Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2011 (17/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, jueves 17 de febrero de 2011

NORMAS LEGALES

436395

VISTA: La solicitud N° 12649 y Resolucion Administrativa N° 087-2011-P-CSJLI/PJ; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la solicitud de vista el doctor MORDAZA MORDAZA Quinte MORDAZA solicita se autorice la conclusion de su designacion como Juez del periodo vacacional a cargo del 7°, 8° y 9° Juzgados Constitucionales y se le autorice el goce de su descanso vacacional a partir del jueves 17 de febrero hasta el miercoles 02 de marzo, debido a razones de fuerza mayor al haber sido victima de robo en su domicilio, por lo que urge dedicarse al cuidado de su familia y reforzar las medidas de seguridad en su inmueble. Que, la inseguridad ciudadana que aqueja a la MORDAZA de MORDAZA y del cual ha sido victima el doctor MORDAZA MORDAZA Quinte MORDAZA, constituye motivo suficiente a fin de atender lo solicitado, resultando predominante a la fecha, el cuidado y la seguridad que debe brindar a su familia. Que, por tal razon y en uso de la facultad conferida en el articulo 90° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero: DEJAR SIN EFECTO a partir de la fecha de publicacion de la presente resolucion, el articulo Noveno de la Resolucion Administrativa N° 0872011-P-CSJLI/PJ en el extremo que declara al 7° Juzgado Constitucional como organo jurisdiccional de emergencia en el periodo vacacional 2011. Articulo Segundo: CONCEDER al doctor MORDAZA MORDAZA Quinte MORDAZA, el goce de su derecho vacacional correspondiente al presente ano, desde el 17 de febrero al 02 de marzo de los corrientes. Articulo Tercero: ENCARGAR al doctor MORDAZA MORDAZA Racuay, en adicion a sus funciones, el conocimiento de los procesos tramitados ante el 7° Juzgado Constitucional, desde el 17 de febrero al 02 de marzo de los corrientes. Articulo Cuarto: ENCARGAR al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en adicion a sus funciones, el conocimiento de los procesos tramitados ante el 8° y 9° Juzgado Constitucional, desde el 17 de febrero al 02 de marzo de los corrientes. Articulo Quinto: PONER la presente resolucion en conocimiento de la Gerencia de Personal y Escalafon Judicial de la Gerencia General del Poder Judicial, Oficina de Control de Asistencia, Legajo personal y de la interesada, para los fines pertinentes. Publiquese, registrese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA LAMA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 604047-1

General de la Republica, establecen que el ejercicio del control gubernamental se efectua bajo la autoridad normativa y funcional de la Contraloria General de la Republica, la que establece los lineamientos, disposiciones y procedimientos tecnicos correspondientes a su proceso; pudiendo ejercer supervision, vigilancia y verificacion de los actos y resultados de la gestion publica, en atencion al grado de eficiencia, eficacia, transparencia y economia en el uso y destino de los recursos y bienes del Estado, asi como del cumplimiento de las normas legales, con fines de su mejoramiento a traves de la adopcion de acciones de caracter preventivas y correctivas pertinentes; Que, mediante resolucion de Contraloria N° 2852006-CG, se aprobo la Directiva N°04-2006-CG/SGEPC "Instrucciones preventivas para la cautela, control y vigilancia de los bienes y recursos publicos durante los procesos electorales", a efecto de cautelar la correcta utilizacion de los recursos publicos y el desarrollo MORDAZA de la conducta funcional en la administracion publica, en dicho periodo; promocionando los valores y la responsabilidad de los funcionarios y servidores publicos, asi como contribuyendo con los Poderes del Estado en la toma de decisiones y con la ciudadania para su adecuada participacion en el control social, a traves de la atencion de denuncias y sugerencias ciudadanas relacionadas con las funciones de la administracion publica; Que, en ese orden de ideas, se ha propuesto la aprobacion de la Guia de Atencion de Alertas Ciudadanas, como documento de orientacion que regula y define un procedimiento sumario destinado a brindar los lineamientos basicos a tener en cuenta en la atencion de las alertas ciudadanas procuradas en virtud al uso de bienes y recursos publicos con fines electorales, con el objetivo de mantener un oportuno, eficiente y adecuado control en la aplicacion de las disposiciones previstas durante los procesos electorales presidencial, parlamentario, regional o local; En uso de las facultades conferidas por los articulos 32° de la Ley N° 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la Guia de Atencion de Alertas ciudadanas, como documento que contempla un procedimiento sumario para la atencion de las alertas ciudadanas sobre el uso de bienes y recursos publicos con fines electorales; constituyendose como un documento orientador del Sistema Nacional de Control. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Tecnologias de la Informacion, la publicacion de la Guia de Atencion de Alertas Ciudadanas, en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en la pagina web de la Contraloria General de la Republica (www.contraloria. gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese.

ORGANOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL
Aprueban la Guia de Atencion de Alertas ciudadanas
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 046-2011-CG 16 de febrero de 2011 Visto, la Hoja Informativa Nº 001-2011-CG/GPD de la Gerencia Central de Prevencion y Atencion de Denuncias de la Contraloria General de la Republica; CONSIDERANDO: Que los articulos 6° y 14º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria

MORDAZA MORDAZA ZARZAR Contralor General de la Republica 603755-1

MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Dejan sin efecto la Res. Nº 038-2011JNE y restituyen vigencia del texto original del Reglamento del Registro Electoral de Encuestadoras, aprobado por la Res. Nº 5011-2010-JNE
RESOLUCION N° 045-2011-JNE MORDAZA, dieciseis de febrero de dos mil once

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