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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 7 de junio de 2011 444018 autorización de ampliación que oportunamente se expida, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 5º.- El Ofi cial comisionado revistará en la Ofi cina Administrativa del Cuartel General del Ejército del Perú, durante el tiempo que dure la misión de estudios. Artículo 6º.- El Teniente Coronel EP Ricardo Aníbal BENAVIDES FEBRES, no podrá solicitar su pase a la situación de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido a la Institución el tiempo compensatorio previsto de acuerdo a la duración de la misión de estudios. Artículo 7º.- El Ofi cial Superior comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo la acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de su retorno al país. Artículo 8º.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 9º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa 649854-5 Autorizan viaje de Personal Naval a Chile para participar en la Ejecución del Ejercicio Multinacional “UNITAS LII” Fase Pacífico 2011 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 217-2011-DE/MGP Lima, 6 de junio de 2011 Visto el Ofi cio P.1000-672 del Director General del Personal de la Marina, de fecha de 15 de abril de 2011; CONSIDERANDO: Que, la Marina de Guerra del Perú, viene participando con Unidades Navales y Personal Naval integrante del Estado Mayor Multinacional, en el Ejercicio Multinacional UNITAS Fase Pacífi co, evento que se realiza anualmente bajo el auspicio de la Marina de los Estados Unidos de América, en el cual participan diferentes países de la región, siendo desarrollado alternadamente en áreas marítimas de los países de Colombia, Chile, Ecuador y Perú; Que, en el Memorándum de Entendimiento (MOU) suscrito el 11 de marzo de 2011, durante la Conferencia Inicial de Planeamiento, se acordó la Ejecución del Ejercicio Multinacional “UNITAS LII” Fase Pacífi co 2011, del 28 de junio al 8 de julio de 2011, frente a las costas de Valparaíso y Coquimbo, República de Chile; Que, en consecuencia, resulta conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio de Personal Naval de la dotación del B.A.P “MARIATEGUI” (FM-54) y del Estado Mayor Multinacional, para que participen en la Ejecución del Ejercicio Multinacional “UNITAS LII”, del 28 de junio al 8 de julio del 2011, frente a las costas de Valparaíso y Coquimbo, República de Chile; por cuanto este tipo de evento permite interactuar con Unidades Navales de otros países con un elevado nivel de entrenamiento operacional y concebido en el ámbito de las operaciones multinacionales, en un escenario gravitante para los intereses institucionales; así como, permite evidenciar un adecuado nivel de alistamiento, que actúe como elemento de disuasión estratégica, dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú; Que, el citado viaje se encuentra incluido en el Rubro 4: Actividades Operacionales, Ítem 15, Anexo 1 (RO) del Plan Anual de Comisiones al Exterior Priorizado del Sector Defensa Año Fiscal 2011, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 015-2011-DE/SG de fecha 13 de enero de 2011 y su modifi cación, aprobada mediante Resolución Suprema Nº 135-2011-DE de fecha 12 de abril de 2011; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2011-DE/ de fecha 29 de marzo de 2011, la Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, el Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y la Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al B.A.P. “MARIATEGUI” (FM-54), para que participe en el Ejercicio Multinacional “UNITAS LII” Fase Pacífi co 2011, del 28 de junio al 8 de julio de 2011, frente a las costas del Valparaíso y Coquimbo, República de Chile. Artículo 2º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio de Personal Naval de la dotación del B.A.P. “MARIATEGUI” (FM-54) y del Estado Mayor Multinacional, que se detalla en la relación del Anexo, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución, para que participen en la Ejecución del Ejercicio Multinacional “UNITAS LII” Fase Pacífi co 2011, del 28 de junio al 8 de julio de 2011, frente a las costas de Valparaíso y Coquimbo, República de Chile. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Dotación del B.A.P. “MARIATEGUI” Asignación Especial por Estadía en Puerto Extranjero: US$ 48.00 x 10 días x 6 Ofi ciales Superiores = US$ 2,880.00 US$ 40.00 x 10 días x 19 Ofi ciales Subalternos = US$ 7,600.00 US$ 30.00 x 10 días x 176 Personal Subalterno = US$ 52,800.00 US$ 21.00 x 10 días x 13 Personal de Marinería = US$ 2,730.00 Estado Mayor Multinacional Pasajes Aéreos: Lima - Santiago (CHILE) - Lima US$ 938.00 x 5 Ofi ciales (Incluye TUUA) = US$ 4,690.00 Pasajes Terrestres: Santiago - Valparaíso - Santiago US$ 30.00 x 2 días x 5 Ofi ciales = US$ 300.00 Viáticos: US$ 200.00 x 10 días x 5 Ofi ciales = US$ 10,000.00 Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi eren los Artículos 1º y 2º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 5º.- El Ofi cial Superior comisionado más antiguo, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa 649854-6