Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2011 (07/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, martes 7 de junio de 2011

NORMAS LEGALES

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Nº 122-94-EF y normas modificatorias, los indices de correccion monetaria seran fijados mensualmente por Resolucion Ministerial del Ministerio de Economia y Finanzas, la cual sera publicada dentro de los primeros cinco (5) dias habiles de cada mes; Que en tal sentido, es conveniente fijar los referidos indices de correccion monetaria; SE RESUELVE: Articulo Unico.- En las enajenaciones de inmuebles que las personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales -que optaron por tributar como tales- realicen desde el dia siguiente de publicada la presente Resolucion hasta la fecha de publicacion de la Resolucion Ministerial mediante la cual se fijen los indices de correccion monetaria del siguiente mes, el valor de adquisicion, de construccion o de ingreso al patrimonio, segun sea el caso, se ajustara multiplicandolo por el indice de correccion monetaria correspondiente al mes y ano de adquisicion del inmueble, de acuerdo al Anexo que forma parte de la presente Resolucion. El referido Anexo sera publicado en el MORDAZA institucional del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob.pe) en la misma fecha en que sea publicada esta Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas

no cubiertos por la Secretaria General Iberoamericana (SEGIB); De conformidad con lo dispuesto en las Leyes N° 27619 y N° 29626 y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, por excepcion, el viaje en comision de servicio del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director General de la Direccion General de Politica de Ingresos Publicos del Ministerio de Economia y Finanzas, a la MORDAZA de Mexico, Estados Unidos Mexicanos, del 8 al 10 de junio de 2011, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, no cubiertos por la Secretaria General Iberoamericana (SEGIB), seran con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 - Administracion General del Pliego Ministerio de Economia y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos : US $ 330,00

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Articulo 3°.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario debera presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente MORDAZA no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas

Autorizan viaje de funcionario para participar en el MORDAZA sobre Politica Fiscal en Iberoamerica que se realizara en Mexico
RESOLUCION MINISTERIAL N° 395-2011-EF/43
MORDAZA, 6 de junio de 2011 Visto el Memorando N° 124-2011-EF/15.01, de fecha 27 de MORDAZA de 2011 del Viceministro de Economia del Ministerio de Economia y Finanzas, sobre autorizacion de viaje. CONSIDERANDO: Que, mediante Carta de fecha 18 de MORDAZA de 2011, el Secretario General Iberoamericano de la Secretaria General Iberoamericana (SEGIB) cursa invitacion al senor Ministro de Economia y Finanzas, para que un alto funcionario del Ministerio participe en el MORDAZA sobre Politica Fiscal en Iberoamerica, a llevarse a cabo en la MORDAZA de Mexico, Estados Unidos Mexicanos, los dias 9 y 10 de junio de 2011; Que, en este evento se abordaran temas como la sostenibilidad de la Politica Fiscal y las tendencias de la recaudacion tributaria en la region, haciendo especial enfasis en las perspectivas de las politicas fiscales en la presente coyuntura economica mundial y reune a las principales autoridades y funcionarios responsables de la politica y gestion de los ingresos publicos, asi como a los representantes del MORDAZA academico, la sociedad civil y empresarios por lo que es necesario que el Ministerio de Economia y Finanzas tenga presencia en dichas reuniones para que se promocione la politica fiscal estable que aplica el Gobierno Central Peruano, asi como las MORDAZA posibilidades de inversion en los diversos MORDAZA de la economia peruana; Que, a traves del documento del visto, el Viceministro de Economia ha estimado conveniente la participacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director General de la Direccion General de Politica de Ingresos Publicos del Ministerio de Economia y Finanzas, en el citado Seminario; Que, el inciso a), numeral 10.1 del articulo 10° de la Ley N° 29626, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011 dispone que los viajes que se efectuen en el MORDAZA de las acciones promocion de importancia para el Peru se autorizan mediante Resolucion del Titular de la entidad; Que, siendo de interes para el MORDAZA, es necesario autorizar dicho viaje, debiendo el Ministerio de Economia y Finanzas asumir, con cargo a su presupuesto, los gastos

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Establecen precisiones sobre procedimiento de pagaduria aplicable a los tenedores de Facturas Negociables, en el MORDAZA de la Ley Nº 29623
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 002-2011-EF/52.03
MORDAZA, 6 de junio de 2011 CONSIDERANDO: Que mediante la Ley Nº 29623, Ley que promueve el financiamiento a traves de la Factura Comercial, se ha incorporado a los comprobantes de pago denominados factura comercial y recibo por honorarios, que se originan en las transacciones de venta de bienes o prestacion de servicios, una tercera MORDAZA con calidad de titulo valor la misma que debe llevar impresa su denominacion de "Factura Negociable", entre otros datos establecidos para el efecto de conformidad con el Articulo 3º de la mencionada Ley, ademas de aquellos dispuestos para tales comprobantes por la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria (SUNAT); Que la Directiva de Tesoreria Nº 001-2007-EF/77.15, aprobada por la Resolucion Directoral Nº 002-2007-EF/77.15, y modificatorias, establece que los MORDAZA mencionados comprobantes de pago forman parte de los documentos con los cuales se sustenta la formalizacion del Gasto Devengado el mismo que, a su vez, constituye la fase previa e indispensable para que en las entidades comprendidas en el Sistema Nacional de Tesoreria se proceda al pago de las obligaciones que, de acuerdo a ley, son contraidas con cargo a los respectivos creditos presupuestarios aprobados en los Presupuestos Institucionales; Que asimismo la citada Ley, en su Articulo 8º, establece que el adquirente de los bienes o usuario de los servicios debe realizar el pago al legitimo tenedor de la Factura Negociable, a su sola MORDAZA y debidamente endosada , por lo que es necesario establecer precisiones en cuanto al procedimiento de pagaduria aplicable a los tenedores de Facturas Negociables, entre otros aspectos relacionados, por parte de las Unidades Ejecutoras y Gobiernos Locales comprendidos en el ambito del

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