde Provincial, los Alcaldes Distritales y los representantes de la sociedad civil, garantizando la participación de estos últimos en el gobierno, de acuerdo a las funciones establecidas en la Ley Nº 27867 y sus modifi catorias; Que, en cumplimiento de la Décimo Quinta Disposición Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Nº 27867, modifi cada por la Ley Nº 28013, resulta pertinente convocar a elecciones para elegir a los nuevos representantes de la Sociedad Civil como integrantes del Consejo de Coordinación Regional de la Región Callao, quienes deberán ser elegidos en forma democrática y transparente; Que, conforme a lo establecido en el Artículo 40º de la Ley Nº 27867, los Decretos Regionales establecen normas reglamentarias para la ejecución de las Ordenanzas Regionales, sancionan los procedimientos necesarios para la Administración Regional y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés ciudadano;