Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2011 (17/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, jueves 17 de febrero de 2011

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

436381

Millones y 00/100 Nuevos Soles), para los fines a que se refieren el MORDAZA y tercer considerando del presente decreto supremo, cuyas caracteristicas generales seran como se detalla a continuacion:
Monto MORDAZA a emitir Unidad Responsable Estructurador Moneda Negociabilidad de los bonos Modalidad de colocacion Plazo de colocacion Registro : S/. 2 565 000 000,00 : Ministerio de Economia y Finanzas a traves de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico : Ministerio de Economia y Finanzas a traves de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico : Nuevos Soles : Libremente negociables : A traves de subastas : Por tramos hasta el 31 de diciembre de 2011 : Anotacion en cuenta en CAVALI S.A ICLV y listados en la Bolsa de Valores de MORDAZA

Articulo 2°.- Unidad ejecutora La Unidad Ejecutora de la presente operacion de endeudamiento interno es la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico del Ministerio de Economia y Finanzas. Articulo 3°.- Suscripcion de documentos Autoricese al Director General de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a suscribir toda la documentacion que se requiera para implementar lo dispuesto en este dispositivo legal. Articulo 4°.- Servicio de Deuda El servicio de amortizacion, intereses, comisiones y demas gastos que ocasione la emision de bonos soberanos que se autoriza en el Articulo 1º del presente decreto supremo, sera atendido por el Ministerio de Economia y Finanzas, con cargo a los recursos presupuestarios asignados al pago del servicio de la deuda publica. Articulo 5°.- Condiciones adicionales Las caracteristicas adicionales necesarias para la implementacion de este dispositivo legal, se ajustaran a lo dispuesto en el Reglamento de la Emision y Colocacion de Bonos Soberanos en el MORDAZA Interno vigente. Articulo 6º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciseis dias del mes de febrero del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educacion MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas 604162-3

Que, mediante Ley No. 29309 se declaro de necesidad publica, interes nacional y ejecucion preferente la continuacion y culminacion de la construccion y asfaltado de los tramos 2, 3 y 4 del Proyecto Corredor Vial Interoceanico Sur Peru ­ Brasil (IIRSA SUR), disponiendose la ejecucion de las obras adicionales que no hubieran sido cubiertas por el cien por ciento (100%) de los respectivos Pagos Anuales por Obras (PAO), establecidos en los contratos; Que, mediante el Decreto Supremo No. 235-2010EF, publicado el 25 de noviembre de 2010, se aprueba la operacion de endeudamiento externo a ser acordada entre la Republica del Peru y la Corporacion MORDAZA de Fomento ­ CAF, hasta por la suma de Doscientos Millones y 00/100 Dolares Americanos (US$ 200 000 000,00), destinada a financiar parcialmente las Obras Faltantes de los tramos 2, 3 y 4 del Proyecto Corredor Vial Interoceanico Peru ­ Brasil (IIRSA ­ Sur) ­ Fase Final; Que, con fecha 01 de diciembre de 2010, se suscribe el Contrato de Prestamo entre la Corporacion MORDAZA de Fomento ­ CAF y la Republica del Peru para financiar parcialmente las Obras Faltantes de los tramos 2, 3 y 4 del Proyecto Corredor Vial Interoceanico Peru ­ Brasil (IIRSA ­ Sur) ­ Fase Final, y consolidar el funcionamiento del Proyecto como elemento estructurador del desarrollo de la Macro Region Sur del Peru y de su integracion con Brasil; Que, para atender las obligaciones de valorizacion de obras y supervision que se deriven de la ejecucion de las mencionadas Obras Faltantes, de acuerdo a las proyecciones de requerimiento de recursos del referido Contrato de Prestamo, resulta necesario autorizar la incorporacion via Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, la cantidad de Trescientos Sesenta y Cuatro Millones y 00/100 Nuevos Soles (S/. 364 000 000,00), por la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Credito, monto equivalente a Ciento Treinta Millones y 00/100 Dolares Americanos (US$ 130 000 000,00); Que, la Duodecima Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29627, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, faculta al Poder Ejecutivo para que por decreto supremo, con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Economia y Finanzas, apruebe la incorporacion presupuestaria en el Pliego Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de los recursos provenientes de la operacion de endeudamiento externo concertada con la Corporacion MORDAZA de Fomento - CAF, destinada a financiar parcialmente las Obras Faltantes de los tramos 2, 3 y 4 del Proyecto Corredor Vial Interoceanico Peru ­ Brasil (IIRSA Sur ) - Fase Final; Que, de conformidad con lo establecido por el articulo 118, numeral 8) de la Constitucion Politica del Peru y la Ley No. 29627; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros. DECRETA: Articulo 1.- Objeto Autorizase la incorporacion de recursos via Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, hasta por la suma de TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 364 000 000,00), para financiar parcialmente las Obras Faltantes de los tramos 2, 3 y 4 del Proyecto Corredor Vial Interoceanico Peru ­ Brasil (IIRSA Sur) Fase Final, de acuerdo al siguiente detalle:
(En Nuevos Soles) INGRESOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : RECURSOS POR OPERACIONES OFICIALES DE CREDITO 1 1.8 1.8.1 INGRESOS PRESUPUESTARIOS ENDEUDAMIENTO ENDEUDAMIENTO EXTERNO

Autorizan incorporacion de recursos via Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2011 para financiar obras del Proyecto Corredor Vial Interoceanico Peru - Brasil
DECRETO SUPREMO N° 027-2011-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

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