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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JUNIO DEL AÑO 2011 (05/06/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 13

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 5 de junio de 2011 443913 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 650-2011-VMPCIC-MC Lima, 13 de mayo de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 0788-2010-SDSP/DA/ DREPH/MC de fecha 06 de diciembre de 2010, la Sub Dirección de Supervisión y Peritaje de la Dirección de Arqueología recomienda se declare patrimonio cultural de la Nación a nueve (09) monumentos arqueológicos prehispánicos registrados en el marco del “Proyecto de evaluación arqueológica y reconocimiento de superfi cie con excavaciones restringidas en el sector Minas Conga IV”, a cargo de la Lic. Evelyn Sue Ellen Flores Dávila, con R.N.A. Nº AF-0665; Que, mediante Acuerdo Nº 234-2010/MC de fecha 10 de diciembre de 2010, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología acordó, entre otros, recomendar a la Alta Dirección del Ministerio de Cultura declarar patrimonio cultural de la Nación a los monumentos arqueológicos prehispánicos siguientes: El Campanario 1, El Campanario 2, Vizcacha 1, Vizcacha 2, Vizcacha 3, Hierba Buena Chica, Los Pinos, El Establo Sector A, El Establo Sector B, Mantilla, El Porvenir y Pilucnioc, ubicados en el distrito de La Encañada, provincia y departamento de Cajamarca; Que, el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, declara de interés social y de necesidad pública la identifi cación, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes; Que, el Artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 – Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nación dentro del ámbito de su competencia; Que, mediante Ley Nº 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público. Asimismo, a través del Decreto Supremo Nº 001-2010-MC publicado el 25 de setiembre de 2010, se decretó la fusión en el Ministerio de Cultura, bajo la formalidad de absorción, entre otros organismos, del Instituto Nacional de Cultura, cuyo proceso concluyó el 30 de setiembre de 2010, en consecuencia, corresponde al Ministerio de Cultura ejercer las competencias, funciones y atribuciones en materia de patrimonio cultural de la Nación, material e inmaterial; Que, el literal a) del Artículo 14º de la Ley Nº 29565 señala que corresponde al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, “Formular, coordinar, ejecutar y supervisar la política relacionada con el fomento de la cultura y la creación cultural en todos sus aspectos y ramas del patrimonio cultural, lo que incluye la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación, de conformidad con la respectiva política nacional”; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 057- 2010-MC de fecha 26 de noviembre de 2010, se precisó la autorización otorgada al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales mediante Resolución Ministerial Nº 016-2010-MC del 06 de octubre de 2010, en el sentido de que la misma comprende la tramitación y resolución de todos aquellos procedimientos cuya competencia correspondía a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura y que ahora se encuentran dentro del ámbito de sus funciones, debiendo entenderse incluida la facultad para resolver recursos administrativos; Estando a lo visado por el Director de Gestión, el Director de Arqueología y la Directora de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296 – Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Ley Nº 29565 – Ley de creación del Ministerio de Cultura; Decreto Supremo Nº 001-2010-MC, que aprueba la fusión de entidades y órganos en el Ministerio de Cultura; Resolución Suprema Nº 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas, modifi cada por Resolución Suprema Nº 012-2006-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar patrimonio cultural de la Nación a los monumentos arqueológicos prehispánicos cuya ubicación se detalla en el siguiente cuadro: Departamento Cajamarca Provincia Cajamarca Nombre del sitio Distrito Datum WGS84 Zona 17 arqueológico UTM Este UTM Norte El Campanario 1 La Encañada 788649 9231127 El Campanario 2 La Encañada 788573 9230597 Vizcacha 1 La Encañada 786074.3192 9228567.7176 Vizcacha 2 La Encañada 785959.6361 9228572.7176 Vizcacha 3 La Encañada 785942 9228456 Hierba Buena Chica La Encañada 0787939 9228216 Los Pinos La Encañada 788673 9227747 El Establo Sector A La Encañada 788932 9227873 El Establo Sector B La Encañada 789190.3902 9227784.2643 Mantilla La Encañada 789904 9228430 El Porvenir La Encañada 790149.2775 9228530.7639 Pilucnioc La Encañada 790343 9228900 Artículo 2º.- Encargar a la Dirección Regional de Cultura de Cajamarca la elaboración de los expedientes técnicos de los monumentos arqueológicos prehispánicos mencionados en el Artículo 1º de la presente resolución. Artículo 3º.- Establecer que cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los monumentos arqueológicos prehispánicos declarados patrimonio cultural de la Nación, deberá contar con la aprobación previa del órgano competente del Ministerio de Cultura. Artículo 4º.- Remitir copia fedateada de la presente resolución a los propietarios, a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. BERNARDO ROCA-REY MIRO-QUESADA Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 648975-7 Aprueban expediente técnico del monumento arqueológico prehispánico Qollmay, ubicado en el departamento de Cusco RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 644-2011-VMPCIC-MC Lima, 13 de mayo de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nacional Nº 1367/INC de fecha 15 de setiembre de 2009, se declaró patrimonio cultural de la Nación, entre otros, al sitio arqueológico Qollmay, ubicado en el distrito de Chinchaypujio, provincia de Anta, departamento de Cusco; Que, mediante Informe Nº 079-2011-DRC-C-DIC- SDC/MC de fecha 02 de marzo de 2011, la Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección Regional de Cultura de Cusco remite el expediente técnico del monumento arqueológico prehispánico Qollmay y solicita sea derivado a la Comisión Alterna a la Comisión Nacional Técnica de Arqueología para su evaluación correspondiente; Que, mediante Acuerdo Nº 39 de fecha 10 de marzo de 2011, la Comisión Alterna a la Comisión Nacional Técnica de Arqueología acordó recomendar a la Alta Dirección del Ministerio de Cultura aprobar el expediente