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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JUNIO DEL AÑO 2011 (05/06/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 5 de junio de 2011 443904 Artículo 8. Reglamento El Poder Ejecutivo, en un plazo de treinta días, promulga el reglamento de la presente Ley. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los tres días del mes de junio de dos mil once. CÉSAR ZUMAETA FLORES Presidente del Congreso de la República ALDA LAZO RÍOS DE HORNUNG Segunda Vicepresidenta del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de junio del año dos mil once. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia 649360-1 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Dejan sin efecto la R.S. N° 125-2011- PCM mediante la cual se autorizó viaje del Ministro del Ambiente a la República de Sudáfrica RESOLUCIÓN SUPREMA N° 145-2011-PCM Lima, 4 de junio de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 125-2011-PCM publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 19 de mayo de 2011, se autorizó el viaje del Ministro del Ambiente, señor ANTONIO JOSÉ BRACK EGG, a la ciudad de Johannesburgo, República de Sudáfrica, del 7 al 11 de junio de 2011, para participar en el evento denominado Africa-Latin America Conference “Managing Natural Resource Wealth: Sharing of South-South Experiences”; Que, por razones propias del Despacho, resulta necesario dejar sin efecto la indicada autorización de viaje, siendo pertinente emitir el acto correspondiente; De conformidad con lo establecido en el inciso 8) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú; y, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto la Resolución Suprema N° 125-2011-PCM, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 19 de mayo de 2011, mediante la cual se autorizó el viaje del señor Ministro del Ambiente, ANTONIO JOSÉ BRACK EGG del 7 al 11 de junio de 2011, a la ciudad de Johannesburgo, República de Sudáfrica. Artículo 2º.- La presente Resolución será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y el Ministro del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia ANTONIO JOSÉ BRACK EGG Ministro del Ambiente 649360-5 Autorizan viaje de funcionario del INDECOPI a Colombia para participar en la Segunda Conferencia Anual del Programa COMPAL II RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 146-2011-PCM Lima, 04 de junio de 2011 Vista, la Carta Nº 088-2011/GEG-INDECOPI, del Gerente General (e) del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de las actividades previstas para el presente año por el “Programa de Fortalecimiento de Instituciones y Capacidades en el Área de Políticas de Competencia y Protección del Consumidor - Segunda Fase” (Programa COMPAL II) de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD), se llevará a cabo en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 6 al 8 de julio del 2011, la Segunda Conferencia Anual del Programa COMPAL II; Que, el Programa COMPAL II tiene por fi nalidad implementar los objetivos y necesidades identifi cadas en la Primera Fase del Programa, a fi n de otorgar asistencia técnica en las áreas de política de competencia y protección al consumidor a los países benefi ciarios, como son: Nicaragua, Costa Rica, El Salvador, Bolivia, Colombia y Perú, promoviendo el fortalecimiento de las capacidades de las instituciones vinculadas a dichas políticas en sus respectivos países; Que, la referida reunión tiene por objetivo central evaluar la implementación del Programa COMPAL II a nivel de todos los países benefi ciarios desde el período julio de 2010 a junio de 2011, así como generar un espacio para el intercambio de experiencias y de mejores prácticas en áreas seleccionadas y de interés a los países del COMPAL; Que, en este sentido, el INDECOPI ha sometido a consideración la participación del Jefe del Área de Cooperación Técnica y Relaciones Internacionales del INDECOPI, quien en su calidad de Coordinador Nacional del Programa COMPAL II, tiene a su cargo la presentación de los avances del programa en el Perú y el impacto de sus actividades en los temas de competencia del INDECOPI; Que, el Memorándum de Entendimiento suscrito entre el INDECOPI y el Programa COMPAL II establece la obligación que el país benefi ciario asuma los gastos en que incurra la participación del Coordinador Nacional del Programa; Que, atendiendo a que el viaje del citado funcionario resulta de interés nacional, se estima necesario autorizar su participación, disponiéndose, para tal efecto, que los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos en los que incurra el participante, sean asumidos íntegramente por el INDECOPI; De conformidad con la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011;